SECCIîN TERCERA Nœm. 3091 EXCMA. DIPUTACIîN PROVINCIAL DE ZARAGOZA çREA DE PRESIDENCIA Esta Presidencia, por decreto nœm. 0967, de fecha 28 de abril de 2024, ha dispuesto: Primero. Ñ Aprobar la modificaci—n del Plan de medidas antifraude para la gesti—n de los fondos Next Generation UE de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza, aprobado por decreto de Presidencia nœm. 2023-2646, de fecha 23 de septiembre de 2023, y los anexos que incluye -I a IX- (c—d. validaci—n: G5D4G7JPZTNLPDHK5F6RCEJ2J), as’ como el modelo anexo matriz de evaluaci—n de riesgos a elaborar por el ComitŽ TŽcnico Antifraude (c—d.validaci—n: 9HSKYJX9ACFTY299X7FJ4QYD5). Segundo. Ñ Someter este decreto a ratificaci—n por el Pleno de la Corporaci—n en la primera sesi—n que se celebre. Tercero. Ñ Disponer la publicaci—n en la sede electr—nica de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza https://dpz.sedelectronica.es/info.0 en el BOPZ y en el portal de transparencia de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza https://dpz.sedelectronica.es/transparency. Zaragoza, 29 de abril de 2024. Ñ El presidente, Juan Antonio S‡nchez Quero. SECCIîN TERCERA Nœm. 3123 EXCMA. DIPUTACIîN PROVINCIAL DE ZARAGOZA çREA DE PRESIDENCIA ANUNCIO relativo a la aprobaci—n inicial del expediente de modificaci—n presupuestaria nœm. 1/2024 de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza, de habilitaci—n de crŽditos extraordinarios. La Corporaci—n Provincial, en sesi—n de Pleno de fecha 30 de abril 2024, acord— aprobar inicialmente el expediente de modificaci—n presupuestaria nœm. 1/2024 de habilitaci—n de crŽditos extraordinarios, por un importe total de 23.939.583,81 euros. La financiaci—n de este expediente de modificaci—n presupuestar’a nœm. 1/2024 por importe total de 23.939.583,81 euros, se realizar‡ con baja parcial de la aplicaci—n presupuestaria 44000/15320/7620624 ÇPLUS 2024 Pavimentaci—n de v’as pœblicasÈ, del vigente presupuesto provincial. De conformidad con lo previsto en los art’culos 169 y 177 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y art’culo 35 y siguientes del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el cap’tulo primero del t’tulo sexto de la antecitada Ley, se hace pœblico por plazo de quince d’as h‡biles, durante los cuales se admitir‡n reclamaciones y sugerencias al Pleno; de no existir tales reclamaciones, se considerar‡ el expediente definitivamente aprobado. Zaragoza, a 30 de abril de 2024. Ñ El presidente, Juan Antonio S‡nchez Quero. SECCIîN TERCERA Nœm. 3063 EXCMA. DIPUTACIîN PROVINCIAL DE ZARAGOZA çREA DE CIUDADANêA ANUNCIO relativo a extracto del decreto nœm. 2024-908, de fecha 22 de abril de 2024, de la Presidencia, por el que se aprueban las normas para la concesi—n de ayudas para la promoci—n de actividades deportivas de asociaciones, clubes y entidades deportivas sin ‡nimo de lucro de la provincia de Zaragoza, a–o 2024. BDNS (identif.): 757820. De conformidad con lo previsto en los art’culos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/757820). De conformidad con lo previsto en los art’culos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Primera. Ñ Beneficiarios. Podr‡n ser beneficiarios de estas ayudas asociaciones, clubes y entidades deportivas sin ‡nimo de lucro de la provincia de Zaragoza, con personalidad jur’dica propia, inscritas en el correspondiente Registro Pœblico, y cuya sede social corresponde a municipios que cuenten con una poblaci—n inferior a 50.000 habitantes de acuerdo con los datos del œltimo padr—n actualizado, y que cuenten con el correspondiente certificado de representante de persona jur’dica emitido por la F‡brica Nacional de la Moneda y Timbre. Los solicitantes deber‡n reunir los siguientes requisitos: ÑEstar legalmente constituidos conforme a la Ley 16/2018, de 4 de diciembre, de la Actividad F’sica y del Deporte de Arag—n, e inscritos en el Registro General de Asociaciones Deportivas de la Diputaci—n General de Arag—n. ÑTener su domicilio social en un municipio de la provincia de Zaragoza y este cuente con una poblaci—n inferior a 50.000 habitantes, de acuerdo con los datos del œltimo padr—n actualizado. ÑNo tener la consideraci—n de club profesional o sociedad an—nima deportiva. ÑNo incurrir en las circunstancias previstas en el art’culo 13.2 y 13.3 de la LGS y acreditar el cumplimiento del art’culo 9 b) del Decreto legislativo 2/2023, de 3 de mayo, de texto refundido de la Ley de Subvenciones de Arag—n. ÑEstar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, y no tener deudas pendientes de pago con la Hacienda de la Comunidad Aut—noma ni con Diputaci—n Provincial de Zaragoza ni tener pendientes obligaciones de pago de reintegro. Segunda. Ñ Finalidad. La finalidad de la subvenci—n, que se convoca en rŽgimen de concurrencia competitiva, ser‡ ayudar a las asociaciones, clubes y entidades deportivas sin ‡nimo de lucro, inscritas en el registro de entidades deportivas del Gobierno de Arag—n (conforme a la Ley 16/2018, de 4 de diciembre, de la Actividad F’sica y del Deporte de Arag—n) cuyo domicilio social radique en municipios zaragozanos de menos de 50.000 habitantes, en el desarrollo de sus actividades deportivas. Estas ayudas ser‡n compatibles con cualquier otra ayuda pœblica que pudieran obtener para la misma finalidad, siempre y cuando el conjunto de subvenciones y ayudas pœblicas y privadas obtenidas no supere el coste de las actividades subvencionadas. Incompatibilidades: Estas ayudas ser‡n incompatibles con ayudas anuales de naturaleza directa, o bien consignadas nominativamente en el presupuesto de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza en el ejercicio de 2024, las cuales ser‡n incompatibles con esta subvenci—n para el mismo destino y finalidad. Asimismo, esta ayuda resultar‡ incompatible con la convocatoria de subvenciones para entidades deportivas aragonesas de la provincia de Zaragoza que participen en competiciones oficiales nacionales, a–o 2024, para el mismo destino y finalidad. En el supuesto de que una entidad deportiva solicite participar en la presente convocatoria y en la convocatoria de subvenciones para entidades deportivas aragonesas de la provincia de Zaragoza, que participen en competiciones oficiales nacionales, a–o 2024, se entender‡ incompatibles siempre que sea para el mismo destino y finalidad. Las actividades deportivas objeto de subvenci—n en la presente convocatoria son todas aquellas actividades que contribuyen al desarrollo deportivo del municipio potenciando, estimulando y favoreciendo la iniciativa ciudadana cuya ejecuci—n tenga lugar entre el 1 de enero y el 18 de octubre del a–o 2024. Tercera. Ñ Bases reguladoras. Ordenanza General de Subvenciones de Diputaci—n Provincial de Zaragoza (BOPZ nœm. 99, de fecha 4 de mayo de 2016). Cuarta. Ñ Importe. El crŽdito para esta convocatoria ser‡ el previsto en el ejercicio presupuestario de 2024, que asciende a 630.000 euros, y se realizar‡ con cargo a la aplicaci—n presupuestaria 32200.34100.4890100 (RC nœm. 2744). Quinta. Ñ Plazo de presentaci—n de solicitudes. Las solicitudes y todos los documentos que deban acompa–arse a la misma deber‡n presentarse obligatoriamente de forma electr—nica, a travŽs del certificado de representante de persona jur’dica emitido por la F‡brica Nacional de la Moneda y Timbre, en la sede electr—nica de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza, o bien en cualesquiera de los registros electr—nicos de otras Administraciones Pœblicas u organismos pœblicos de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas, a travŽs del certificado de representante de persona jur’dica emitido por la F‡brica Nacional de la Moneda y Timbre. Si la solicitud se presenta presencialmente, teniendo en cuenta que de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas, las personas jur’dicas deben relacionarse obligatoriamente con las Administraciones Pœblicas de forma electr—nica, se requerir‡ al interesado que lo subsane a travŽs de su presentaci—n electr—nica. A estos efectos, se considerar‡ como fecha de presentaci—n de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanaci—n, por lo que deber‡ realizarse en todo caso dentro del plazo de los quince d’as h‡biles que se otorgan para presentar la solicitud tras la publicaci—n de la convocatoria en el BOPZ. En caso contrario, se entender‡n presentadas fuera de plazo. El plazo de presentaci—n de solicitudes para acogerse a esta convocatoria ser‡ de quince d’as h‡biles, contados desde el d’a siguiente a la publicaci—n del extracto en el BOPZ. Las normas de la convocatoria junto con los anexos est‡n disponibles en la sede electr—nica y en el portal de transparencia de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza y podr‡n consultarse en la p‡gina web de la Base Nacional de Subvenciones del Ministerio de Hacienda y Administraciones Pœblicas (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans). Zaragoza, a 24 de abril de 2024. Ñ El presidente, Juan Antonio S‡nchez Quero. SECCIîN QUINTA Nœm. 3072 EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA çREA DE ALCALDêA HabiŽndose observado error en el anuncio relativo al extracto de los acuerdos adoptados por el Gobierno de Zaragoza en sesi—n extraordinaria celebrada el 16 de abril de 2024 (pues se califica en aquel la sesi—n como ordinaria cuando fue extraordinaria), se procede a dar publicidad nuevamente a dicho extracto. ÇExtracto de los acuerdos adoptados por el Gobierno de Zaragoza en sesi—n extraordinaria celebrada el 16 de abril de 2024. En la ciudad de Zaragoza, en la Sala de Gobierno de la Casa Consistorial, siendo las 8:35 horas del d’a 16 de abril de 2024, se reœnen en primera convocatoria, bajo la presidencia de la se–ora alcaldesa, do–a Natalia Chueca Mu–oz (*), al objeto de celebrar sesi—n extraordinaria del Gobierno de Zaragoza, los/las siguientes consejeros/as: Don çngel LorŽn Villa, don V’ctor Manuel Serrano Ent’o (*), do–a Sara Fern‡ndez Escuer, do–a Blanca Solans Garc’a, do–a Tatiana Gaudes Lalmolda, don Carlos Gimeno Casado, do–a M.» çngeles Or—s Lorente y don Alfonso Mendoza Trell. (*) Asisten a la sesi—n de forma telem‡tica a travŽs de videoconferencia. Actœa de consejero-secretario, don çngel LorŽn Villa. Entrando en el orden del d’a, se adoptan los siguientes acuerdos: Presidencia, Hacienda e Interior 1. Aprobar el proyecto de modificaci—n de crŽditos nœmero 24/015/5/001 del presupuesto municipal de 2024 en la modalidad de crŽditos extraordinarios, por un importe de 723.476,07 euros, con cargo al remanente de tesorer’a para gastos con financiaci—n afectada. (22.412/24- electr—nico). 2. Aprobar el proyecto de modificaci—n de crŽditos nœmero 24/16/05/02 del presupuesto municipal del ejercicio 2024, en la modalidad de crŽditos extraordinarios, por importe de 2.149.586,01 euros, financiados mediante bajas totales o parciales de otros crŽditos de gastos del presupuesto vigente que se estiman reducibles sin perturbaci—n del funcionamiento de los servicios municipales. (22.402/24- electr—nico). 3. Aprobar el proyecto de modificaci—n de crŽditos nœmero 24/017/05/003 del presupuesto municipal del ejercicio 2024, en la modalidad de crŽditos extraordinarios y suplementos de crŽdito, por un importe de 1.115.000 euros, financiados mediante bajas totales o parciales de otros crŽditos de gastos del Presupuesto vigente que se estiman reducibles sin perturbaci—n del funcionamiento de los servicios municipales. (22.408/24- electr—nico). 4. Aprobar el proyecto de modificaci—n de los programas plurianuales de los ejercicios 2020, 2022, 2023 y 2024 del presupuesto municipal del ejercicio 2024. (22.414/24- electr—nico). Asuntos de urgencia 5. Asuntos de urgencia: 5.1. Al amparo del art’culo 74.6 del Reglamento Org‡nico Municipal y por razones de urgencia, se acuerda por unanimidad tratar el asunto que figura a continuaci—n, adopt‡ndose el acuerdo que se indica. 5.2. Interponer recurso de reposici—n contra las liquidaciones del impuesto medioambiental sobre aguas residuales del Instituto AragonŽs del Agua en que se ha aplicado el coeficiente 1. (23437/24- electr—nico). Se levanta la sesi—n a las 8:55 horasÈ. I. C. de Zaragoza, a 29 de abril de 2024. Ñ El titular accidental del îrgano de Apoyo al Gobierno de Zaragoza, Luis Javier Subias Gonz‡lez. SECCIîN QUINTA Nœm. 3075 EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA çREA DE ALCALDêA ANUNCIO del Ayuntamiento de Zaragoza relativo a emplazamiento de interesados en el recurso contencioso-administrativo nœm. P.A. 79/2024. En cumplimiento de lo dispuesto en el art’culo 49.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicci—n Contencioso-Administrativa, en concordancia con lo establecido en los art’culos 44 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas, y d‡ndose las circunstancias contempladas en dichos preceptos, se pone en conocimiento de los interesados en el expediente que ha sido interpuesto el recurso contencioso-administrativo que a continuaci—n se identifica para que les sirva de notificaci—n y emplazamiento a fin de que puedan comparecer y personarse en autos en el plazo de nueve d’as contados a partir del siguiente al de la publicaci—n de este anuncio en el BOPZ. Autos: Procedimiento abreviado 79/2024 Recurrente: A.M.G. îrgano judicial: Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nœm. 4 de Zaragoza. Objeto: Resoluci—n del concejal delegado de Personal, de fecha 24 de enero de 2024, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto por el recurrente contra el acuerdo del tribunal de selecci—n, que juzga el proceso selectivo convocado para el ingreso y provisi—n de una plaza de profesor de mœsica, especialidad lenguaje musical, por el turno libre ordinario y sistema selectivo de oposici—n, de fecha 9 de enero de 2024. I. C. de Zaragoza, a 29 de abril de 2024. Ñ La jefa de Servicio, Elena Marcilla Serrano. SECCIîN QUINTA Nœm. 2988 EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA çREA DE HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS Agencia Municipal Tributaria Oficina de Recaudaci—n ANUNCIO relativo a la apertura del per’odo voluntario de cobranza para los recibos por el concepto de servicio de ayuda a domicilio, tasas por quioscos e industria callejera, tasas por ocupaci—n de mercados y renta de inmuebles (VA-02-24), primer trimestre de 2024. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de Recaudaci—n, se hace pœblica la apertura del per’odo de cobranza para los recibos por el concepto de servicio de ayuda a domicilio, tasas por quioscos e industria callejera, tasas por ocupaci—n de mercados y renta de inmuebles (VA-02-24), primer trimestre de 2024. Plazos de pago ÑPer’odo voluntario: Desde el 15 de mayo al 15 de julio de 2024. ÑPer’odo ejecutivo: Se inicia vencido el per’odo voluntario y determina el devengo de los recargos del per’odo ejecutivo y de los intereses de demora previstos en los art’culos 28 y 26 de la Ley General Tributaria. Lugar y medios de pago On line: ÑEn p‡ginas web municipales con tarjeta o por b’zum (l’mite 30.000 euros): https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/13602 https://tributos.zaragoza.es ÑA travŽs de la aplicaci—n m—vil Zaragoza Tributos (l’mite 30.000 euros): http://www.zaragoza.es/sede/servicio/aplicacion/1542882807216/ (excepto autoliquidaciones). ÑA travŽs de la banca on line si se es cliente de las entidades colaboradoras Ibercaja, Caja Rural de Arag—n, Banco Santander (excepto autoliquidaciones), BBVA y CaixaBank, conforme a la propia operativa de la entidad colaboradora. Presencialmente: ÑEn entidades colaboradoras: Ibercaja, Caja Rural de Arag—n, BBVA, Banco Santander y CaixaBank, en los cajeros autom‡ticos y en las oficinas y horarios que tengan establecidos. ÑEn las dependencias de Recaudaci—n Municipal, en horario de atenci—n presencial (sitas en v’a Hispanidad, 20, antiguo Seminario). Se admite dinero en efectivo (solo para recibos de importe inferior a 1.000 euros), tarjeta de crŽdito o dŽbito (Visa o Mastercard) o cheque conformado a nombre del Ayuntamiento de Zaragoza. Por telŽfono: ÑPago telef—nico con tarjeta Visa o Mastercard en horario de atenci—n al pœblico: TelŽfono 976 721 115 (opci—n 1). Domiciliaci—n bancaria de recibos peri—dicos El art’culo 25 del Reglamento General de Recaudaci—n establece que las domiciliaciones bancarias se dirigir‡n al —rgano recaudatorio, al menos dos meses antes del comienzo del per’odo recaudatorio. No obstante, si tŽcnicamente es posible, surtir‡ efecto en la siguiente facturaci—n. El cargo en cuenta se realizar‡ el œltimo d’a de per’odo voluntario. Podr‡ obtener una copia del recibo original en la direcci—n: a) Carpeta Ciudadana: https://www.zaragoza.es/sede/portal/tramites-servicios/carpeta-ciudadana b) En la direcci—n: https://www.zaragoza.es/consultaRecibosWeb/consultaReciboPdf.faces Formalizaci—n del mandato de domiciliaci—n a) A travŽs de internet (www.zaragoza.es). b) Llamando al telŽfono de informaci—n y asistencia al contribuyente 976 723 773, facilitando el c—digo IBAN (veinticuatro d’gitos), de lunes a viernes, de 8:00 a 14:00 horas. Solo para personas f’sicas. c) A travŽs de su entidad financiera. d) En las ventanillas de Recaudaci—n. Notas de interŽs a) A los contribuyentes que no tengan su cuota domiciliada, para poder realizar el abono de estas cuotas en las circunstancias antedichas se les remitir‡ al domicilio fiscal la carta de pago (recibo), la cual les ser‡ diligenciada de Çrecib’È en el momento del abono de la cuota por la entidad a travŽs de la cual efectœe el pago. La no recepci—n del documento de pago no exime de la obligaci—n de realizarlo. b) Los contribuyentes que no tengan su cuota domiciliada, si antes del d’a 1 de julio de 2024 no han recibido la carta de pago, podr‡n obtener un duplicado: ÑA travŽs de su carpeta ciudadana: www.zaragoza.es/sede/portal/tramites-servicios/carpeta-ciudadana, si dispone de certificado electr—nico o Cl@veFirma. ÑO person‡ndose, en horario de atenci—n al pœblico, en las oficinas municipales de Recaudaci—n (sitas en edificio Seminario, v’a Hispanidad, 20). Podr‡n subsanar el posible error en el domicilio fiscal, as’ como abonar la cuota, antes del d’a 15 de julio de 2024, fecha en que se cumple el vencimiento de pago del per’odo voluntario de pago. I. C. de Zaragoza, a 17 de abril de 2024. Ñ La jefa de la Oficina de Recaudaci—n, Mar’a Isabel L—pez Irus. SECCIîN QUINTA Nœm. 2989 EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA çREA DE HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS Agencia Municipal Tributaria Oficina de Recaudaci—n ANUNCIO relativo a la apertura del per’odo voluntario de cobranza para los recibos por el concepto de tasa por ocupaci—n de la v’a pœblica con actividades callejeras, venta ambulante, tasa por ocupaci—n de mercados (clave recaudatoria VA-15-24), mes de mayo de 2024. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de Recaudaci—n, se hace pœblica la apertura del per’odo de cobranza para los recibos por el concepto tasa por ocupaci—n de la v’a pœblica con actividades callejeras, venta ambulante, tasa por ocupaci—n de mercados (clave recaudatoria VA-15-24), mes de mayo de 2024. Plazos de pago ÑPer’odo voluntario: Desde el 15 de mayo al 15 de julio de 2024. ÑPer’odo ejecutivo: Se inicia vencido el per’odo voluntario y determina el devengo de los recargos del per’odo ejecutivo y de los intereses de demora previstos en los art’culos 28 y 26 de la Ley General Tributaria. Lugar y medios de pago On line: ÑEn p‡ginas web municipales con tarjeta o por b’zum (l’mite 30.000 euros): https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/13602 https://tributos.zaragoza.es (seleccionar tr‡mite ÇPagosÈ). ÑA travŽs de la aplicaci—n m—vil Zaragoza Tributos (l’mite 30.000 euros): http://www.zaragoza.es/sede/servicio/aplicacion/1542882807216/ (excepto autoliquidaciones). ÑA travŽs de la banca on line si se es cliente de las entidades colaboradoras Ibercaja, Caja Rural de Arag—n, Banco Santander (excepto autoliquidaciones), BBVA y CaixaBank, conforme a la propia operativa de la entidad colaboradora. Presencialmente: ÑEn entidades colaboradoras: Ibercaja, Caja Rural de Arag—n, BBVA, Banco Santander y CaixaBank, en los cajeros autom‡ticos y en las oficinas y horarios que tengan establecidos. ÑEn las dependencias de Recaudaci—n Municipal, en horario de atenci—n presencial (sitas en v’a Hispanidad, 20, antiguo Seminario). Se admite dinero en efectivo (solo para recibos de importe inferior a 1.000 euros), tarjeta de crŽdito o dŽbito (Visa o Mastercard) o cheque conformado a nombre del Ayuntamiento de Zaragoza. Por telŽfono: ÑPago telef—nico con tarjeta Visa o Mastercard en horario de atenci—n al pœblico: TelŽfono 976 721 115 (opci—n 1). Domiciliaci—n bancaria de recibos peri—dicos El art’culo 25 del Reglamento General de Recaudaci—n establece que las domiciliaciones bancarias se dirigir‡n al —rgano recaudatorio, al menos dos meses antes del comienzo del per’odo recaudatorio. No obstante, si tŽcnicamente es posible, surtir‡ efecto en la siguiente facturaci—n. El cargo en cuenta se realizar‡ el œltimo d’a de per’odo voluntario. Podr‡ obtener una copia del recibo original en la direcci—n: a) Carpeta Ciudadana: https://www.zaragoza.es/sede/portal/tramites-servicios/carpeta-ciudadana b) En la direcci—n: https://www.zaragoza.es/consultaRecibosWeb/consultaReciboPdf.faces Formalizaci—n del mandato de domiciliaci—n a) A travŽs de internet (www.zaragoza.es). b) Llamando al telŽfono de informaci—n y asistencia al contribuyente 976 723 773, facilitando el c—digo IBAN (veinticuatro d’gitos), de lunes a viernes, de 8:00 a 14:00 horas. Solo para personas f’sicas. c) A travŽs de su entidad financiera. d) En las ventanillas de Recaudaci—n. Notas de interŽs a) A los contribuyentes que no tengan su cuota domiciliada, para poder realizar el abono de estas cuotas en las circunstancias antedichas se les remitir‡ al domicilio fiscal la carta de pago (recibo), la cual les ser‡ diligenciada de Çrecib’È en el momento del abono de la cuota por la entidad a travŽs de la cual efectœe el pago. La no recepci—n del documento de pago no exime de la obligaci—n de realizarlo. b) Los contribuyentes que no tengan su cuota domiciliada, si antes del d’a 4 de julio de 2024 no han recibido la carta de pago, podr‡n obtener un duplicado: ÑA travŽs de su carpeta ciudadana: www.zaragoza.es/sede/portal/tramites-servicios/carpeta-ciudadana, si dispone de certificado electr—nico o Cl@veFirma. ÑO person‡ndose, en horario de atenci—n al pœblico, en las oficinas municipales de Recaudaci—n (sitas en edificio Seminario, v’a Hispanidad, 20). Podr‡n subsanar el posible error en el domicilio fiscal, as’ como abonar la cuota, antes del d’a 15 de julio de 2024, fecha en que se cumple el vencimiento de pago del per’odo voluntario de pago. I. C. de Zaragoza, a 17 de abril de 2024. Ñ La jefa de la Oficina de Recaudaci—n, Mar’a Isabel L—pez Irus. SECCIîN QUINTA Nœm. 2990 EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA çREA DE HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS Agencia Municipal Tributaria Oficina de Recaudaci—n ANUNCIO relativo a la apertura del per’odo voluntario de cobranza para los recibos por el concepto de abastecimiento de agua/recogida de basuras, trimestre febrero de 2024-abril de 2024 y mes de abril de 2024 (clave recaudatoria AB-04-24). De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de Recaudaci—n, se hace pœblica la apertura del per’odo de cobranza para los recibos por el concepto de abastecimiento de agua/recogida de basuras, trimestre febrero de 2024-abril de 2024, y abastecimiento de agua/recogida de basuras, mes de abril de 2024 (clave recaudatoria AB-04-24). Plazos de pago ÑPer’odo voluntario: Desde el 15 de mayo al 15 de julio de 2024. ÑPer’odo ejecutivo: Se inicia vencido el per’odo voluntario y determina el devengo de los recargos del per’odo ejecutivo y de los intereses de demora previstos en los art’culos 28 y 26 de la Ley General Tributaria. Lugar y medios de pago On line: ÑEn p‡ginas web municipales con tarjeta o por b’zum (l’mite 30.000 euros): https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/13602 https://tributos.zaragoza.es (seleccionar tr‡mite ÇPagosÈ). ÑA travŽs de la aplicaci—n m—vil Zaragoza Tributos (l’mite 30.000 euros): http://www.zaragoza.es/sede/servicio/aplicacion/1542882807216/ (excepto autoliquidaciones). ÑA travŽs de la banca on line si se es cliente de las entidades colaboradoras Ibercaja, Caja Rural de Arag—n, Banco Santander (excepto autoliquidaciones), BBVA y CaixaBank, conforme a la propia operativa de la entidad colaboradora. Presencialmente: ÑEn entidades colaboradoras: Ibercaja, Caja Rural de Arag—n, BBVA, Banco Santander y CaixaBank, en los cajeros autom‡ticos y en las oficinas y horarios que tengan establecidos. ÑEn las dependencias de Recaudaci—n Municipal, en horario de atenci—n presencial (sitas en v’a Hispanidad, 20, antiguo Seminario). Se admite dinero en efectivo (solo para recibos de importe inferior a 1.000 euros), tarjeta de crŽdito o dŽbito (Visa o Mastercard) o cheque conformado a nombre del Ayuntamiento de Zaragoza. Por telŽfono: ÑPago telef—nico con tarjeta Visa o Mastercard en horario de atenci—n al pœblico: TelŽfono 976 721 115 (opci—n 1). Domiciliaci—n bancaria de recibos peri—dicos El art’culo 25 del Reglamento General de Recaudaci—n establece que las domiciliaciones bancarias se dirigir‡n al —rgano recaudatorio, al menos dos meses antes del comienzo del per’odo recaudatorio. No obstante, si tŽcnicamente es posible, surtir‡ efecto en la siguiente facturaci—n. El cargo en cuenta se realizar‡ el œltimo d’a de per’odo voluntario. Podr‡ obtener una copia del recibo original en la direcci—n: a) Carpeta Ciudadana: https://www.zaragoza.es/sede/portal/tramites-servicios/carpeta-ciudadana b) En la direcci—n: https://www.zaragoza.es/consultaRecibosWeb/consultaReciboPdf.faces Formalizaci—n del mandato de domiciliaci—n a) A travŽs de internet (www.zaragoza.es). b) Llamando al telŽfono de informaci—n y asistencia al contribuyente 976 723 773, facilitando el c—digo IBAN (veinticuatro d’gitos), de lunes a viernes, de 8:00 a 14:00 horas. Solo para personas f’sicas. c) A travŽs de su entidad financiera. d) En las ventanillas de Recaudaci—n. Notas de interŽs a) A los contribuyentes que no tengan su cuota domiciliada, para poder realizar el abono de estas cuotas en las circunstancias antedichas se les remitir‡ al domicilio fiscal la carta de pago (recibo), la cual les ser‡ diligenciada de Çrecib’È en el momento del abono de la cuota por la entidad a travŽs de la cual efectœe el pago. La no recepci—n del documento de pago no exime de la obligaci—n de realizarlo. b) Los contribuyentes que no tengan su cuota domiciliada, si antes del d’a 1 de julio de 2024 no han recibido la carta de pago, podr‡n obtener un duplicado: ÑA travŽs de su carpeta ciudadana: www.zaragoza.es/sede/portal/tramites-servicios/carpeta-ciudadana, si dispone de certificado electr—nico o Cl@veFirma. ÑO person‡ndose, en horario de atenci—n al pœblico, en las oficinas municipales de Recaudaci—n (sitas en edificio Seminario, v’a Hispanidad, 20). Podr‡n subsanar el posible error en el domicilio fiscal, as’ como abonar la cuota, antes del d’a 15 de julio de 2024, fecha en que se cumple el vencimiento de pago del per’odo voluntario de pago. I. C. de Zaragoza, a 17 de abril de 2024. Ñ La jefa de la Oficina de Recaudaci—n, Mar’a Isabel L—pez Irus. SECCIîN QUINTA Nœm. 3025 EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA çREA DE PARTICIPACIîN CIUDADANA Y RƒGIMEN INTERIOR Oficina de Recursos Humanos El 15 de abril de 2024, el concejal delegado de Personal, en virtud de lo dispuesto en el decreto de la Alcald’a, de 21 de junio de 2023, de nombramiento, y decreto de Alcald’a de 21 de junio de 2023, por el que se establece la organizaci—n y estructura org‡nica de la Administraci—n del Ayuntamiento de Zaragoza, as’ como acuerdo del Gobierno de Zaragoza de 17 de febrero de 2009, de delegaci—n de atribuciones, y el decreto de la Alcald’a de 19 de enero de 2009, de delegaci—n de atribuciones, adopt— el siguiente decreto: ÇPrimero. Ñ Nombrar funcionarias/os de carrera (efectos de fecha 21 de abril de 2024) de la escala de Administraci—n general, subescala gesti—n, plaza/categor’a de tŽcnica/o medio en Gesti—n de la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Zaragoza, integrada en el grupo/subgrupo de la clasificaci—n profesional, A/A2, mediante ingreso por el libre ordinario y libre reserva discapacitados y el sistema selectivo de oposici—n: VACANTE NòM. 5 SçNCHEZ TELLO, LAURA PLAZA NòM. 222000041 El puesto de trabajo a ocupar deber‡ ser asociado y asignado a la plaza identificada con el c—digo numŽrico expresado. Segundo. Ñ Comunicar a la/s persona/s interesada/s que deber‡n tomar posesi—n en el plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la recepci—n de la oportuna notificaci—n, compareciendo para ello en la Oficina de Recursos Humanos. Transcurrido dicho plazo sin efectuarlo, se entender‡ que renuncia a la plaza y consiguiente nombramiento, y quedar‡n sin efecto las actuaciones realizadas. Tercero. Ñ Notificar el presente decreto a la/s persona/s interesada/s, Servicio de Gesti—n de Recursos Humanos (Unidad de Gesti—n Econ—mica y Unidad de Plantillas y RPT), Servicio de Relaciones Laborales, Servicio de Prevenci—n y Salud Laboral, Oficina TŽcnica de la Funci—n Interventora, Unidad de Gesti—n Web Municipal, as’ como disponer la publicaci—n de la presente resoluci—n en el BOPZÈ. Lo que se hace pœblico para general conocimiento. I. C. de Zaragoza, a 15 de abril de 2024. Ñ El jefe de la Oficina de Recursos Humanos, JosŽ Luis Serrano BovŽ. SECCIîN QUINTA Nœm. 3026 EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA çREA DE PARTICIPACIîN CIUDADANA Y RƒGIMEN INTERIOR Oficina de Recursos Humanos El 11 de abril de 2024, el concejal delegado de Personal, en virtud de lo dispuesto en el decreto de la Alcald’a, de 21 de junio de 2023, de nombramiento, y decreto de Alcald’a de 21 de junio de 2023, por el que se establece la organizaci—n y estructura org‡nica de la Administraci—n del Ayuntamiento de Zaragoza, as’ como acuerdo del Gobierno de Zaragoza de 17 de febrero de 2009, de delegaci—n de atribuciones, y el decreto de la Alcald’a de 19 de enero de 2009, de delegaci—n de atribuciones, adopt— el siguiente decreto: ÇPrimero. Ñ Nombrar funcionarias/os en pr‡cticas (efectos de fecha 19 de abril de 2024) de la escala Administraci—n especial, subescala servicios especiales, personal de oficios C1, plaza/categor’a de maestra/o alba–il de la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Zaragoza, integrada en el grupo/subgrupo de la clasificaci—n profesional, C/C1, mediante ingreso por el turno libre ordinario y el sistema selectivo de oposici—n, a propuesta del —rgano seleccionador que ha juzgado el proceso selectivo convocado al efecto, a: VACANTE NòM. 1 MARTêN ASCOZ, MANUEL PLAZA NòM. 530900006 El rŽgimen jur’dico de aplicaci—n al per’odo de pr‡cticas ser‡ el previsto en la instrucci—n tercera del decreto de 13 de marzo de 2022 de la Concejal’a delegada de Personal, por el que se aprueba la Instrucci—n por la que se establecen las reglas para la realizaci—n del per’odo de pr‡cticas, prueba y formaci—n del personal permanente de nuevo ingreso o acceso al Ayuntamiento de Zaragoza, as’ como los per’odos de permanencia en los puestos de trabajo adjudicados tras la superaci—n del oportuno proceso selectivo (en adelante, D/CDP-13.3.22). El puesto de trabajo a ocupar en el per’odo de pr‡cticas deber‡ ser asociado y asignado a la plaza identificada con el c—digo numŽrico expresado. Concluido el per’odo de pr‡cticas, la comisi—n evaluadora acordar‡ y declarar‡ Òapta/oÓ, o Òno apta/oÓ a la persona funcionaria en pr‡cticas conforme a lo dispuesto en la instrucci—n tercera D/CDP-13.3.22. Finalizado y superado el per’odo de pr‡cticas, ser‡ nombrada/o funcionaria/o de carrera en la escala, subescala y plaza/categor’a se–alada y el puesto de trabajo desempe–ado en el citado per’odo tendr‡ car‡cter de puesto de trabajo definitivo segœn lo previsto en la relaci—n de puestos de trabajo. Segundo. Ñ Comunicar a la/s persona/s interesada/s que, deber‡n tomar posesi—n en el plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la recepci—n de la oportuna notificaci—n, compareciendo para ello en la Oficina de Recursos Humanos. Transcurrido dicho plazo sin efectuarlo, se entender‡ que renuncia a la plaza y consiguiente nombramiento, y quedar‡n sin efecto las actuaciones realizadas. Tercero. Ñ Notificar el presente decreto a la/s persona/s interesada/s, Servicio de Gesti—n de Recursos Humanos (Unidad de Gesti—n Econ—mica y Unidad de Plantillas y RPT), Servicio de Relaciones Laborales, Servicio de Prevenci—n y Salud Laboral, Oficina TŽcnica de la Funci—n Interventora, Unidad de Gesti—n Web Municipal, Servicio de Conservaci—n de Infraestructuras, as’ como disponer la publicaci—n de la presente resoluci—n en el BOPZÈ. Lo que se hace pœblico para general conocimiento. I. C. de Zaragoza, a 11 de abril de 2024. Ñ El jefe de la Oficina de Recursos Humanos, JosŽ Luis Serrano BovŽ. SECCIîN SEXTA Nœm. 3035 AYUNTAMIENTO DE ALAGîN ANUNCIO de exposici—n pœblica y per’odo voluntario de cobranza correspondiente a las liquidaciones mensuales de los precios pœblicos por prestaci—n de servicios deportivos del mes de mayo de 2024. Por decreto de Alcald’a nœm. 0691/2024, de fecha 26 de abril de 2024, se ha aprobado y dispuesto la liquidaci—n del padr—n correspondiente al mes de mayo con las cuotas por prestaci—n de servicios deportivos. De conformidad con lo dispuesto en el art’culo 68 del Reglamento General de Recaudaci—n, as’ como en el art’culo 14 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace pœblica la apertura del per’odo voluntario de cobranza. Exposici—n pœblica Los padrones correspondientes se encuentran a disposici—n del pœblico en la Tesorer’a del Ayuntamiento por tŽrmino de veinte d’as h‡biles a partir del siguiente al de la publicaci—n del presente anuncio en el BOPZ. Plazo de ingreso El plazo para el pago en voluntaria ser‡ de dos meses contados a partir del d’a siguiente a la publicaci—n del presente anuncio en el BOPZ. Lugar y forma de pago El pago podr‡ efectuarse a travŽs de cualquiera de las entidades bancarias de esta localidad. Los recibos domiciliados ser‡n cargados directamente en las cuentas se–aladas por los contribuyentes. Procedimiento de apremio Transcurrido el per’odo voluntario de cobranza sin que se haya hecho efectivo el pago se incurrir‡ en los recargos establecidos en el art’culo 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y vencido el plazo de ingreso en v’a de apremio se exigir‡ un recargo del 20% del importe de la deuda no ingresada, m‡s los intereses de demora. RŽgimen de recursos Recurso de reposici—n ante el —rgano que aprob— la liquidaci—n, en el plazo de un mes contado a partir del d’a siguiente al de finalizaci—n de la exposici—n pœblica del padr—n o matr’cula. Contra su desestimaci—n expresa o presunta cabe recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el d’a siguiente al de la notificaci—n de la resoluci—n del recurso de reposici—n, si fuese expresa, y, si no lo fuera, en el plazo de seis meses desde el d’a siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.. No podr‡n simultanearse la interposici—n del recurso de reposici—n y la reclamaci—n econ—mico-administrativa. Lo que se hace pœblico para general conocimiento. Alag—n, a 26 de abril de 2024. Ñ El alcalde, Jesœs Gustr‡n Villa. SECCIîN SEXTA Nœm. 3048 AYUNTAMIENTO DE ALAGîN ANUNCIO de exposici—n pœblica y per’odo voluntario de cobranza correspondiente a las liquidaciones mensuales de la tasa por la prestaci—n del servicio de la escuela de mœsica, mes de mayo de 2024 Por decreto de Alcald’a nœm. 0693/2024, de fecha 26 de abril de 2024, se ha aprobado y dispuesto la liquidaci—n del padr—n correspondiente a la mensualidad del mes de mayo de 2024 correspondiente a la tasa por la prestaci—n del servicio de la escuela de mœsica. De conformidad con lo dispuesto en el art’culo 68 del Reglamento General de Recaudaci—n, as’ como en el art’culo 14 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace pœblica la apertura del per’odo voluntario de cobranza. Exposici—n pœblica Los padrones correspondientes se encuentran a disposici—n del pœblico en la Tesorer’a del Ayuntamiento por tŽrmino de veinte d’as h‡biles a partir del siguiente al de la publicaci—n del presente anuncio en el BOPZ. Plazo de ingreso El plazo para el pago en voluntaria ser‡ de dos meses, contados a partir del d’a siguiente a la publicaci—n del presente anuncio en el BOPZ. Lugar y forma de pago El pago podr‡ efectuarse a travŽs de cualquiera de las entidades bancarias de esta localidad. Los recibos domiciliados ser‡n cargados directamente en las cuentas se–aladas por los contribuyentes. Procedimiento de apremio Transcurrido el per’odo voluntario de cobranza sin que se haya hecho efectivo el pago se incurrir‡ en los recargos establecidos en el art’culo 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y vencido el plazo de ingreso en v’a de apremio se exigir‡ un recargo del 20% del importe de la deuda no ingresada, m‡s los intereses de demora. RŽgimen de recursos Recurso de reposici—n ante el —rgano que aprob— la liquidaci—n, en el plazo de un mes contado a partir del d’a siguiente al de finalizaci—n de la exposici—n pœblica del padr—n o matr’cula. Contra su desestimaci—n expresa o presunta cabe recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el d’a siguiente al de la notificaci—n de la resoluci—n del recurso de reposici—n, si fuese expresa, y, si no lo fuera, en el plazo de seis meses desde el d’a siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto. No podr‡n simultanearse la interposici—n del recurso de reposici—n y la reclamaci—n econ—mico-administrativa. Lo que se hace pœblico para general conocimiento. Alag—n, a 26 de abril de 2024. Ñ El alcalde, Jesœs Gustr‡n Villa. SECCIîN SEXTA Nœm. 3049 AYUNTAMIENTO DE ALAGîN ANUNCIO de exposici—n pœblica y per’odo voluntario de cobranza correspondiente a las liquidaciones mensuales de los precios pœblicos por prestaci—n de servicios de actividades culturales del tercer trimestre del curso 2023-2024 (abril-junio). Por decreto de Alcald’a nœm. 0692/2024, de fecha 26 de abril de 2024, se ha aprobado y dispuesto la liquidaci—n del padr—n correspondiente al tercer trimestre del curso 2023-2024 (abril-junio) con las cuotas por prestaci—n de servicios de actividades culturales. De conformidad con lo dispuesto en el art’culo 68 del Reglamento General de Recaudaci—n, as’ como en el art’culo 14 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace pœblica la apertura del per’odo voluntario de cobranza. Exposici—n pœblica Los padrones correspondientes se encuentran a disposici—n del pœblico en la tesorer’a del Ayuntamiento por tŽrmino de veinte d’as h‡biles a partir del siguiente al de la publicaci—n del presente anuncio en el BOPZ. Plazo de ingreso El plazo para el pago en voluntaria ser‡ de dos meses, contados a partir del d’a siguiente a la publicaci—n del presente anuncio en el BOPZ. Lugar y forma de pago El pago podr‡ efectuarse a travŽs de cualquiera de las entidades bancarias de esta localidad. Los recibos domiciliados ser‡n cargados directamente en las cuentas se–aladas por los contribuyentes. Procedimiento de apremio Transcurrido el per’odo voluntario de cobranza sin que se haya hecho efectivo el pago, se incurrir‡ en los recargos establecidos en el art’culo 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y vencido el plazo de ingreso en v’a de apremio se exigir‡ un recargo del 20% del importe de la deuda no ingresada, m‡s los intereses de demora. RŽgimen de recursos Recurso de reposici—n ante el —rgano que aprob— la liquidaci—n, en el plazo de un mes contado a partir del d’a siguiente al de finalizaci—n de la exposici—n pœblica del padr—n o matr’cula. Contra su desestimaci—n expresa o presunta cabe recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el d’a siguiente al de la notificaci—n de la resoluci—n del recurso de reposici—n, si fuese expresa, y, si no lo fuera, en el plazo de seis meses desde el d’a siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto. No podr‡n simultanearse la interposici—n del recurso de reposici—n y la reclamaci—n econ—mico-administrativa. Lo que se hace pœblico para general conocimiento. Alag—n, a 26 de abril de 2024. Ñ El alcalde, Jesœs Gustr‡n Villa. SECCIîN SEXTA Nœm. 3009 AYUNTAMIENTO DE ALHAMA DE ARAGîN ACUERDO del Pleno de fecha 24 de abril de 2024, del Ayuntamiento de Alhama de Arag—n, por el que se aprueba provisionalmente la modificaci—n de la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas de este Ayuntamiento. El Pleno de este Ayuntamiento, en sesi—n ordinaria celebrada el d’a 24 de abril de 2024, acord— la aprobaci—n provisional de la modificaci—n de la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas de este Ayuntamiento. Y en cumplimiento de lo dispuesto en el art’culo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a informaci—n pœblica por el plazo de treinta d’as, a contar desde el d’a siguiente de la inserci—n de este anuncio en el BOPZ, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Durante dicho plazo podr‡ ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estar‡ a disposici—n de los interesados en la sede electr—nica de este Ayuntamiento: http://alhama.sedelectronica.es Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerar‡ aprobado definitivamente dicho acuerdo. Alhama de Arag—n, a 26 de abril de 2024. Ñ La alcaldesa-presidenta, Mar’a Pilar Marco Cebolla. SECCIîN SEXTA Nœm. 3041 AYUNTAMIENTO DE ANI„îN Por resoluci—n de esta Alcald’a se ha acordado delegar en favor de do–a Marta Monreal Rodrigo, concejala de este Ayuntamiento, el ejercicio de la competencia correspondiente a la autorizaci—n del acto de celebraci—n del matrimonio civil entre los contrayentes R.J.M. y M.P.G.G., cuyos datos constan en el expediente. La delegaci—n deber‡ estar documentada previamente, bastando con que en el acta de autorizaci—n del matrimonio se haga constar que el concejal ha actuado por delegaci—n del alcalde. La delegaci—n conferida requerir‡ para su eficacia la aceptaci—n del —rgano delegado, entendiŽndose esta otorgada t‡citamente si no se formula ante el alcalde expresa manifestaci—n de no aceptaci—n de la delegaci—n en el tŽrmino de tres d’as h‡biles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resoluci—n. Ani–—n, a 26 de abril de 2024. Ñ El alcalde-presidente, JosŽ Manuel Sebasti‡n Roy. SECCIîN SEXTA Nœm. 3042 AYUNTAMIENTO DE CALATAYUD El Ayuntamiento de Calatayud, por acuerdo del Pleno de 25 de abril de 2024, ha aprobado modificar el Reglamento de adjudicaci—n de espacios y rŽgimen interior del vivero de empresas del Ayuntamiento de Calatayud, lo que se somete a informaci—n pœblica a fin de que los interesados puedan comparecer en el expediente y presentar las reclamaciones, observaciones o reparos que tengan por conveniente en el plazo de treinta d’as h‡biles, contado a partir del siguiente al de la publicaci—n del presente anuncio, se–alando que, en caso de que estas no se formulen, se entender‡ definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, procediŽndose a la publicaci—n ’ntegra de la modificaci—n del Reglamento. Calatayud, a 26 de abril de 2024. Ñ El alcalde, JosŽ Manuel Aranda Lassa. SECCIîN SEXTA Nœm. 3070 AYUNTAMIENTO DE CALATAYUD BDNS (Identif.): 757874. De conformidad con lo previsto en los art’culos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/757874). Extracto del acuerdo, de 22 de abril de 2024 de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Calatayud, por el que se convocan subvenciones en rŽgimen de concurrencia competitiva simplificado con destino a fomentar el consumo en establecimientos comerciales y de servicios de Calatayud durante el a–o 2024, en el tŽrmino municipal de Calatayud. Primero. Ñ Beneficiarios. Podr‡n acceder a este tipo de ayudas los establecimientos comerciales y de servicios de la ciudad de Calatayud y que reœnan los requisitos que se se–alan en el art’culo 6 de la convocatoria. Segundo. Ñ Objeto. El objeto de esta convocatoria es desarrollar el procedimiento para la concesi—n de ayudas en forma de vales descuento dentro de las acciones que desde el Departamento de Comercio del Ayuntamiento de Calatayud, se llevan a cabo en apoyo e impulso a la econom’a local.El objeto de la subvenci—n es la adquisici—n de bienes y servicios de consumo en comercios minoristas por las personas f’sicas que reœnan los requisitos establecidos en las presentes bases, cuyo pago de parte del precio se realice mediante el canjeo de vales descuento emitidos por el Ayuntamiento de Calatayud. Tercero. Ñ Bases reguladoras. Estas subvenciones se regir‡n por lo establecido en la presente convocatoria, en sus bases reguladoras aprobadas por acuerdo plenario de fecha 25 de abril de 2022, en el Decreto legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Arag—n, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Arag—n (en adelante, DLLSA); en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Reglamento General de la Ley de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 886/2006, de 21 de julio; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas; en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y dem‡s ayudas pœblicas; y en las restantes normas de derecho administrativo que en su caso sean aplicables, y, en su defecto, las normas de derecho privado. La presente convocatoria se ampara en la competencia en ÇEl fomento de los intereses econ—micos de la localidad y del pleno empleoÈ, que el Ayuntamiento de Calatayud ostenta en virtud del art’culo 42.2.o) de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administraci—n Local de Arag—n, incluida en el Plan EstratŽgico de Subvenciones 2023-2025, donde se contempla la l’nea estratŽgica 9 ÇFomento de industria y comercioÈ y concretamente la l’nea espec’fica 9.4 ÇCampa–as dinamizaci—n comercio (vales descuento)È Cuarto. Ñ Cuant’a. La cuant’a total m‡xima de las subvenciones convocadas es de quince mil euros (15.000 euros) que se imputa a la aplicaci—n presupuestaria 43134/47910 Comercio-campa–as dinamizaci—n comercio del presupuesto general del Ayuntamiento de Calatayud para el ejercicio 2024. El importe de las subvenciones reguladas en esta convocatoria, en ningœn caso podr‡ ser de tal cuant’a que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras Administraciones pœblicas o de otros entes pœblicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste total de la actividad subvencionada (art’culo 19 LGS). Quinto. Ñ Plazo de presentaci—n de solicitudes. El plazo de presentaci—n de solicitudes ser‡ de diez d’as h‡biles desde la publicaci—n del extracto de la convocatoria en el BOPZ. La convocatoria ’ntegra ser‡ publicada en la web del Ayuntamiento de Calatayud http://www.calatayud.es y en la sede electr—nica: sede.calatayud.es as’ como en el tabl—n de anuncios. El impreso de solicitud, as’ como el resto de modelos normalizados a cumplimentar por el solicitante, se pondr‡n a disposici—n de los interesados en la p‡gina web del Ayuntamiento de Calatayud, www.calatayud.es y en www.calatayudemprende.es. El resto de cuestiones quedan reflejados en las bases de la convocatoria. Calatayud, a 11 de abril de 2024. Ñ El alcalde, JosŽ Manuel Aranda Lassa. SECCIîN SEXTA Nœm. 3069 AYUNTAMIENTO DE CALMARZA En cumplimiento de cuanto dispone el art’culo 212 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por la comisi—n especial de cuentas, se expone al pœblico la cuenta general correspondiente al ejercicio 2023, por un plazo de quince d’as, durante los cuales quienes se estimen interesados podr‡n presentar las reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes. A su vez, estar‡ a disposici—n de los interesados en la sede electr—nica de este Ayuntamiento (https://calmarza.sedelectronica.es). Calmarza, a 29 de abril de 2024. Ñ El alcalde, JosŽ Vicente Monge Escolano. SECCIîN SEXTA Nœm. 3038 AYUNTAMIENTO DE CARI„ENA Por resoluci—n de Alcald’a nœm. 231/2024, de fecha 26 de abril de 2024, se ha aprobado el padr—n de las tasas por: ÑSuministro de agua potable domŽstica, comercial, industrial, etc. ÑPrestaci—n del servicio de recogida domiciliaria de residuos s—lidos urbanos. ÑPrestaci—n del servicio de alcantarillado. ÑOcupaci—n de terrenos de uso pœblico. ÑOcupaci—n puestos de mercado. ÑAcometidas a las redes de agua y alcantarillado. Correspondiente al per’odo impositivo del primer trimestre (enero, febrero y marzo) del a–o 2024. Dicho padr—n se expone al pœblico por un plazo de veinte d’as, a contar desde el siguiente al de inserci—n de este anuncio en el BOPZ, durante el cual estar‡ a disposici—n de los interesados en las oficinas generales del Ayuntamiento. Contra el acto administrativo de aprobaci—n del padr—n y liquidaciones tributarias en el mismo incorporadas caben los siguientes recursos: Recurso de reposici—n ante la Alcald’a en el plazo de un mes, a contar desde el d’a siguiente de finalizaci—n del per’odo de exposici—n pœblica, el cual deber‡ entenderse desestimado transcurrido el plazo de un mes desde su interposici—n sin que se haya notificado su resoluci—n expresa. En tal caso, podr‡ interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza en el plazo de seis meses, a contar desde el d’a siguiente a aquel en que el recurso de reposici—n haya de entenderse desestimado de forma presunta. El plazo para el pago en voluntaria ser‡ de dos meses, contados a partir del d’a siguiente de la publicaci—n del presente anuncio en el BOPZ, pudiendo efectuarse el pago por domiciliaci—n bancaria, transferencia bancaria o bien en met‡lico en las oficinas generales del Ayuntamiento. Transcurrido el per’odo voluntario sin que se haya efectuado el pago, se iniciar‡ el per’odo ejecutivo, que determina el devengo de los recargos e intereses de demora sobre el importe de la deuda no ingresada, en los siguientes tŽrminos: En caso de que la deuda se satisfaga con anterioridad a la notificaci—n de la providencia de apremio, el recargo exigible ser‡ del 5%, y no habr‡n de satisfacerse intereses deÊdemora. El recargo exigible ser‡ del 10% en caso de que, notificada la providencia de apremio, el importe de deuda no ingresada y recargo se satisfaga dentro de los plazos marcados por el art. 62.5 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y tampoco habr‡n de satisfacerse en este caso intereses de demora. En œltimo tŽrmino, agotadas las dos posibilidades anteriores, proceder‡ un recargo del 20%, con exigencia, asimismo, de los intereses de demora correspondientes. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los arts. 26, 28 y 161 de la citada Ley 58/2003. Cari–ena, a 26 de abril de 2024. Ñ El alcalde, Sergio Ortiz GutiŽrrez. SECCIîN SEXTA Nœm. 3003 AYUNTAMIENTO DE CODO Habiendo transcurrido el plazo se–alado en el art’culo 17.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, sin que se haya presentado reclamaci—n alguna contra el acuerdo adoptado por el Pleno de esta Corporaci—n en sesi—n ordinaria celebrada el d’a 13 de marzo de 2023 (anuncio publicado en el BOPZ nœm. 65, de 20 de marzo de 2023), adquiere car‡cter definitivo el acuerdo de aprobaci—n de la modificaci—n de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, de conformidad con el siguiente texto: ÇAprobar la modificaci—n del art’culo 3.¼ c) del tipo de gravamen para el impuesto sobre bienes inmuebles de caracter’sticas especiales, que queda fijado en el 1,30%. La presente modificaci—n, debidamente aprobada, entrar‡ en vigor una vez se haya publicado ’ntegramente el acuerdo definitivo y el texto de la misma en el BOPZ, comenzando su vigencia el d’a 1 de enero de 2025, permaneciendo vigente hasta su modificaci—n o derogaci—n expresaÈ. Contra el presente acuerdo, conforme al art’culo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto legislativo 2/2024, de 5 de marzo, se podr‡ interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Arag—n con sede en Zaragoza, en el plazo de dos meses desde el d’a siguiente a la publicaci—n del presente anuncio, de conformidad con el art’culo 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, de la Jurisdicci—n Contencioso-Administrativa. Codo, a 24 de abril de 2024. Ñ El alcalde, Raœl Cuevas Larrosa. SECCIîN SEXTA Nœm. 3004 AYUNTAMIENTO DE CODO Habiendo transcurrido el plazo se–alado en el art’culo 17.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, sin que se haya presentado reclamaci—n alguna contra el acuerdo adoptado por el Pleno de esta Corporaci—n en sesi—n ordinaria celebrada el d’a 13 de marzo de 2023 (anuncio publicado en el BOPZ nœm. 65, de 20 de marzo de 2023), adquiere car‡cter definitivo el acuerdo de aprobaci—n de la siguiente Ordenanza fiscal reguladora de la prestaci—n patrimonial por la atribuci—n de aprovechamientos urban’sticos en suelo no urbanizable del Ayuntamiento de Codo, de conformidad con el siguiente texto: Exposici—n de motivos El municipio de Codo aprueba esta Ordenanza con el fin de hacer efectivo el deber que impone el art’culo 31.6 b) del Decreto legislativo 1/2014, de 8 de julio, de Urbanismo de Arag—n, a los propietarios que promuevan determinadas actuaciones en suelo no urbanizable, que trae causa de lo establecido en el art’culo 9.3 del Real Decreto legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitaci—n Urbana, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo. La voluntad del legislador estatal y auton—mico es clara al imponer a los promotores de actuaciones urban’sticas en suelo no urbanizable el deber de satisfacer esta prestaci—n patrimonial, como forma de participaci—n de la comunidad en las plusval’as generadas por la actuaci—n urban’stica. Mientras que en el suelo urbano no consolidado y en el suelo urbanizable la participaci—n de la comunidad en las plusval’as urban’sticas se hace efectiva mediante la obligaci—n de los promotores de ceder obligatoria y gratuitamente al municipio los terrenos en los que ubicar el aprovechamiento urban’stico legalmente asignado a esta administraci—n, en el suelo no urbanizable y en suelo urbanizable no delimitado en tanto no se procede a su transformaci—n urban’stica esta participaci—n se logra imponiendo a los promotores de la actuaci—n el deber de abonar una prestaci—n patrimonial. El art’culo 31.6 b) del Decreto legislativo 1/2014, de Urbanismo de Arag—n, condiciona la efectividad de este deber a la aprobaci—n de la correspondiente Ordenanza, por lo que resulta dif’cil justificar que el municipio no pueda hacer efectivo este ingreso pœblico por no tener aprobada la Ordenanza, sobre todo en un momento en que la falta de recursos municipales amenaza, como ha quedado expuesto, la prestaci—n de algunos servicios esenciales. Por otra parte, al hacerse efectiva esta prestaci—n patrimonial mediante la aprobaci—n de la Ordenanza, se evitan tambiŽn las situaciones injustificadas de desigualdad entre quienes promueven actuaciones urban’sticas en suelo urbano y urbanizable y quienes lo hacen en suelo no urbanizable. La no exigencia de este deber a los promotores de actuaciones en suelo no urbanizable a buen seguro puede incentivar que determinadas actividades que en principio deber’an ubicarse en terrenos clasificados como suelo urbano o urbanizable, en algunos casos urbanizados, acaben instal‡ndose en suelo no urbanizable. Como ha quedado expuesto, la Ley de Urbanismo de Arag—n, a diferencia de otras leyes auton—micas que regulan con cierto detalle este ingreso de derecho pœblico, se limita a imponer el deber de satisfacer esta prestaci—n patrimonial, remitiendo a la Ordenanza municipal la regulaci—n de aspectos tales como la cuantificaci—n de la prestaci—n, los sujetos obligados, momento del devengo y otros. Una vez constituida por la Ley esta prestaci—n patrimonial de car‡cter pœblico, con lo que queda salvado el principio reserva de ley en esta materia, la colaboraci—n de la Ordenanza puede ser especialmente intensa en la regulaci—n de los elementos de este ingreso de derecho pœblico, como reconoce la doctrina del Tribunal Constitucional recogida en la sentencia 73/2011, de 19 de mayo (FJ 3.¼). As’ las cosas, la Ordenanza, adem‡s de determinar los usos en suelo no urbanizable que dan lugar al deber de satisfacer la prestaci—n patrimonial, regula las personas obligadas al pago, el momento del devengo de la obligaci—n y la forma de cuantificar el ingreso. Se regulan tambiŽn las bonificaciones que pueden concederse, la forma de gestionar este ingreso de derecho pœblico y el destino que se le debe dar al formar parte del patrimonio municipal del suelo. Se han tomado como referencia al regular estas cuestiones el contenido de las ordenanzas aprobadas por algunos municipios de otras comunidades aut—nomas que regulan ingresos de derecho pœblico de idŽntica naturaleza al que es objeto de regulaci—n en esta Ordenanza. Se han tenido tambiŽn en cuenta las sentencias dictadas por las Salas de lo Contencioso-Administrativo de algunos Tribunales Superiores de Justicia que han confirmado la legalidad de las citadas ordenanzas municipales y de las liquidaciones practicadas por los Ayuntamientos por este tipo de prestaciones patrimoniales. Por œltimo, es oportuno referirse a la regulaci—n que se hace en la Ordenanza de dos aspectos importantes como son el de las personas obligadas al pago y el de la cuantificaci—n del ingreso. El art’culo 31.6 de la Ley de Urbanismo dispone que el propietario del suelo es el que tiene el deber de satisfacer la prestaci—n patrimonial. Ahora bien, la referencia que se hace en este art’culo al propietario no puede interpretarse de forma literal y en sentido estricto. La finalidad que se persigue con la prestaci—n patrimonial establecida en el apartado 4 b) del citado art’culo justifica que el obligado al pago de este ingreso sea la persona, f’sica o jur’dica, que se beneficia del aprovechamiento urban’stico adjudicado mediante el otorgamiento de la autorizaci—n especial en suelo no urbanizable. En consecuencia, el concepto propietario se ha interpretado como el titular de derechos sobre un terreno que le dan legitimidad para promover la actuaci—n autorizada en suelo no urbanizable. Por lo que respecta a la regulaci—n de la forma de cuantificar la prestaci—n patrimonial, se ha tenido en cuenta lo establecido en secci—n segunda de la Ley de Urbanismo de Arag—n, que regula el canon por la atribuci—n de aprovechamiento urban’stico en los planes y proyectos de interŽs general de Arag—n. TambiŽn se ha tomado como referencia lo establecido en las leyes auton—micas que regulan ingresos de idŽntica naturaleza. El resultado es que la cuant’a de la prestaci—n patrimonial se determina aplicando un porcentaje sobre el importe total de la inversi—n a realizar para la ejecuci—n de la edificaci—n, construcci—n, infraestructura o instalaci—n, incluyendo el coste de todos los elementos que figuren en el proyecto para el que se solicite la licencia urban’stica. Finalmente se ha optado, para simplificar la gesti—n, por fijar un porcentaje del 5% de la inversi—n, con un œnico devengo. Este porcentaje se sitœa en la media de los fijados en las leyes auton—micas que regulan ingresos de idŽntica naturaleza. Art’culo 1.¼ Objeto y ‡mbito de aplicaci—n. 1. Es objeto de la presente Ordenanza la regulaci—n de la prestaci—n patrimonial prevista en el art’culo 31.6 b) del Decreto legislativo 1/2014, de Urbanismo de Arag—n, como contraprestaci—n por la atribuci—n de aprovechamientos urban’sticos a determinadas actuaciones y usos en suelo no urbanizable. 2. Quedan sujetos a esta prestaci—n patrimonial las actuaciones autorizadas en el suelo no urbanizable, conforme a lo que se–ala el Decreto legislativo 1/2014, salvo las excluidas en el punto tercero de este art’culo. 3. Quedan excluidos de esta prestaci—n patrimonial los usos vinculados a explotaciones agrarias y ganaderas, incluida la vivienda de personas que deban permanecer en la correspondiente explotaci—n. Se consideran incluidas en este grupo construcciones e instalaciones las vinculadas a explotaciones agrarias de car‡cter productivo tales como cultivo agr’cola de regad’o, cultivo agr’cola de secano, praderas y pastizales, plantaciones forestales, obras y mejoras agr’colas o invernaderos; y los que se establezcan con esta misma naturaleza en el planeamiento general y en las normas subsidiarias y complementarias de planeamiento de la provincia de Zaragoza. Art. 2.¼ Naturaleza jur’dica. A travŽs de esta prestaci—n patrimonial se hace efectiva la participaci—n de la comunidad en las plusval’as generadas por las actuaciones urban’sticas autorizadas en suelo no urbanizable o en suelo urbanizable no delimitado en tanto se completa la transformaci—n urban’stica. Tiene la consideraci—n de prestaci—n de derecho pœblico, conforme a lo establecido en el art’culo 2.1 h) del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Art. 3.¼ Obligados al pago. 1. Est‡n obligadas al pago de esta prestaci—n las personas f’sicas o jur’dicas, pœblicas o privadas, que promuevan las construcciones, infraestructuras, instalaciones y usos establecidos en el art’culo 1.2 de la Ordenanza. La transmisi—n de estas construcciones, infraestructuras e instalaciones autorizadas en suelo no urbanizable se realizar‡ de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitaci—n Urbana, quedando subrogado el nuevo titular en el cumplimiento de esta obligaci—n y de los compromisos que hubiera adquirido el promotor. 2. Tendr‡ la consideraci—n de obligado al pago del canon objeto de esta Ordenanza el promotor de la edificaci—n en los tŽrminos definidos en la legislaci—n vigente, y ello en tanto titular del derecho a materializar el aprovechamiento urban’stico bien como propietario del terreno o como titular del derecho a construir conferido por este. 3. Tendr‡n la consideraci—n de sustitutos y responsables del obligado al pago las personas o entidades a las que se refiere la Ley General Tributaria. Art. 4.¼ Exenciones. 1. Est‡n exentas de esta prestaci—n patrimonial las actuaciones que realicen las Administraciones pœblicas en el ejercicio de sus competencias, cuando no estŽn sometidas a autorizaci—n en suelo no urbanizable. 2. No obstante lo anterior, en las actuaciones de urbanizaci—n y edificaci—n, autorizadas en suelo urbanizable no delimitado y suelo no urbanizable, mediante la aprobaci—n de planes y proyectos de interŽs general de Arag—n habr‡ de abonarse igualmente, como carga de urbanizaci—n, un canon al municipio en cuyo territorio hayan de ejecutarse, como contraprestaci—n por la atribuci—n de aprovechamiento urban’stico a esa actuaci—n. 3. En estos casos, dicho canon ser‡ del uno por ciento anual del importe total de la inversi—n a realizar para la ejecuci—n del proyecto de interŽs general de Arag—n por per’odo no superior a cinco a–os. El canon se devengar‡ en la fecha de aprobaci—n del proyecto de interŽs general de Arag—n y, en su caso, por a–os naturales desde la misma, salvo que en el propio proyecto de interŽs general de Arag—n se estableciesen fechas diferentes para el devengo. Los recursos obtenidos a travŽs de dicho canon deber‡n destinarse a los fines propios de los patrimonios pœblicos de suelo. Art. 5.¼ Nacimiento de la obligaci—n. La obligaci—n de abonar la prestaci—n patrimonial se devengar‡ en el momento en que se reconozca al promotor de la actuaci—n el aprovechamiento urban’stico necesario para hacerla efectiva con ocasi—n del otorgamiento de la licencia urban’stica. Art. 6.¼ Base, tipo y cuant’a. 1. La base para el c‡lculo de la prestaci—n patrimonial est‡ constituida por el importe total de la inversi—n a realizar para la ejecuci—n de la edificaci—n, construcci—n, infraestructura o instalaci—n, incluyendo el coste de todos los elementos que figuren en el proyecto para el que se solicite la licencia urban’stica. 2. El tipo ordinario de la prestaci—n se fija en el 5% de la base determinada de acuerdo con lo establecido en el apartado anterior. 3. La cuant’a a ingresar ser‡ el resultado de aplicar a la base el tipo establecido en el apartado anterior. Art. 7.¼ Bonificaci—n. No se establecen bonificaciones en la presente Ordenanza. Art. 8.¼ Gesti—n. 1. En todo caso, la gesti—n se realizar‡ en rŽgimen de autoliquidaci—n, mediante la exigencia del correspondiente dep—sito previo de esta cantidad en el momento de solicitar la licencia o autorizaci—n especial en suelo no urbanizable. 2. Cuando se otorgue la preceptiva licencia urban’stica el obligado tributario realizar‡ una primera autoliquidaci—n provisional calcul‡ndose la base en funci—n del presupuesto establecido en el proyecto tŽcnico presentado por los interesados y visado por el Colegio Oficial correspondiente. Finalizada la construcci—n, instalaci—n u obra, y teniendo en cuenta el coste real y efectivo de la misma, el Ayuntamiento, mediante la oportuna comprobaci—n administrativa, modificar‡ la base practicando la correspondiente liquidaci—n definitiva, exigiendo o reintegrando al sujeto la cantidad que corresponda. Art. 9.¼ Destino de los ingresos. Los ingresos obtenidos a travŽs de la prestaci—n patrimonial regulada en la presente Ordenanza deber‡n destinarse a los fines propios de los patrimonios pœblicos del suelo. Disposici—n adicional Quedan obligados al pago de esta prestaci—n patrimonial quienes tras la entrada en vigor de la Ordenanza tengan que legalizar urban’sticamente edificaciones, construcciones, infraestructuras e instalaciones ejecutadas con anterioridad sin las preceptivas autorizaciones urban’sticas. Disposici—n transitoria Quedan obligados al pago de esta prestaci—n patrimonial los promotores de aquellas actuaciones que habiendo solicitado la autorizaci—n especial en suelo no urbanizable o la licencia urban’stica con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ordenanza, su resoluci—n se produzca, dentro del plazo legalmente establecido, con posterioridad a la fecha de su entrada en vigor. Disposici—n final La presente Ordenanza entrar‡ en vigor una vez hayan transcurrido quince d’as contados desde el siguiente al de la publicaci—n de su texto ’ntegro en el BOPZ, sin que el Estado y las comunidades aut—nomas hayan ejercido las facultades de requerimiento previstas en la Ley. Contra el presente acuerdo, conforme al art’culo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto legislativo 2/2024, de 5 de marzo, se podr‡ interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Arag—n con sede en Zaragoza, en el plazo de dos meses desde el d’a siguiente a la publicaci—n del presente anuncio, de conformidad con el art’culo 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, de la Jurisdicci—n Contencioso-Administrativa. Codo, a 24 de abril de 2024. Ñ El alcalde, Raœl Cuevas Larrosa. SECCIîN SEXTA Nœm. 3005 AYUNTAMIENTO DE CODO Habiendo transcurrido el plazo se–alado en el art’culo 17.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, sin que se haya presentado reclamaci—n alguna contra el acuerdo adoptado por el Pleno de esta Corporaci—n, en sesi—n ordinaria celebrada el d’a 13 de marzo de 2023 (anuncio publicado en el BOPZ nœm. 65, de 20 de marzo de 2023), adquiere car‡cter definitivo el acuerdo de aprobaci—n de la siguiente Ordenanza fiscal reguladora del funcionamiento y tasa por la prestaci—n del servicio de la piscina municipal de Codo. Art. 1.¼ Fundamento y naturaleza. El Ayuntamiento de Codo, conforme en uso de sus facultades concedidas por los art’culos 133.2 y 142 de la Constituci—n y por el art’culo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de RŽgimen Local, y de acuerdo con lo previsto en el art’culo 20.4 o) del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece la tasa por la prestaci—n del servicio de piscina municipal. Art. 2.¼ Hecho imponible. Constituye el hecho imponible de este tributo la prestaci—n del servicio pœblico por la utilizaci—n de los bienes y servicios de la piscina municipal. No estar‡n sujetos a esta tasa los actos o actividades deportivas organizados por el Ayuntamiento o cualquier otra entidad con el consentimiento del Ayuntamiento. Art. 3.¼ Sujetos pasivos. Son sujetos pasivos de la tasa, en concepto de contribuyentes, las personas f’sicas o jur’dicas que utilicen las instalaciones y servicios de la piscina municipal. Art. 4.¼ Responsables. Ser‡n responsables solidariamente de las obligaciones tributarias del sujeto pasivo las personas f’sicas y jur’dicas a que se refieren los art’culo 38.1 y 39 de la Ley General Tributaria. Art. 5.¼ Base imponible. La base imponible es la magnitud dineraria que resulta de la medici—n o valoraci—n del hecho imponible, de acuerdo a las tarifas reflejadas en el art’culo 6 de la presente Ordenanza. Art. 6.¼ Cuota tributaria y exenciones subjetivas. Las tarifas a aplicar ser‡n las siguientes: Temporada piscina de verano: ÑEntrada de menores de 4 a–os: Gratis. Estar‡n exentos del pago de las tarifas los ni–os de hasta 3 a–os, inclusive. ÑAbono de 4 a–os a 16 a–os, inclusive: 30 euros por temporada de verano. ÑAbono de 17 a–os a 65 a–os, inclusive: 45 euros por temporada de verano. ÑAbono de 66 a–os en adelante: 30 euros por temporada de verano. ÑEntradas diaria laborable: 3 euros. ÑEntradas s‡bados, domingos y otros festivos: 5 euros diarios. El bono de temporada de verano es personal e intransferible, siendo necesario presentar el DNI para acreditar la identidad del titular. En el caso de comprobarse que es utilizado por otra persona, ser‡ cancelado. Art. 7.¼ Devengo. La tasa se devengar‡ cuando se inicie la prestaci—n del servicio o se efectœe la entrada al recinto. Se exigir‡ pago previo de la tasa correspondiente cuando se formule la solicitud del servicio. Art. 8.¼ Prohibiciones. Se proh’be en cualquier caso: a) La entrada de menores de 12 a–os si no van acompa–ados de familiar o persona que se haga cargo mayor de dicha edad. b) Utilizar las instalaciones sin respetar los aforos legalmente exigibles. El acceso de las personas que hayan adquirido un bono de temporada quedar‡ condicionado a que se cumpla con los aforos que legalmente se dispongan para la piscina municipal, sin que nada se pueda reclamar al Ayuntamiento por este concepto. Art. 9.¼ Infracciones y sanciones. El Ayuntamiento est‡ facultado para sancionar a quien no cumpla las normas en vigor establecidas para piscinas municipales. En todo lo relativo a la calificaci—n de infracciones tributarias y sanciones, adem‡s de lo previsto en esta Ordenanza, se estar‡ a lo dispuesto en los art’culos 181 y siguientes de la Ley General Tributaria 58/2003 y art’culo 12 y siguientes del Reglamento General de Recaudaci—n y su normativa de desarrollo. Disposici—n final Primera. Ñ La presente Ordenanza fiscal entrar‡ en vigor a partir de la publicaci—n de su aprobaci—n definitiva en el BOPZ, permaneciendo vigente hasta su modificaci—n o derogaci—n expresa. Contra el presente acuerdo, conforme al art’culo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto legislativo 2/2024, de 5 de marzo, se podr‡ interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Arag—n con sede en Zaragoza, en el plazo de dos meses desde el d’a siguiente a la publicaci—n del presente anuncio, de conformidad con el art’culo 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, de la Jurisdicci—n Contencioso-Administrativa. Codo, a 24 de abril de 2024. Ñ El alcalde, Raœl Cuevas Larrosa. SECCIîN SEXTA Nœm. 3043 AYUNTAMIENTO DE CUARTE DE HUERVA ANUNCIO relativo a la resoluci—n del Ayuntamiento de Cuarte de Huerva por la que se convocan pruebas selectivas para la provisi—n, mediante promoci—n interna, de una plaza de oficial conductor vacante en la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento. De conformidad con lo acordado por la Junta de Gobierno Local, en sesi—n celebrada el 25 de abril de 2024, por medio del presente se hace pœblica convocatoria para proveer, mediante promoci—n interna, una plaza de oficial conductor vacante en la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento, que se regir‡ por las siguientes bases: Bases de la convocatoria para proveer, mediante promoci—n interna, una plaza de oficial conductor, vacante en la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de Cuarte de Huerva Primera. Ñ Objeto de la convocatoria. 1. Es objeto de la presente convocatoria la provisi—n de una plaza de oficial conductor, perteneciente al subgrupo C2, vacante en la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de Cuarte de Huerva, mediante promoci—n interna, de conformidad con el acuerdo aprobado por la Junta de Gobierno Local de 12 de abril de 2022, por el que se aprob— la modificaci—n de la oferta de empleo pœblico de este Ayuntamiento para el ejercicio 2022, mediante la inclusi—n en la oferta de las plazas a proveer mediante promoci—n interna, segœn acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 26 de enero de 2022. La plaza tiene nivel 14 de complemento de destino y un complemento espec’fico de 9.182,07 euros en 2023. 2. Corresponder‡n al oficial conductor las responsabilidades y tareas descritas en la ficha del puesto correspondiente en la relaci—n de puestos de trabajo del Ayuntamiento. Segunda. Ñ Requisitos de los aspirantes. Para ser admitidos a las pruebas selectivas, los aspirantes deber‡n reunir los siguientes requisitos: a) Ser personal laboral fijo del Ayuntamiento de Cuarte de Huerva, perteneciente al grupo AP y contar con una antigŸedad de, al menos, dos a–os de servicios efectivos en dicho grupo en el Ayuntamiento. b) Estar en posesi—n del t’tulo de Graduado en Educaci—n Secundaria Obligatoria o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentaci—n de instancias. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deber‡ estar en posesi—n de la credencial que acredite su homologaci—n y, en su caso, de la traducci—n jurada del t’tulo. c) Poseer la capacidad funcional para el desempe–o de las tareas propias de la plaza. d) No exceder de la edad m‡xima de jubilaci—n forzosa. e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Pœblicas o de los —rganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Aut—nomas, ni hallarse en inhabilitaci—n absoluta o especial para empleos o cargos pœblicos por resoluci—n judicial. f) Estar en posesi—n del permiso de conducci—n clase C. Los requisitos deber‡n reunirse el œltimo d’a del plazo de presentaci—n de instancias y mantenerse en el momento de suscribir el contrato. Tercera. Ñ Instancias. 1. En las instancias solicitando tomar parte en esta convocatoria, que se presentar‡n conforme al modelo que figura en el anexo I de las presentes bases, los aspirantes deber‡n manifestar que reœnen, a la fecha de expiraci—n del plazo de presentaci—n de instancias, todas y cada una de las condiciones exigidas en la convocatoria. La presentaci—n de la instancia supone la aceptaci—n ’ntegra de las presentes bases por los aspirantes. 2. Las instancias se dirigir‡n a la Alcald’a del Ayuntamiento de Cuarte de Huerva y se presentar‡n en el Registro de Entrada del Ayuntamiento o en cualquiera de las formas previstas en el art’culo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas (en adelante, LPAC). 3. Las bases de la convocatoria se publicar‡n en el Bolet’n Oficial de Arag—n y en el BOPZ. El plazo de presentaci—n de instancias se iniciar‡ con la primera de esas publicaciones y finalizar‡ a los veinte d’as naturales contados a partir del siguiente al de la œltima de las publicaciones. 4. A la instancia se acompa–ar‡: a) Fotocopia del documento nacional de identidad. b) Fotocopia de la titulaci—n exigida, incluyendo, en su caso, fotocopia compulsada de la credencial de homologaci—n y traducci—n jurada. Los aspirantes que aleguen estudios equivalentes al espec’ficamente se–alado habr‡n de citar la disposici—n legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificaci—n del —rgano competente en tal sentido. c) Documentaci—n acreditativa de los mŽritos alegados. S—lo se valorar‡n los mŽritos alegados y justificados documentalmente durante el plazo de presentaci—n de instancias. d) Justificante del ingreso de la tasa por derechos de examen, por importe de 15 euros, salvo los desempleados y los perceptores del Ingreso AragonŽs de Inserci—n, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza fiscal nœm. 18, reguladora de la tasa por expedici—n de documentos y actividades administrativas. El ingreso deber‡ efectuarse en la cuenta abierta a nombre del Ayuntamiento en Ibercaja cuyo c—digo es ES29-2085-0192-100330114875. e) Fotocopia del permiso de conducci—n clase C. 5. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en su instancia, pudiendo œnicamente demandar su modificaci—n mediante escrito motivado dentro del plazo de presentaci—n de instancias. Cuarta. Ñ Admisi—n de aspirantes. Finalizado el plazo de presentaci—n de instancias, la Alcald’a dictar‡ decreto aprobando la lista provisional de los aspirantes admitidos y excluidos, que se har‡ pœblica en la p‡gina web municipal, y en la que se expresar‡ el plazo de subsanaci—n de errores que se conceda a los aspirantes excluidos y el plazo de presentaci—n de reclamaciones, as’ como, en su caso, el plazo para recusar a los miembros del tribunal. Concluido dicho plazo, la Alcald’a dictar‡ decreto en el que se aprobar‡ la lista definitiva de los aspirantes admitidos y excluidos, se resolver‡n las reclamaciones presentadas, se fijar‡ el lugar, fecha y hora del comienzo de los ejercicios y se determinar‡, si no se hubiera hecho en el decreto citado en el p‡rrafo anterior, la composici—n del tribunal. Este decreto se har‡ pœblico en la p‡gina web municipal y la publicaci—n servir‡ para iniciar el c—mputo de los plazos a efectos de impugnaciones o recursos. Quinta. Ñ Tribunal calificador. 1. El tribunal estar‡ constituido por cinco empleados pœblicos, pertenecientes al subgrupo C2 o superior, siendo uno de ellos el presidente del tribunal y otro el secretario. Para cada uno de los miembros se nombrar‡ un suplente, que actuar‡ en los casos de imposibilidad de asistencia del titular. 2. La pertenencia al tribunal ser‡ siempre a t’tulo individual, no pudiendo ostentarse en representaci—n o por cuenta de nadie. 3. El tribunal no podr‡ constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de tres de sus miembros, titulares o suplentes, incluyendo en todo caso al presidente y al secretario. En caso de ausencia del presidente y de su suplente o del secretario y su suplente, el puesto ser‡ desempe–ado por los vocales, titulares o suplentes, por el orden de prelaci—n que se establezca en el nombramiento. Todos los miembros del tribunal actuar‡n con voz y con voto. 4. El tribunal podr‡ requerir en cualquier momento a los candidatos para que acrediten su personalidad. Igualmente el tribunal, cuya actuaci—n se regir‡ por lo dispuesto en los art’culos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de RŽgimen Jur’dico del Sector Pœblico (LRJSP), queda autorizado para resolver las incidencias que se produzcan en el desarrollo de las pruebas y adoptar los acuerdos que garanticen el buen orden del proceso en lo no previsto expresamente por las bases de la convocatoria. En caso de que llegue a su conocimiento que algœn aspirante carece de alguno de los requisitos exigidos en la convocatoria, deber‡ proponer su exclusi—n a la Alcald’a, que resolver‡, previa audiencia al interesado. Contra los actos y decisiones del tribunal que imposibiliten la continuaci—n del procedimiento para el interesado o produzcan indefensi—n o perjuicio irreparable a derechos e intereses leg’timos, se podr‡ interponer recurso de alzada ante la Alcald’a, de conformidad con lo establecido en el art’culo 121.1 LPAC, sin perjuicio de la interposici—n de cualesquiera otros recursos que se estimen oportunos. 5. A los efectos establecidos en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por raz—n del servicio, el tribunal se clasifica en la categor’a tercera. 6. Los miembros del tribunal deber‡n abstenerse de formar parte del mismo, y los aspirantes podr‡n recusarlos, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas, respectivamente, en los art’culos 23 y 24 LRJSP. Sexta. Ñ Procedimiento de selecci—n. 1. El sistema de selecci—n ser‡ el de concurso-oposici—n. 2. La fase de oposici—n consistir‡ en la realizaci—n de las pruebas pr‡cticas, relacionadas con los cometidos del puesto, que fije el tribunal. El tribunal establecer‡ los criterios para valorar las pruebas. La puntuaci—n m‡xima ser‡ de 6 puntos, quedando eliminados quienes obtengan una puntuaci—n inferior a 3 puntos. 3. En la fase de concurso se valorar‡n, hasta un m‡ximo de 4 puntos: a) Servicios prestados en cualquiera de las entidades que forman parte de la Administraci—n Local, de acuerdo con la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del RŽgimen Local, con una puntuaci—n m‡xima de 3 puntos. Se valorar‡n los servicios prestados como funcionario de carrera, funcionario interino o contratado laboral, en puesto de pe—n de servicios mœltiples o de oficios varios, del subgrupo AP, a raz—n de 0,02 puntos, por mes completo trabajado, a jornada completa. Para acreditar este mŽrito deber‡ presentarse certificado emitido por el —rgano competente de la correspondiente Administraci—n, en el que se indique el puesto ocupado, con descripci—n de la titulaci—n exigida o subgrupo, el tiempo durante el que haya prestado esos servicios y la jornada. El tribunal podr‡ admitir otro tipo de acreditaci—n, si la considera suficiente. En caso de que los servicios no fueran prestados a jornada completa (37,5 horas semanales), la puntuaci—n se aplicar‡ proporcionalmente a la duraci—n de la jornada. Si el puesto no se considera similar o no consta la duraci—n de la jornada, no se podr‡ valorar este mŽrito. b) Titulaci—n acadŽmica, con una puntuaci—n m‡xima de 1 punto. Estar en posesi—n del t’tulo de Bachiller o TŽcnico, se valorar‡ con 0,5 puntos; estar en posesi—n del t’tulo de formaci—n profesional grado medio en Conducci—n de Veh’culos de Transporte por Carretera o asimilado o superior en esa rama, se valorar‡ con 1 punto. Para acreditar este mŽrito deber‡ presentarse copia compulsada del t’tulo. Los aspirantes que aleguen estudios equivalentes a los exigidos, habr‡n de citar la disposici—n legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificaci—n expedida en tal sentido por el organismo competente en materia de homologaci—n de t’tulos acadŽmicos, que acredite la citada equivalencia. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deber‡ estar en posesi—n de la credencial que acredite su homologaci—n y se adjuntar‡ al t’tulo su traducci—n jurada. 4. La calificaci—n final ser‡ la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposici—n y en la fase de concurso. En su caso, se utilizar‡ como criterio para dirimir los empates, la mayor puntuaci—n obtenida en el ejercicio de la oposici—n, pudiendo establecerse una prueba pr‡ctica adicional, si persiste el empate. 5. Los aspirantes ser‡n convocados para cada ejercicio en llamamiento œnico, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan, salvo supuestos de fuerza mayor debidamente justificados, que ser‡n apreciados libremente por el tribunal. El orden de actuaci—n ser‡ el alfabŽtico, comenzando por la letra ÇCÈ, de conformidad con la Resoluci—n de 13 de marzo de 2024, de la Directora del Instituto AragonŽs de Administraci—n Pœblica. 6. Las calificaciones se har‡n pœblicas mediante su exposici—n en la p‡gina web municipal. 7. De cada una de las sesiones que celebre el tribunal se levantar‡ acta, en la que se har‡ referencia a los miembros asistentes, pruebas celebradas, puntuaciones obtenidas por los aspirantes y cuantas incidencias se consideren de interŽs. SŽptima. Ñ Propuesta de contrataci—n. Concluido el proceso selectivo, el tribunal har‡ pœblica en la p‡gina web municipal la relaci—n de aspirantes que lo hayan superado, por orden de puntuaci—n, y propondr‡ a la Alcald’a la contrataci—n para la plaza convocada del aspirante que haya obtenido la mayor puntuaci—n. El tribunal elaborar‡ una relaci—n complementaria de los aspirantes que habiendo superado las pruebas no hayan obtenido plaza, para su posible contrataci—n en caso de que el aspirante seleccionado, por renuncia o cualquier otra causa, no suscriba el contrato de trabajo. Octava. Ñ Presentaci—n de documentaci—n y contrataci—n. El aspirante propuesto por el tribunal deber‡ presentar en el Ayuntamiento, en el plazo de quince d’as naturales desde la publicaci—n de la lista de aspirantes aprobados, la siguiente documentaci—n: ÑDeclaraci—n jurada sobre el mantenimiento de los requisitos exigidos para participar en las pruebas. ÑDeclaraci—n jurada de no hallarse incurso en causa de incapacidad ni en causa de incompatibilidad, de acuerdo con lo establecido en el art’culo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Pœblicas y en el art’culo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril. Si en el plazo concedido no se presenta la documentaci—n indicada, salvo caso de fuerza mayor, no podr‡ efectuarse la contrataci—n, quedando anuladas respecto a dicho aspirante todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia. La contrataci—n se efectuar‡ por decreto de Alcald’a, que ser‡ notificado al interesado, que deber‡ firmar el correspondiente contrato o documento de modificaci—n contractual, en la fecha que se le indique, dentro del plazo de quince d’as naturales contados a partir del siguiente al de recepci—n de la notificaci—n, perdiendo, en otro caso y salvo causa justificada, los derechos derivados de su participaci—n en esta convocatoria. Novena. Ñ Protecci—n de datos de car‡cter personal. De acuerdo con la Ley Org‡nica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protecci—n de Datos Personales y Garant’a de los Derechos Digitales, se informa de que todos los datos personales facilitados a travŽs de la instancia y dem‡s documentaci—n aportada ser‡n almacenados en el fichero de ÇGesti—n de PersonalÈ titularidad del Ayuntamiento de Cuarte, con la œnica finalidad de ser utilizados para tramitar el presente procedimiento de selecci—n, por lo que la participaci—n en este procedimiento implica la prestaci—n por los aspirantes de consentimiento al citado tratamiento de datos personales. Los aspirantes podr‡n ejercitar los derechos de acceso, rectificaci—n y cancelaci—n, en relaci—n con sus datos personales, en los tŽrminos establecidos por la Agencia Espa–ola de Protecci—n de Datos, dirigiŽndose al Ayuntamiento de Cuarte de Huerva, calle Monasterio de Siresa, 7, 50410 Ð Cuarte de Huerva. DŽcima. Ñ Recursos y legislaci—n aplicable. Las presentes bases y cuantos actos se deriven de las mismas y de la actuaci—n del tribunal podr‡n ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015. En el presente procedimiento regir‡ la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del RŽgimen Local, el texto refundido de la Ley del Estatuto B‡sico del Empleado Pœblico, aprobado por Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el Real Decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administraci—n Local de Arag—n, las disposiciones estatales y auton—micas aplicables a los entes locales y las restantes normas que resulten de aplicaci—n. Cuarte de Huerva, a 26 de abril de 2024. Ñ La alcaldesa, Elena Lacalle Oreja. ANEXO I Modelo de solicitud Nombre: ...... Apellidos: ...... DNI: ...... Domicilio: ...... C.P.: ...... Municipio: ...... TelŽfono m—vil: ...... TelŽfono 1: ...... TelŽfono 2: ...... Direcci—n de correo electr—nico: ...... Expone: 1. Que acepta las bases que han de regir la convocatoria para proveer, mediante promoci—n interna, una plaza de oficial conductor de la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de Cuarte de Huerva. 2. Que reœne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria. 3. Que acompa–a a la presente: o Fotocopia del documento nacional de identidad. o Fotocopia del t’tulo acadŽmico. o Fotocopia del permiso de conducci—n clase C. o Justificante del ingreso de la tasa por derechos de examen o, alternativamente, o copia de tarjeta de demanda de empleo en vigor o acreditaci—n de ser perceptor del Ingreso AragonŽs de Inserci—n. 4. Que, a los efectos de su valoraci—n en el concurso, alega los mŽritos que figuran en relaci—n adjunta, aportando la correspondiente documentaci—n justificativa. Por todo lo expuesto, Solicita: 1. La admisi—n en el proceso selectivo mencionado. 2. Por tener la condici—n de discapacitado, lo que se acredita con la documentaci—n adjunta, las siguientes adaptaciones de tiempo y medios para participar en las pruebas ...... Cuarte de Huerva,.......de...................de................................ Fdo.: ....................................... SRA. ALCALDESA DEL AYUNTAMIENTO DE CUARTE DE HUERVA. SECCIîN SEXTA Nœm. 3013 AYUNTAMIENTO DE EJEA DE LOS CABALLEROS La Junta de Gobierno local, en sesi—n de 25 de abril de 2024, aprob— definitivamente el proyecto de reparcelaci—n de la unidad de ejecuci—n œnica del sector 9 del Plan General de Ordenaci—n Urbana de Ejea de los Caballeros, redactado por el arquitecto don Luis Turiel D’az, a instancia del Ayuntamiento. Lo que se hace pœblico en cumplimiento de lo previsto en el art’culo 111.1 del Reglamento de Gesti—n Urban’stica. Ejea de los Caballeros, a 26 de abril de 2024. Ñ La alcaldesa, Teresa Ladrero Parral. SECCIîN SEXTA Nœm. 3018 AYUNTAMIENTO DE EJEA DE LOS CABALLEROS ANUNCIO del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros sobre retirada de l‡pidas ornamentales sobre nichos funerarios en el cementerio de Ejea de los Caballeros. El 18 de marzo de 2024 la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros adopt— el acuerdo de la aprobaci—n del expediente de ejecuci—n de las obras de rehabilitaci—n de fachadas de manzanas de nichos en el cementerio municipal. Entre otras actuaciones, se tiene prevista la realizaci—n del picado y retirada de los enfoscados antiguos y la aplicaci—n de un mortero base como capa de agarre consolidante con mortero mineral de cal natural en paramentos verticales de 10 mil’metros de espesor, ‡ridos con granulometr’a 0-2,5 mil’metros incluso regleado, sacado de rincones, aristas y andamiaje, segœn UNE-EN 998-1:2010, medido deduciendo huecos. El mortero ser‡ transpirable de elevada capacidad de anclaje y resistente a las sales. Para realizar esta actuaci—n correctamente es preciso que se proceda a la retirada de las l‡pidas colocadas delante de los nichos afectados por la humedad de las manzanas 1, 2, 6A y 6B, las m‡s antiguas del cementerio. Es decir, y dependiendo de la situaci—n de la pared de la manzana, ser’a necesaria la retirada de hasta el tercer nivel de altura, nichos del 4 al 2. El total de nichos incluidos en las manzanas relacionadas es de 800, de los que habr‡ que retirar la l‡pida de un porcentaje que variar‡ entre el 60 y el 70% del total. Se trata de una actuaci—n para la que, debido a la antigŸedad de las inhumaciones y por la cantidad de afectados, se plantea inviable la localizaci—n de los interesados de cada una de las inhumaciones con objeto de comunicarles la necesidad de la ejecuci—n de la obra y la retirada de las l‡pidas. Por este motivo, y por cuanto antecede, para poder realizar correctamente toda la obra, y debido a lo que supone la afecci—n de la retirada y recolocaci—n de las l‡pidas pertenecientes a los interesados, viendo imposible el traslado de este hecho de forma individual, se ve necesaria la exposici—n pœblica de esta actuaci—n. Conforme a lo establecido por los art’culos 44 y 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas, ante el desconocimiento de los interesados, se acuerda fijar un per’odo de informaci—n pœblica de veinte d’as a partir de su publicaci—n, a fin de que quienes resultaran interesados puedan solicitar toda la informaci—n referida a la retirada y recolocaci—n de l‡pidas que les afecta, en Servicios Pœblicos del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros (Zaragoza), o a travŽs de la direcci—n electr—nica info@aytoejea.es. Finalizado el plazo de exposici—n pœblica, si no hubiera alegaciones, se proceder‡ con la total ejecuci—n de la obra segœn lo previsto en la memoria valorada. Ejea de los Caballeros, a 25 de abril de 2024. Ñ La alcaldesa, Teresa Ladrero Parral. SECCIîN SEXTA Nœm. 3037 AYUNTAMIENTO DE EL BURGO DE EBRO Por acuerdo de Pleno de fecha 20 de marzo de 2024 se aprob— inicialmente el convenio urban’stico de gesti—n de la modificaci—n puntual del Plan general en el ‡mbito Virgen de la Columna, en cumplimiento de las prescripciones impuestas por el Consejo Provincial de Urbanismo (apartado sexto-C, de su acuerdo de fecha 26 de mayo de 2023) y continuar con la tramitaci—n de la modificaci—n puntual nœm. 13 del Plan General de Ordenaci—n Urbana de El Burgo de Ebro y que recoge las cuestiones relativas a la gesti—n del planeamiento, tales como las cesiones de viales, zonas verdes y suelos destinados a equipamientos, y la cesi—n del 10% del aprovechamiento municipal. En cumplimiento del art’culo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas, se somete a informaci—n pœblica por plazo de un mes, computado de fecha a fecha, a partir de la inserci—n del presente anuncio en el BOPZ, a fin de que quienes se estimen interesados puedan presentar cuantas sugerencias, alegaciones o reclamaciones tengan por convenientes. Adem‡s, dicho convenio estar‡ a disposici—n de los interesados en la sede electr—nica de este Ayuntamiento: https://burgodeebro.cumpletransparencia.es/burgodeebro/Ordenacion/planes-de-ordenacion-urbana-y-conveniosurbanisticos-del-ayu El presente anuncio servir‡ de notificaci—n a los interesados, en caso de que no pueda efectuarse la notificaci—n personal del otorgamiento del tr‡mite de audiencia. El Burgo de Ebro, a 25 de abril de 2024. Ñ El alcalde, Vicente Miguel Royo Mart’nez. SECCIîN SEXTA Nœm. 3045 AYUNTAMIENTO DE EL BURGO DE EBRO La Junta de Gobierno Local, en sesi—n celebrada con fecha 11 de abril de 2024, ha aprobado los padrones fiscales y las listas cobratorias referidas a las tasas sobre recogida domiciliaria de basuras, badenes y sobre mantenimiento de la TV por cable, del a–o 2024. Quedan expuestos al pœblico en la Secretar’a municipal por plazo de quince d’as h‡biles a partir del siguiente a su publicaci—n en el BOPZ, a efectos de presentaci—n de reclamaciones. Contra la aprobaci—n de los padrones y sus liquidaciones se podr‡ formular recurso de reposici—n ante la Alcald’a en el plazo de un mes, a contar desde la finalizaci—n de la exposici—n pœblica. Trascurridos los quince d’as de exposici—n pœblica, se iniciar‡ la cobranza en periodo voluntario el d’a 15 de mayo de 2024, que tendr‡ una duraci—n de dos meses. Vencido el per’odo de pago voluntario sin que este se haya realizado, las deudas ser‡n exigidas por el procedimiento de apremio, devengando el recargo de apremio y los intereses de demora. Lo que se hace pœblico para general conocimiento. El Burgo de Ebro, a 25 de abril de 2024. Ñ El alcalde-presidente, Vicente Miguel Royo Mart’nez. SECCIîN SEXTA Nœm. 3031 AYUNTAMIENTO DE ESCATRîN Por resoluciones de esta Alcald’a nœmeros 170 y 171, de fecha 25 de abril de 2024, han sido aprobados provisionalmente los padrones correspondientes al impuesto sobre veh’culos de tracci—n mec‡nica y tasa por reserva de espacios y entrada a travŽs de las aceras (vados), ejercicio 2024. Estos padrones se someten a informaci—n pœblica durante veinte d’as a partir de esta publicaci—n. En caso de que no se presenten reclamaciones, el acuerdo se entender‡ aprobado con car‡cter definitivo. El plazo de pago voluntario ser‡ de dos meses naturales a partir de su aprobaci—n definitiva. Transcurrido el periodo voluntario sin que se haya efectuado el pago, las deudas ser‡n exigidas por procedimiento de apremio y devengar‡n el recargo de apremio, intereses y, en su caso las costas que produzcan. Recursos Contra dicha resoluci—n cabe la interposici—n del recurso de reposici—n regulado en el art’culo 14 del texto refundido de la Ley de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, dentro del plazo de un mes contado desde el d’a siguiente al de la finalizaci—n del per’odo de exposici—n pœblica del padr—n-lista cobratoria de obligados al pago. Contra su resoluci—n, expresa o presunta, podr‡n los interesados interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde el d’a siguiente al de la notificaci—n de la resoluci—n del recurso de reposici—n, si fuese expresa, y, si no lo fuera, en el plazo de seis meses desde el d’a siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto. Escatr—n, a 26 de abril de 2024. Ñ El alcalde, Juan Abad Bascuas. SECCIîN SEXTA Nœm. 3012 AYUNTAMIENTO DE FIGUERUELAS El Pleno del Ayuntamiento de Figueruelas, en sesi—n extraordinaria celebrada el 19 de febrero de 2024, acord— delegar en la Diputaci—n Provincial de Zaragoza las facultades que esta entidad local tiene atribuidas en las materias que a continuaci—n se detallan, al amparo de lo establecido en el art’culo 106.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de RŽgimen Local, y el art’culo 7 del Real Decreto legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, con el alcance, contenido, condiciones y vigencia que se se–alan en el modelo de acuerdo para la delegaci—n de facultades en materia de gesti—n tributaria, recaudaci—n e inspecci—n, aprobado por la Diputaci—n de Zaragoza por acuerdo plenario de fecha 1 de junio de 2001, al que se incorporaron adendas por acuerdos plenarios de fecha 15 de enero de 2014, 10 de abril de 2019 y 14 de julio de 2021: ¥ Gesti—n, liquidaci—n, inspecci—n y recaudaci—n tributarias en voluntaria y ejecutiva, de los siguientes tributos y tasas: ÑImpuesto sobre actividades econ—micas (IAE). ÑImpuesto sobre bienes inmuebles (IBI). ÑImpuesto sobre veh’culos de tracci—n mec‡nica (IVMT). ÑTasa por suministro de agua potable. ÑTasa de alcantarillado. ÑTasa por recogida de residuos s—lidos urbanos. Todas las facultades administrativas precisas para ejercer las competencias delegadas. El otorgamiento de la delegaci—n ser‡ por tiempo indefinido, a reserva de la revocaci—n de la delegaci—n, que corresponder‡ al Pleno del Ayuntamiento de Figueruelas. El Pleno de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza, en sesi—n ordinaria celebrada el d’a 10 de abril de 2024, acept— la delegaci—n. Lo que se publica para general conocimiento, de acuerdo con lo previsto en el art’culo 7.2 del Real Decreto legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Figueruelas, a 26 de abril de 2024. Ñ El alcalde, Luis Bertol Moreno. SECCIîN SEXTA Nœm. 3027 AYUNTAMIENTO DE GALLUR Por decreto de Alcald’a nœmero 261, de 26 de abril de 2024, se ha aprobado y dispuesto la liquidaci—n del padr—n correspondiente al primer trimestre del ejer- cicio 2024 correspondiente a la tasa por la prestaci—n del servicio de agua potable a domicilio y del mantenimiento de contadores. Se hace pœblica la apertura del periodo voluntario de cobranza. Exposici—n pœblica Dicho padr—n correspondiente se encuentra a disposici—n del pœblico en la Tesorer’a del Ayuntamiento por tŽrmino de veinte d’as h‡biles a partir de la publicaci—n del presente anuncio en el BOPZ. Plazo de ingreso El plazo para el pago en voluntaria ser‡ de dos meses, contados a partir de la publicaci—n del presente anuncio en el BOPZ. Procedimiento de apremio Transcurrido el per’odo voluntario de cobranza sin que se haya hecho efectivo el pago, se incurrir‡ en los recargos establecidos en el art’culo 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y vencido el plazo de ingreso en v’a de apremio se exigir‡ un recargo del 20% del importe de la deuda no ingresada, m‡s los intereses de demora. RŽgimen de recursos Contra el presente acto se podr‡ interponer el recurso de reposici—n previo al contencioso-administrativo, que se regula en el art’culo 14.2 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en relaci—n con el art’culo 10.8 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de RŽgimen Local, en el plazo de un mes a contar a partir del d’a siguiente al de finalizaci—n de la exposici—n pœblica del padr—n o matr’cula. El recurso se presentar‡ ante el mismo —rgano que dict— el acto y contra la desestimaci—n expresa o presunta del recurso de reposici—n referido se podr‡ interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el d’a siguiente al de la notificaci—n de la resoluci—n desestimatoria, cuando esta sea formulada de forma expresa, o en el plazo de seis meses a contar desde el d’a siguiente a la fecha en que el referido recurso de reposici—n deba entenderse desestimado de forma presunta, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza, con arreglo a lo se–alado en los art’culos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicci—n Contencioso-Administrativa. No podr‡n simultanearse la interposici—n del recurso de reposici—n y la reclamaci—n econ—mico-administrativa. Gallur, a 26 de abril de 2024. Ñ La alcaldesa-presidenta, M.» Pilar Capdevila Manero. SECCIîN SEXTA Nœm. 3050 AYUNTAMIENTO DE GALLUR Mediante el presente anuncio se hace pœblico el contenido del acuerdo adoptado en la siguiente resoluci—n nœm. 620, de fecha 25 de abril de 2024, dictada por la Alcald’a de este Ayuntamiento, por la que se adjudica el puesto de trabajo que a continuaci—n se relaciona para la formalizaci—n de su respectivo contrato laboral fijo tras haber sido seleccionado su respectivo aspirante, de conformidad con lo dispuesto en las bases del proceso extraordinario de consolidaci—n de la oferta de empleo pœblico de 2021 para su adjudicaci—n por concurso (conforme a lo dispuesto en la disposici—n adicional 6.» de la Ley 20/2021, de Medidas Urgentes para la Reducci—n de la Temporalidad en el Empleo Pœblico), aprobadas por la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento en la sesi—n celebrada el 12 de enero de 2023: ÑResoluci—n precitada, por la que se acuerda la adjudicaci—n de la plaza y formalizaci—n del contrato laboral fijo para el puesto de conserje de colegio, en rŽgimen laboral fijo, a jornada completa, teniendo el puesto asignado a don Dimas Manuel Lac‡mara Logro–o, con DNI ***5038*-B, de conformidad con lo dispuesto en el apartado primero de las bases. Gallur, a 29 de abril de 2024. Ñ La alcaldesa, Pilar Capdevila Manero. SECCIîN SEXTA Nœm. 3002 AYUNTAMIENTO DE IBDES Don Ram—n Duce Maestro, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Ibdes (Zaragoza), hace saber: Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir a la persona para ser nombrada juez de paz sustituto de este municipio, de conformidad a lo que disponen los art’culos 101 y 102 de la Ley Org‡nica del Poder Judicial y art’culos 1 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz. En la secretar’a de este Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la informaci—n que se precise en cuanto a requisitos, duraci—n del cargo, etc. En caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporaci—n elegir‡ libremente, comunicando el acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido. El plazo para todas aquellas personas que estŽn interesadas y reœnan las condiciones legales para ejercer el cargo de juez de paz titular ser‡ de quince d’as h‡biles desde su publicaci—n en el BOPZ. Ibdes, a 25 de abril de 2024. Ñ El alcalde, Ram—n Duce Maestro. SECCIîN SEXTA Nœm. 3007 AYUNTAMIENTO DE LA ALMUNIA DE DO„A GODINA ANUNCIO relativo a la aprobaci—n del padr—n fiscal de precio pœblico por la prestaci—n del servicio de ayuda a domicilio del mes de marzo de 2024. Por decreto nœm. 2024/0748, de fecha 25 de abril de 2024, se ha aprobado el padr—n tributario correspondiente al precio pœblico por la prestaci—n del servicio de ayuda a domicilio del mes de marzo de 2024. Exposici—n pœblica Dicho padr—n se expone al pœblico por un plazo de veinte d’as, contados a partir del siguiente al de inserci—n de este anuncio en el BOPZ, durante el cual estar‡ a disposici—n de los interesados en las oficinas generales del Ayuntamiento. Plazo de ingreso El plazo de ingreso, en per’odo voluntario, comprender‡ desde el d’a 6 de mayo de 2024 hasta el d’a 6 de julio de 2024, pudiendo efectuarse el pago por domiciliaci—n bancaria, transferencia bancaria o bien en las oficinas generales del Ayuntamiento. Transcurrido el per’odo voluntario sin que se haya efectuado el pago, se iniciar‡ el per’odo ejecutivo, que determina el devengo de los recargos e intereses de demora sobre el importe de la deuda no ingresada, en los siguientes tŽrminos: En caso de que la deuda se satisfaga con anterioridad a la notificaci—n de la providencia de apremio, el recargo exigible ser‡ del 5%, y no habr‡n de satisfacerse intereses de demora. El recargo exigible ser‡ del 10% en caso de que, notificada la providencia de apremio, el importe de deuda no ingresada y recargo se satisfaga dentro de los plazos marcados por el art’culo 62.5 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y tampoco habr‡n de satisfacerse en este caso intereses de demora. En œltimo tŽrmino, agotadas las dos posibilidades anteriores, proceder‡ un recargo del 20%, con exigencia asimismo de los intereses de demora correspondientes. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los art’culos 26, 28 y 161 de la citada Ley 58/2003. RŽgimen de recursos Contra el acto administrativo de aprobaci—n de los padrones y liquidaciones tributarias en los mismos incorporadas podr‡ formularse recurso de reposici—n ante la Alcald’a en el plazo de un mes, a contar desde el d’a siguiente al de finalizaci—n del per’odo de exposici—n pœblica, el cual deber‡ entenderse desestimado transcurrido el plazo de un mes desde su interposici—n sin que se haya notificado su resoluci—n expresa. En tal caso, podr‡ interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza en el plazo de seis meses, a contar desde el d’a siguiente a aquel en que el recurso de reposici—n haya de entenderse desestimado de forma presunta. La Almunia de Do–a Godina, a 25 de abril de 2024. Ñ El alcalde, çngel NoŽ Latorre Casao. SECCIîN SEXTA Nœm. 3010 AYUNTAMIENTO DE LONGARES Por resoluci—n de Alcald’a de este Ayuntamiento de Longares nœm. 2024042638, de fecha 26 de abril de 2024, se ha dictado decreto de delegaci—n de competencias para la autorizaci—n y celebraci—n de matrimonio civil, relativo al procedimiento 9903/2023, el cual se transcribe a tenor literal de la resoluci—n. ÇRecibido en las dependencias municipales de este Ayuntamiento, a travŽs del Registro Civil de Zaragoza, expediente de matrimonio civil nœmero 9903/2023, tramitado en el Registro Civil de Zaragoza, para la celebraci—n del matrimonio entre don Rafael S‡nchez Scapini y do–a Laura Losilla Soler. Visto se considera conveniente y adecuado, por haberlo solicitado as’ los contrayentes, delegar en do–a Raquel Losilla Sanz, concejala de este Ayuntamiento, la autorizaci—n del acto de celebraci—n del matrimonio civil entre don Rafael S‡nchez Scapini y do–a Laura Losilla Soler el d’a 29 de junio de 2024. Examinada la documentaci—n que la acompa–a, visto el informe de Secretar’a y de conformidad con lo establecido en el apartado cuarto de la Instrucci—n de 26 de enero de 1995, de la Direcci—n General de los Registros y del Notariado, sobre directrices sobre la autorizaci—n del matrimonio civil por los alcaldes, Resuelvo: Primero. Ñ Delegar en favor de do–a Raquel Losilla Sanz, concejala de este Ayuntamiento, el ejercicio de la competencia correspondiente a la autorizaci—n del acto de celebraci—n del matrimonio civil entre los contrayentes don Rafael S‡nchez Scapini y do–a Laura Losilla Soler el d’a 29 de junio de 2024. Segundo. Ñ La delegaci—n deber‡ estar documentada previamente, bastando con que en el acta de autorizaci—n del matrimonio se haga constar que el concejal ha actuado por delegaci—n de el alcalde. Tercero. Ñ La delegaci—n conferida en la presente resoluci—n requerir‡ para su eficacia la aceptaci—n del —rgano delegado, entendiŽndose esta otorgada t‡citamente si no se formula ante el alcalde expresa manifestaci—n de no aceptaci—n de la delegaci—n en el tŽrmino de tres d’as h‡biles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resoluci—nÈ. Longares, a 26 de abril de 2024. Ñ El alcalde, Miguel Jaime Ang—s. SECCIîN SEXTA Nœm. 3011 AYUNTAMIENTO DE MARêA DE HUERVA El Pleno del Ayuntamiento de Mar’a de Huerva, en sesi—n extraordinaria celebrada el d’a 25 de abril de 2024, aprob— inicialmente la modificaci—n del Reglamento regulador de la ocupaci—n de espacios pœblicos con mesas, sillas, veladores y otros elementos de mobiliario urbano anejos a establecimientos de hosteler’a y restauraci—n. Y en cumplimiento de lo dispuesto en los art’culos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de RŽgimen Local; 56 del texto refundido de RŽgimen Local; 140 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administraci—n Local de Arag—n, y 130.2 del Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Arag—n, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Arag—n, se somete el expediente a informaci—n pœblica por el plazo de treinta d’as, a contar desde d’a siguiente a la inserci—n de este anuncio en el BOPZ para que pueda ser examinada y presentarse las reclamaciones que se estimen oportunas. En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entender‡ definitivamente aprobado el acuerdo de aprobaci—n del mencionado Reglamento. Lo que se hace pœblico para general conocimiento, en cumplimiento de lo preceptuado en el art’culo 140 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administraci—n Local de Arag—n. Mar’a de Huerva, a 25 de abril de 2024. Ñ El alcalde, Joaqu’n Calleja Romero. SECCIîN SEXTA Nœm. 3065 AYUNTAMIENTO DE MEZALOCHA ANUNCIO relativo al texto de aprobaci—n definitiva de la Ordenanza reguladora de la tenencia, registro y licencia municipal de animales potencialmente peligrosos. Al no haberse presentado durante el tiempo de exposici—n al pœblico en el BOPZ nœm. 57, de 11 de marzo de 2024, queda autom‡ticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 28 de febrero de 2024, inicialmente aprobado de la Ordenanza arriba referida, cuyo texto ’ntegro se hace pœblico para general conocimiento y en cumplimiento del articulo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del RŽgimen Local y en el art’culo 141 de la Ley 7/1999, de 9 de abril,de Administraci—n Local de Arag—n. La presente Ordenanza entrar‡ en vigor una vez se haya publicado ’ntegramente en el BOPZ y hayan transcurrido quince d’as previsto en el art’culo 65. 2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del RŽgimen Local, plazo en el que la Administraci—n del Estado y de la Comunidad Aut—noma podr‡n ejercer sus facultades de requerimiento. Ordenanza reguladora de la tenencia, registro y licencia municipal de animales potencialmente peligrosos Art’culo 1. Naturaleza y fines. El registro-censo de perros peligrosos del Ayuntamiento es el registro administrativo en el que se inscriben los animales que han sido considerados potencialmente peligrosos por la autoridad municipal, conforme a lo previsto en la Ley 50/1999, de 22 de diciembre, sobre el RŽgimen Jur’dico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos y su reglamento de desarrollo, Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo. Art’culo 2. Funcionamiento del Registro. El registro municipal/censo de animales potencialmente peligrosos funcionar‡ como un sistema de archivo. Se establece como de obligada inscripci—n los datos referidos a la identificaci—n del animal, del sistema de identificaci—n, del veterinario identificador y del propietario o titular del animal. Las hojas de inscripci—n podr‡n tener soporte en papel, siendo independientes cada una de ellas en relaci—n con cada animal inscrito. El personal de la llevanza del registro designado por el Ayuntamiento de Mezalocha ser‡ el encargado de la correcta gesti—n de este, en cuanto a la inscripci—n de los datos correspondientes, fiel reflejo de las inscripciones con el estado actual del animal, siempre que se facilite por el titular del mismo la debida informaci—n por escrito del propietario/tenedor. Dicha informaci—n deber‡ realizarse por Registro electr—nico del Ayuntamiento. Art’culo 3. çmbito de aplicaci—n y animales potencialmente peligrosos. Licencia municipal. La Ordenanza ser‡ de aplicaci—n en todo el tŽrmino municipal de Mezalocha, deber‡ ser cumplimentada por toda persona f’sica y jur’dica y afectar‡ a todo el que este empadronado en este municipio Ser‡n considerados animales peligrosos a los efectos previstos en el art’culo 2.2 de la Ley 52/1999, de 23 de diciembre, y su normativa de desarrollo, y tendr‡n la consideraci—n de perros potencialmente peligrosos, en todo caso, aunque no se encuentren incluidos en el apartado anterior, aquellos animales de la especie canina que manifiesten un car‡cter marcadamente agresivo o que hayan protagonizado agresiones a personas o a otros animales, as’ como a todos que resulten de actualizaciones normativas. En los supuestos contemplados en el p‡rrafo anterior, la potencial peligrosidad habr‡ de ser aprobada por la autoridad competente atendiendo a criterios objetivos, o bien de oficio o bien tras haber sido objeto de notificaci—n o una denuncia previo informe de un veterinario, oficial o colegiado designado o habilitado por la autoridad competente auton—mica o municipal. 1. Licencia municipal. Toda persona que quiera ser propietario de un animal y en concreto de perros potencialmente peligrosos a tenor de la Ley 50/1999 como un perro con todas o con la mayor’a de las caracter’sticas enumeradas en la presente Ordenanza o Ley vigente deber‡n solicitar previamente licencia. El —rgano competente para otorgar de licencia es el alcalde/sa-presidente/ta en cumplimiento del art’culo 21.1 q) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de RŽgimen Local; no obstante, dicha competencia puede delegarse expresamente a un concejal de la corporaci—n. 2. Requisitos solicitud de licencia. Para obtener la licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos se necesita acreditar los siguientes requisitos: ÑSer mayor de edad. ÑNo haber sido condenado por delitos de homicidio, lesiones, torturas, contra la libertad sexual y salud pœblica, asociaci—n con banda armada o de narcotr‡ficos, as’ como estar privado por resoluci—n judicial del derecho de tenencia de animales potencialmente peligrosos. Deber‡ presentar certificado de antecedentes penales. ÑCertificado de aptitud f’sica y psicol—gica en vigor, debiendo cada a–o proceder a su renovaci—n y aportar dicho nuevo certificado al Ayuntamiento. De no realizarlo la licencia perder‡ su validez. ÑAcreditaci—n y fotocopia de la transferencia del pago de un seguro de responsabilidad civil por da–os a terceros que puedan se causados por sus animales por una cuant’a de 120.000 euros, debiendo cada a–o proceder a su renovaci—n y aportar dicho seguro vigente al Ayuntamiento. De no realizarlo la licencia perder‡ su validez. En el seguro de responsabilidad civil de da–os a terceros que incluir‡ el pago de multas por las sanciones que en su caso pudiera incurrir el propietario, que se se–alaran expresamente, deber‡ indicar el nombre de perro, el nœmero de microchip el tomador del seguro que debe ser el propietario del perro potencialmente peligro a quien se le expide la Licencia para la tenencia de perros potencialmente peligrosos. ÑNo hacer sido sancionado por infracciones graves o muy graves con alguna de las sanciones accesorias de las recogidas en el art’culo 13.3 de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre. ÑSera requisito presentar solicitud debidamente cumplimentada, que figura como anexo 1 a esta Ordenanza. La licencia tendr‡ un periodo de validez de cinco a–os tras el cual deber‡ ser renovada por periodos sucesivos de igual duraci—n y con el mismo procedimiento. La licencia perder‡ su vigencia en el momento en el que el titular deje de cumplir con los requisitos necesarios para la que le sea concedida. Cualquier variaci—n en los datos deber‡ comunicarse al se–or/a alcalde/sa o concejal/la delegado/a, por escrito y registro general electr—nico en un plazo de quince d’as. Todos los requisitos del presente punto deber‡n ser cumplidos y renovada la validez de la documentaci—n cada a–o, sin que sea necesaria el requerimiento por parte de la Administraci—n Local, ya que se entiende como una obligaci—n que acepta el tenedor de la licencia. 3. Obligaciones de tenedores/ propietarios de animales potencialmente peligrosos. La presencia de animales potencialmente peligrosos en lugares o espacios pœblicos exigir‡ que la persona que los conduzca lleve consigo la licencia administrativa y la certificaci—n acreditativa de la inscripci—n del animal en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos. Los perros potencialmente peligrosos deber‡n llevar obligatoriamente bozal apropiado para su tipolog’a racial en lugares y espacios pœblicos. Deber‡n ser conducidos y controlados con cadena o correa no extensible de menos de dos metros sin que pueda llevarse m‡s de un de estos perros por persona y, en ningœn caso, conducidos por menores. Si el animal se encuentra en un finca, casa de campo, chalŽs, parcela, terraza, patio, corral o cualquier otro lugar determinado deber‡n estar atados a no ser que disponga de habit‡culo suficiente de altura y adecuado cerramiento para proteger a las personas o animales que accedan o se acerquen a estos lugares. La sustracci—n, pŽrdida, o robo deber‡ se comunicada por su titular al del Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos, presentado la copia correspondiente denuncia a la Guardia Civil o al SEMPRONA, en un plazo de cuarenta y ocho horas desde que se tenga conocimiento de los hechos. El propietario o tenedores deber‡n presentar anualmente el certificado de sanidad animal expedido por autoridad competente que acredite la inexistencia de enfermedades o trastornos que lo hagan especialmente peligrosos. Art’culo 4. Contenido. El Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos contendr‡ los siguientes datos: A) Datos personales del tenedor: ÑNombre y apellidos o raz—n social (fotograf’a). ÑNIF. ÑDomicilio. ÑT’tulo o actividad por la que est‡ en posesi—n del animal (propietario, criador, tenedor, importador, etc.). B) Datos del animal: a) Datos identificativos: ÑTipo de animal y raza. ÑNombre. ÑFecha de nacimiento. ÑSexo. ÑColor. ÑSignos particulares (manchas, marcas cicatrices, etc.). ÑC—digo de identificaci—n y zona de aplicaci—n. En el caso de los perros potencialmente peligrosos, tendr‡n la obligaci—n de identificar al animal mediante microchip y estar inscritos en el RIACA. b) Lugar habitual de residencia del animal. c) Destino del animal (compa–’a, guarda o vigilancia, protecci—n, defensa, manejo de ganado, caza, etc.). C) Incidencias, que debe comunicar obligatoriamente por escrito dirigido al Ayuntamiento, el propietario del perro potencialmente peligroso: a) Cualquier incidente producido por el animal a lo largo de su vida, ya sea declarados por el solicitante de la inscripci—n o conocido por el Ayuntamiento a travŽs de autoridades administrativas o judiciales, o por denuncia de particulares. Comunicaciones recibidas sobre la venta, traspaso, donaci—n, robo, muerte o pŽrdida del animal, indicando, en su caso, el nombre del nuevo tenedor. b) Comunicaciones recibidas sobre el traslado del animal a otra comunidad aut—noma sea con car‡cter permanente o por per’odo superior a tres meses. c) Certificado de sanidad animal expedido por la autoridad competente, que acredite, con periodicidad anual, la situaci—n sanitaria del animal y la inexistencia de enfermedades o trastornos que lo hagan especialmente peligroso, con indicaci—n de la autoridad que lo expide. d) Tipo de adiestramiento recibido por el animal e identificaci—n del adiestrador. e) La esterilizaci—n del animal, con indicaci—n de s’ es voluntaria, a petici—n del titular o tenedor del animal u obligatoria, con indicaci—n de la autoridad administrativa o judicial que dict— el mandato o resoluci—n, as’ como el nombren del veterinario que la practic—. f) Muerte del animal, ya sea natural o por sacrificio certificado por veterinario o autoridad competente, con indicaci—n, en ambos casos, de las causas que la provocaron. Con la muerte del animal se proceder‡ a cerrar su ficha del Registro. Todas las altas, bajas o incidencias que se inscriban en el Registro Municipal, ser‡n comunicadas al departamento o registro correspondiente a la Comunidad Aut—noma de Arag—n. D) Listado de razas de perro potencialmente peligrosas o que est‡n cruzados cuyos due–os deben obtener la correspondiente licencia municipal y posterior inscripci—n en el registro, y tendr‡n la obligaci—n de identificar al animal mediante micrchip que deber‡ implantarse al animal: ¥ Tosa inu ¥ Akita inu ¥ Rottweiler ¥ Fila brasileiro ¥ Dogo argentino ¥ American pitbull terrier ¥ Staffordshire pitbull terrier ¥ American staffordshire terrier ¥ Los cruces de estas razas. Todas estas razas de perros son animales potencialmente peligrosos y los que cumplen con estas caracter’sticas: ¥ Cuello ancho y musculoso. ¥ Aspecto poderoso y configuraci—n atlŽtica. ¥ Estructura corporal robusta, ancha y profunda. ¥ Vigor, agilidad y resistencia propia de un cuerpo ancho, musculoso y corto. ¥ Altura entre 50 y 70 cent’metros con estructura robusta, ancha y profunda. ¥ Cuello ancho, grande y profundo con costillas arqueadas y lomo musculado y corto. ¥ Pecho macizo, ancho, grande y profundo con costillas arqueadas y lomo musculado y corto. ¥ Razas de perros potencialmente peligrosos con cabeza voluminosa, cuboide y robusta, cr‡neo ancho y grande, y mejillas musculosas y abombadas. ¥ Pelo corto y mand’bulas grandes y fuertes. La cabeza es voluminosa, cuboide y robusta con un cr‡neo ancho y grande, y unas mejillas musculosas y abombadas. ¥ Per’metro del t—rax entre 60 y 80 cent’metros. Tienen el pecho macizo, cuello ancho, grande, musculoso y profundo; adem‡s de costillas arqueadas, fuerte musculatura y lomo ancho y corto. Art’culo 5. Inscripci—n en el Registro. Los titulares de las licencias de tenencia de animales potencialmente peligrosos, en especial los perros potencialmente peligrosos est‡n obligados a solicitar la inscripci—n en el Registro de Animales Potencialmente Peligrosos de este municipio, de los animales que se encuentren bajo su custodia, dentro de los quince d’as siguientes a la fecha en que se haya obtenido la correspondiente licencia. Art’culo 6. Documentos a presentar. Para la inscripci—n en el Registro Municipal no electr—nico deber‡n aportar obligatoriamente, en especial los perros potencialmente peligrosos, la siguiente documentaci—n: 1. Justificante de la Licencia de Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos y fotocopia del seguro de responsabilidad civil en vigor en los tŽrminos establecidos en el art’culo 3 de la presente ordenanza y los datos conforme al art’culo 4 de la presente Ordenanza. 2. Cartilla sanitaria actualizada del animal. 3. Certificado sanitario del perro expedido por un veterinario colegiado. RIACA 4. Nœmero de microchip. 4. El lugar habitual de residencia del animal. 5. El destino del animal a: ¥ A convivir con los seres humanos. ¥ Finalidad distinta: Art’culo 7. Tr‡mite de inscripci—n. 1. El propietario del animal deber‡ cumplimentar anexo 1 y anexo 2, acompa–ados de la documentaci—n mencionada en esta ordenanza. 2. Una vez recibida la solicitud de inscripci—n y verificada la documentaci—n aportada. 3. Se remitir‡ requerimiento de subsanaci—n de la documentaci—n en el plazo de diez d’as h‡biles, si fuera necesario. 4. Presentaci—n de la documentaci—n que pudiera faltar segœn el caso. 5. Inscripci—n definitiva del animal en el Registro. 6. Emisi—n del certificado de inscripci—n, donde se acredita el registro. 7. Puesto a disposici—n el certificado de inscripci—n al interesado. 8. Con la presentaci—n de la solicitud de inscripci—n acepta conocer las infracciones y sanciones establecidas como muy graves, graves y leves establecidas en la Ley 50/1999, en su art’culo 13. El seguro cubrir‡ los da–os que se puedan causar a terceros y las multas por incumplir la normativa. Ser‡n de aplicaci—n las sanciones establecidas en el art’culo 13.2 de la citada ley. Las infracciones leves estar‡n sancionadas con multas desde 150,2 hasta 300,51 euros; las infracciones graves desde 300,51 hasta 2.404,05 euros y las infracciones muy graves desde 2.404,05 hasta 15.025,30 euros. Las infracciones graves o muy graves podr‡n llevar aparejadas sanciones accesorias se–aladas en el articulado de la ley arriba citada. Art’culo 8. Modificaci—n de datos del Registro e infracciones. El propietario, poseedor de un animal inscrito deber‡ comunicar al Registro, todo cambio de datos registrales. El conocimiento por parte del Ayuntamiento por denuncia de la comisi—n de alguna infracci—n regulada por el art’culo 13 de la Ley 50/199 de 23 de abril, dentro de sus competencias dar‡ lugar a informar a las autoridades competentes. Art’culo 9. Traslado del animal. El traslado de un animal potencialmente peligroso de una comunidad aut—noma a otra sea con car‡cter permanente o por periodo superior a tres meses, obligar‡ a su propietario a efectuar las inscripciones oportunas en los correspondientes registros municipales. Adem‡s, el titular deber‡ comunicar, el traspaso, donaci—n, robo, muerte, o pŽrdida del animal al Registro del Ayuntamiento de Mezalocha. Art’culo 10. Seguridad de los datos. Los responsables y encargados del tratamiento de los datos de car‡cter personal, determinar‡n las medidas tŽcnicas y organizativas apropiadas que, conforme al Reglamento (UE) 2016/679, deben aplicar a fin de garantizar y acreditar el correcto tratamiento de los mismos, en los tŽrminos establecidos en el art’culo 28.1 de la Ley Org‡nica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protecci—n de Datos Personales y Garant’as de los Derechos Digitales. El Esquema Nacional de Seguridad incluir‡ las medidas que deban implantarse en caso de tratamiento de datos personales para evitar su pŽrdida, alteraci—n o acceso no autorizado, en los tŽrminos establecidos en la Disposici—n adicional primera de la Ley Org‡nica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protecci—n de Datos Personales y Garant’a de los Derechos Digitales. Con la solicitud de licencia el propietario o tenedor autoriza a la Administraci—n Local a utilizar los datos del perro potencialmente peligroso ante otras Administraciones en caso de perdida, robo e incidentes que pueda surgir, para proteger y salvaguardar desde el respeto la integridad f’sica de las personas. Disposici—n transitoria y final œnica El plazo del que dispone los actuales tenedores de animales potencialmente peligrosos es de tres meses, desde la entrada en vigor de la presente Ordenanza para solicitar la correspondiente licencia. La presente Ordenanza entrar‡ en vigor a los quince d’as de su publicaci—n ’ntegra en el BOPZ de conformidad con los art’culos 65.2 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del RŽgimen Local, permaneciendo en vigor hasta su modificaci—n o derogaci—n expresa. En lo no establecido en esta Ordenanza se entender‡ aplicable lo dispuesto en la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, para la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, su reglamento de desarrollo, por el Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por la Ley de Bienestar Animal, y, en su caso, normativa que la actualice o sustituya. ANEXO NòMERO 1 Declaraci—n responsable tenencia, alojamiento adecuado para perros potencialmente peligrosos y cumplimiento de la legalidad Don/do–a ......, mayor de edad, con documento nacional de identidad nœm. ......, y domicilio a efectos de notificaci—n en ...... de Mezalocha, CP ...... y telŽfono ...... Declaro bajo mi responsabilidad a fin de dar cumplimiento a los requisitos establecidos en el Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el RŽgimen Jur’dico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, que el perro con nœmero de microchip ...... se encuentra, con seguro de responsabilidad: Nœmero de poliza ...... de la aseguradora ...... (se aporta copia de la p—liza y de la transferencia/pago,alojado en la calle ...... El animal es de la siguiente raza ...... segœn la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, que regula en RŽgimen Jur’dico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, o el animal reœne las siguientes caracter’sticas ...... Declaro que estoy capacitado tanto f’sica como ps’quica y psicol—gicamente y como prueba de ello adjunto documento que incluye los certificados actualizados , con un m’nimo de un a–o de vigencia de capacidad disca y aptitud psicol—gica, expedido por un centro de reconocimiento debidamente autorizado. Adjunto informe de veterinario en el que se declara que el animal cumple contodas las obligaciones sanitarias por ley. Declaro no haber sido condenado por ninguno de los delitos que se enumeran en el apartado 3.1 b) de la Ley 50/1999 de 23 de diciembre sobre el RŽgimen Jur’dico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos. Acompa–o junto a la solicitud la licencia para la tenencia de Animales potencialmente peligrosos, los siguientes documentos: ÑDNI ÑAcreditaci—n del seguro de responsabilidad civil por da–os a terceros que puedan ser causados por sus animales con una cobertura no inferior a 120.000 euros y copia de la transferencia o pago del seguro, un seguro especifico por cada animal. ÑCertificados de antecedentes penales. ÑDeclaraci—n jurada por el interesado de no haber sido sancionado por ningunas infracciones reguladas en el art’culo 13 de la Ley 50/1999. ÑDeclaraci—n jurada de que cuenta con las condiciones necesarias para atender al animal, en condiciones de seguridad y de vida adecuadas, garantizando los cuidados adecuados y dignos tanto para el animal como para los vecinos y vecina; asimismo declaro que el alojamiento, de acuerdo con la legislaci—n aplicable en la materia, dispone de las condiciones adecuadas de salubridad y bienestar, as’ como de seguridad para la tenencia de un perro potencialmente peligroso, con el fin de evitar tanto la libre circulaci—n del animal como su salida a espacios pœblicos o privados de uso comœn sin el debido control y sujeci—n, garantizando la seguridad de las personas. Por todo lo expuesto, solicito, de conformidad con la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el RŽgimen Jur’dico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, y los art’culos 3 y siguientes del Real Decreto 287/2002 y Ley 11/2003, de 19 de marzo, de la CC.AA de Arag—n se conceda la correspondiente Licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos y declaro bajo mi responsabilidad que son ciertos los datos que se consignan. En Mezalocha, fecha y firma El solicitante, Sr./sra. alcaldesa del Ayuntamiento de Mezalocha. Protecci—n de Datos Personales. Informaci—n b‡sica sobre protecci—n de datos Responsable Ayuntamiento de Mezalocha Finalidad Gesti—n del Registro de Animales Peligrosos. Legitimaci—n Legitimaci—n por cumplimiento de una obligaci—n legal. Destinatarios No se ceder‡n a terceros, salvo obligaci—n legal relacionada con su solicitud o expediente. Derechos Tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir los datos, as’ como otros derechos, como se explica en la informaci—n adicional. Ubicaci—n Puede consultar la informaci—n adicional y detallada sobre protecci—n de datos en la p‡gina web de la entidad o mas adelante en este documento. Que he sido informado del tratamiento de datos. Normativa sobre protecci—n de datos personales registro de animales peligrosos informaci—n ampliada Responsable Identidad Ayuntamiento de Mezalocha, con CIF P5016800D y direcci—n postal en calle Mayor, 76, CP 50152, Mezalocha (Zaragoza) y correo electr—nico: mezaloch@dpz.es Datos de contacto del delegado en protecci—n de datos Garantic, S.C. / correo@garantic.es FINALIDADES Descripci—n ampliada de la finalidad/es del tratamiento: Tratamiento para la gesti—n del registro de animales peligrosos de la entidad. Su finalidad es tramitar, gestionar dicho registro, as’ como las finalidades relativas a la comunicaci—n, notificaci—n y cualquier otra actuaci—n que se derive de las relaciones jur’dico-administrativas a las partes interesadas. CONSERVACIîN Plazos o criterios de conservaci—n de los datos: Los datos personales proporcionados se conservar‡n en archivos activos de la Entidad, mientras su expediente o solicitud requiera de tramitaci—n. Una vez cerrado el expediente o solicitud, los datos aportados y generados en la tramitaci—n ser‡n archivados en el archivo hist—rico municipal, situaci—n en la que permanecer‡ mientras lo exija la normativa que rija por la materia del expediente. DECISIONES Decisiones automatizadas, perfiles y l—gica aplicada: No existen decisiones automatizadas, perfiles y l—gica aplicada para la finalidad o finalidades especificadas. LEGITIMACIîN Legitimaci—n por cumplimiento de una obligaci—n legal: Debido a que el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligaci—n legal, se hace constar que las normas, con rango de Ley, que confiere los poderes pœblicos son las siguientes: ¥ Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el RŽgimen Jur’dico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos ¥ Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas ¥ Ley 11/2003, de 19 de marzo, de Protecci—n Animal en la Comunidad Aut—noma de Arag—n. Debido a que la comunicaci—n de datos personales es un requisito legal o contractual, se informa a el interesado que est‡ obligado a facilitar los datos personales y que las consecuencias de no hacerlo pueden suponer la no prestaci—n del servicio pœblico. DESTINATARIOS Los datos que usted ha proporcionado tienen como œnico destinatario al mismo Ayuntamiento, por tanto, no se ceder‡n a terceros salvo obligaci—n legal relacionada con su solicitud o expediente. El Ayuntamiento tiene subcontratados algunos servicios tŽcnicos y aplicaciones inform‡ticas especializadas, externalizados en terceros. Ello supone que los datos necesarios, en algœn momento, puedan ser tratados o se transmitan a los sistemas de informaci—n, ubicados en servidores locales y/o remotos, de estos proveedores con los que tiene firmados los correspondientes contratos de encargados de tratamiento y cl‡usulas de confidencialidad. No est‡ prevista la transferencia internacional de sus datos personales. DERECHOS El interesado puede ejercer, si procede, los siguientes derechos: ¥ Derecho a solicitar el acceso a sus datos personales. ¥ Derecho a solicitar su rectificaci—n o supresi—n. ¥ Derecho a solicitar la limitaci—n de su tratamiento. ¥ Derecho a oponerse al tratamiento. ¥ Derecho a la portabilidad de los datos. ¥ Derecho a retirar el consentimiento prestado. Cualquier persona tiene derecho a obtener confirmaci—n sobre si en la Entidad, estamos tratando datos personales que les conciernan, o no. Las personas interesadas tienen derecho a acceder a sus datos personales, as’ como a solicitar la rectificaci—n de los datos inexactos o, en su caso, solicitar su supresi—n cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines que fueron recogidos. Para ejercer estos derechos, podr‡ emplear los formularios habilitados por la entidad, o bien dirigir un escrito a la direcci—n postal o correo electr—nico arriba indicado. En caso de que sienta vulnerados sus derechos en lo concerniente a la protecci—n de sus datos personales, especialmente cuando no haya obtenido satisfacci—n en el ejercicio de sus derechos, puede presentar una reclamaci—n ante la Autoridad de Control en materia de Protecci—n de Datos competente a travŽs de su sitio web: www.agpd.es. PROCEDENCIA DE LOS DATOS Los datos personales que tratamos en la entidad proceden de usted. Las categor’as de datos que se tratan son: ÑDatos de identificaci—n. ÑC—digos o claves de identificaci—n. ÑDirecciones postales o electr—nicas. ANEXO NòMERO 2 Para inscripci—n en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos Don/do–a. ....., mayor de edad, con documento nacional de identidad nœm. ......, declaro bajo mi responsabilidad la siguiente relaci—n de incidentes protagonizados por el perro/a de mi propiedad de nombre ...... y con nœm. de microchip ...... y con la Licencia Municipal: ¥ El perro de mi propiedad ha protagonizado los siguientes incidentes: 1. ........................................................................................................ 2. ÉÉÉÉÉÉÉÉÉÉÉÉÉÉÉÉÉÉÉÉÉÉÉÉÉÉÉÉÉÉ. 3. ........................................................................................................ ¥ El perro de mi propiedad no ha protagonizado incidentes. Junto al presente anexo presento toda la documentaci—n que establece la Ordenanza municipal para la inscripci—n en el registro de obligado cumplimiento, conforme a la legislaci—n vigente y la establecida en la propia ordenanza municipal y me comprometo a aportar la documentaci—n que se pueda establecer mediante la ley o reglamentos o modificaciones de ordenanza municipal en un futuro. Asimismo, el firmante se compromete a poner en conocimiento del Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos cuantos indicentes (agresiones, cambios de domicilio, cambios de propiedad, muerte o sacrificio certificados por veterinario o autoridad competente) pueda producirse en el futuro o durante la vida del animal para su inclusi—n en la hoja registral de cada animal, a fectos de cumplimiento de los establecido en el art’culo 6.4 de la Ley 50/1999, sobre el RŽgimen Jur’dico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos. En Mezalocha, fecha y firma El solicitante, Sr./sra. alcaldesa del Ayuntamiento de Mezalocha. Protecci—n de Datos Personales. Informaci—n b‡sica sobre protecci—n de datos Responsable Ayuntamiento de Mezalocha Finalidad Gesti—n del Registro de Animales Peligrosos. Legitimaci—n Legitimaci—n por cumplimiento de una obligaci—n legal. Destinatarios No se ceder‡n a terceros salvo obligaci—n legal relacionada con su solicitud o expediente. Derechos Tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir los datos, as’ como otros derechos, como se explica en la informaci—n adicional. Ubicaci—n Puede consultar la informaci—n adicional y detallada sobre protecci—n de datos en la p‡gina web de la entidad o mas adelante en este documento. Que he sido informado del tratamiento de datos. Normativa sobre protecci—n de datos personales registro de animales peligrosos informaci—n ampliada Responsable Identidad Ayuntamiento de Mezalocha, con CIF P5016800D y direcci—n postal en calle Mayor, 76, CP 50152, Mezalocha (Zaragoza) y correo electr—nico: mezaloch@dpz.es Datos de contacto del delegado en protecci—n de datos Garantic, S.C. / correo@garantic.es FINALIDADES Descripci—n ampliada de la finalidad/es del tratamiento: Tratamiento para la gesti—n del registro de animales peligrosos de la entidad. Su finalidad es tramitar, gestionar dicho registro, as’ como las finalidades relativas a la comunicaci—n, notificaci—n y cualquier otra actuaci—n que se derive de las relaciones jur’dico-administrativas a las partes interesadas. CONSERVACIîN Plazos o criterios de conservaci—n de los datos: Los datos personales proporcionados se conservar‡n en archivos activos de la Entidad, mientras su expediente o solicitud requiera de tramitaci—n. Una vez cerrado el expediente o solicitud, los datos aportados y generados en la tramitaci—n ser‡n archivados en el archivo hist—rico municipal, situaci—n en la que permanecer‡ mientras lo exija la normativa que rija por la materia del expediente. DECISIONES Decisiones automatizadas, perfiles y l—gica aplicada: No existen decisiones automatizadas, perfiles y l—gica aplicada para la finalidad o finalidades especificadas. LEGITIMACIîN Legitimaci—n por cumplimiento de una obligaci—n legal: Debido a que el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligaci—n legal, se hace constar que las normas, con rango de Ley, que confiere los poderes pœblicos son las siguientes: ¥ Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el RŽgimen Jur’dico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos ¥ Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas ¥ Ley 11/2003, de 19 de marzo, de Protecci—n Animal en la Comunidad Aut—noma de Arag—n. Debido a que la comunicaci—n de datos personales es un requisito legal o contractual, se informa a el interesado que est‡ obligado a facilitar los datos personales y que las consecuencias de no hacerlo pueden suponer la no prestaci—n del servicio pœblico. DESTINATARIOS Los datos que usted ha proporcionado tienen como œnico destinatario al mismo Ayuntamiento, por tanto, no se ceder‡n a terceros salvo obligaci—n legal relacionada con su solicitud o expediente. El Ayuntamiento tiene subcontratados algunos servicios tŽcnicos y aplicaciones inform‡ticas especializadas, externalizados en terceros. Ello supone que los datos necesarios, en algœn momento, puedan ser tratados o se transmitan a los sistemas de informaci—n, ubicados en servidores locales y/o remotos, de estos proveedores con los que tiene firmados los correspondientes contratos de encargados de tratamiento y cl‡usulas de confidencialidad. No est‡ prevista la transferencia internacional de sus datos personales. DERECHOS El interesado puede ejercer, si procede, los siguientes derechos: ¥ Derecho a solicitar el acceso a sus datos personales. ¥ Derecho a solicitar su rectificaci—n o supresi—n. ¥ Derecho a solicitar la limitaci—n de su tratamiento. ¥ Derecho a oponerse al tratamiento. ¥ Derecho a la portabilidad de los datos. ¥ Derecho a retirar el consentimiento prestado. Cualquier persona tiene derecho a obtener confirmaci—n sobre si en la Entidad, estamos tratando datos personales que les conciernan, o no. Las personas interesadas tienen derecho a acceder a sus datos personales, as’ como a solicitar la rectificaci—n de los datos inexactos o, en su caso, solicitar su supresi—n cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines que fueron recogidos. Para ejercer estos derechos, podr‡ emplear los formularios habilitados por la entidad, o bien dirigir un escrito a la direcci—n postal o correo electr—nico arriba indicado. En caso de que sienta vulnerados sus derechos en lo concerniente a la protecci—n de sus datos personales, especialmente cuando no haya obtenido satisfacci—n en el ejercicio de sus derechos, puede presentar una reclamaci—n ante la Autoridad de Control en materia de Protecci—n de Datos competente a travŽs de su sitio web: www.agpd.es. PROCEDENCIA DE LOS DATOS Los datos personales que tratamos en la entidad proceden de usted. Las categor’as de datos que se tratan son: ÑDatos de identificaci—n. ÑC—digos o claves de identificaci—n. ÑDirecciones postales o electr—nicas. Contra la presente resoluci—n, que pone fin a la v’a administrativa, puede interponerse alternativamente recurso de reposici—n potestativo ante el —rgano que ha dictado el acto notificado, a contar desde el d’a siguiente al de la recepci—n de la presente notificaci—n, en el plazo de un mes, de conformidad con los art’culos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas; o bien interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Tribunal Superior de Justicia de Arag—n, en el plazo de dos meses, a contar desde el d’a siguiente al de la publicaci—n del presente anuncio, de conformidad con el art’culo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicci—n Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposici—n potestativo no podr‡ interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimaci—n por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que pudiera estimarse m‡s conveniente a su derecho. Mezalocha, a 29 de abril de 2024. Ñ La alcaldesa, Yolanda Mart’nez Mu–oz. SECCIîN SEXTA Nœm. 3067 AYUNTAMIENTO DE MONTîN Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Mont—n, de fecha 29 de abril de 2024, por el que se aprueba definitivamente el expediente de cambio de denominaci—n de v’as pœblicas. Se ha aprobado definitivamente el expediente de cambio de denominaci—n de v’as pœblicas resultando las siguientes: Calle Camino Viejo Real, calle Camino Valdigen, calle Camino Calvario y calle Barranco San AndrŽs. Se publica el mismo para su general conocimiento. Contra el presente acuerdo, que pone fin a la v’a administrativa, puede interponerse alternativamente o recurso de reposici—n potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el d’a siguiente a la recepci—n de esta notificaci—n, ante Pleno de este Ayuntamiento, de conformidad con los art’culos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza, en el plazo de dos meses a contar desde el d’a siguiente a la recepci—n de la presente notificaci—n de conformidad con el art’culo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicci—n Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposici—n potestativo, no podr‡ interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimaci—n por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro recurso que se estime pertinente. Mont—n, a 29 de abril de 2024. Ñ El alcalde, JosŽ Angel Lecumberri S‡nchez. SECCIîN SEXTA Nœm. 3019 AYUNTAMIENTO DE NOVALLAS Esta Alcald’a ha aprobado con fecha 18 de abril de 2024 la resoluci—n de Alcald’a nœm. 2024-0039, que se publica de acuerdo con lo estipulado en la legislaci—n vigente: ÇResoluci—n nœm. 2024-0039, de la Alcald’a, de designaci—n de teniente de alcalde. Ñ En uso de las atribuciones que me confieren los art’culos 21.2 y 3 de la Ley 11/99, de 21 de abril de modificaci—n de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de RŽgimen Local, en la redacci—n dada por la Ley 11/1999, de 21 de abril; en el art’culo 32 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administraci—n Local de Arag—n, y los art’culos 43, 44, 45 46, 47 y 48 del Reglamento de Organizaci—n, Funcionamiento y RŽgimen Jur’dico de las Entidades Locales de 28 de noviembre de 1986, por el que se me atribuye la competencia para el nombramiento de los tenientes de alcalde, especificando el art’culo 32 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, que ÒEl alcalde designar‡ y cesar‡ libremente a los tenientes de alcalde de entre los miembros de la Comisi—n de Gobierno, y que especifican las atribuciones que el alcalde puede delegar, para cometidos espec’ficos, en favor de cualesquiera concejales. A la vista de la renuncia a su cargo de concejala de do–a Silvia PŽrez Tris, Resuelvo: Primero. Ñ Designar como primera teniente de alcalde a do–a Susana Bayona Carnicer. Mantener como segundo teniente de alcalde a don Francisco Javier Baquedano Bruna. Segundo. Ñ La sustituci—n en las funciones de la Alcald’a, conforme a la Ley, se realizar‡ por el orden expresado en el nœmero primero. Tercero. Ñ Notificar personalmente la presente resoluci—n a los designados, que se considerar‡ aceptada t‡citamente, salvo manifestaci—n expresa; y remitir la resoluci—n de la delegaci—n al BOPZ para su publicaci—n en el mismo, igualmente publicar la resoluci—n en el tabl—n de anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el d’a siguiente de la firma de la resoluci—n por el alcaldeÈ. Lo que se publica para general conocimiento. Novallas, a 26 de abril de 2024. Ñ El alcalde, Pedro Luis Lapuente Aranda. SECCIîN SEXTA Nœm. 3021 AYUNTAMIENTO DE NOVALLAS El Pleno de este Ayuntamiento ha aprobado con fecha 24 de abril de 2024 el acuerdo, que se publica de acuerdo con lo estipulado en la legislaci—n vigente: ÇVisto el expediente incoado al efecto nœmero 14/2024 de modificaci—n del PGOU de Novallas nœmero 2 SUZDR1. Visto el informe de 24 de abril de 2024, emitido por don JosŽ Baigorri Garc’a, arquitecto municipal, y, a su vez, el informe de Secretar’a de 18 de abril de 2024, sobre la aprobaci—n de desarrollo urban’stico sector PP SUZD-R1, la propuesta de Alcald’a, el Pleno acuerda por unanimidad: Primero. Ñ Aprobar inicialmente la modificaci—n aislada del Plan General de Ordenaci—n Urbana de Novallas nœmero 2 SUZDR1, que consiste en la subdivisi—n sector, y condicionada a los dispuesto en el informe ambiental estratŽgico que emita el —rgano ambiental, si as’ procediere, y en los tŽrminos que obre en el expediente. Segundo. Ñ Declarar, en virtud de lo establecido en el art’culo 77 del texto refundido de la Ley de Urbanismo de Arag—n, aprobado por Decreto legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Arag—n, la suspensi—n del otorgamiento de licencias de parcelaci—n, edificaci—n y demolici—n en aquellas ‡reas cuyas nuevas determinaciones supongan una modificaci—n del rŽgimen urban’stico vigente. Dichas ‡reas afectadas por la suspensi—n son las siguientes: toda el ‡rea afectada. Esta suspensi—n se publicar‡ conjuntamente con la aprobaci—n inicial. La duraci—n de la suspensi—n es como m‡ximo de dos a–os; en todo caso, se extinguir‡ con la aprobaci—n definitiva. Tercero. Ñ Solicitar informe a los organismos afectados por raz—n de sus competencias sectoriales, remitiŽndoles para ello el expediente completo de la modificaci—n aislada. Cuarto. Ñ Someter la documentaci—n objeto de aprobaci—n inicial a informaci—n pœblica durante el plazo de un mes, mediante inserci—n de anuncio en la secci—n provincial del Bolet’n Oficial de Arag—n y en el Heraldo de Arag—n o peri—dico que se estimeÈ. Lo que se publica para conocimiento general. Novallas, a 26 de abril de 2024. Ñ El alcalde, Pedro Luis Lapuente Aranda. SECCIîN SEXTA Nœm. 3064 AYUNTAMIENTO DE PARACUELLOS DE JILOCA Transcurrido sin alegaciones el periodo de informaci—n pœblica de la modificaci—n de la Ordenanza fiscal de los servicios de agua y alcantarillado, se transcribe el texto ’ntegro de la modificaci—n.- Paracuellos de Jiloca, a 29 de abril de 2024. Ñ El alcalde, JosŽ Ignacio G‡llego Dur‡n. Ordenanza fiscal servicios agua y alcantarillado Tarifas de abastecimiento de agua potable Cuotas de servicio Nueva tarifa Uds. General Cuota fija de servicio 9,6898 euros/trimestre Comercial, hostelero con consumo anual superior a 4.000 m3 Cuota fija de servicio 9,6898 euros/trimestre Cuotas de consumo Nueva tarifa Uds. General De 0 a 25 m3/trimestre 0,3832 euros/m3 De 26 a 50 m3/trimestre 0,8070 euros/m3 M‡s de 50 m3/trimestre 0,9268 euros/m3 Comercial, hostelero y educativo De 0 a 25 m3/trimestre 0,3832 euros/m3 De 26 a 100 m3/trimestre 0,8070 euros/m3 M‡s de 100 m3/trimestre 0,4779 euros/m3 Mantenimiento de contador Nueva tarifa Uds. Cuota fija mantenimiento de contador 1,8752 euros/trimestre Tarifa de alcantarillado Cuotas de servicio Nueva tarifa Uds. General Cuota fija de servicio 4,6881 euros/trimestre Comercial, hostelero con consumo anual superior a 4.000 m3 Cuota fija de servicio 4,6881 euros/trimestre Cuotas de Consumo Nueva Tarifa Uds. General De 0 a 25 m3/trimestre 0,1916 euros/m3 De 26 a 50 m3/trimestre 0,4611 euros/m3 M‡s de 50 m3/trimestre 0,4635 euros/m3 Comercial, hostelero y educativo De 0 a 25 m3/trimestre 0,1916 euros/m3 De 26 a 100 m3/trimestre 0,4611 euros/m3 M‡s de 100 m3/trimestre 0,4779 euros/m3 Depuraci—n Cuotas de servicio Nueva Tarifa Uds. Cuota fija de servicio 10,8255 euros/trimestre SECCIîN SEXTA Nœm. 3059 AYUNTAMIENTO DE PASTRIZ La Junta de Gobierno local de este Ayuntamiento, en sesi—n celebrada el d’a 26 de abril de 2024, acord— establecer las cuotas œnicas por asistencia en los siguientes servicios de conciliaci—n familiar para el a–o 2024: ÑServicio madrugador verano 2024. Cuota œnica: 45,00 euros. ÑServicio colonia verano 2024. Cuota œnica: 100,00 euros. Lo que se hace pœblico para general conocimiento. Contra el presente acuerdo, que agota la v’a administrativa, bien podr‡ interponerse recurso contencioso-administrativo, en la forma y plazos establecidos por la Ley 29/1998, de la Jurisdicci—n Contencioso- Administrativa, pudiŽndose, no obstante, interponer con car‡cter previo y potestativo, recurso de reposici—n en el plazo de un mes desde la citada publicaci—n ante el mismo —rgano que dicta el presente acto en la forma y plazos establecidos en el art’culo 14.2 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, as’ como cualquier otro que se estime oportuno. Pastriz, a 29 de abri de 2024. Ñ El alcalde, JosŽ Miguel Ezquerra Calvo. SECCIîN SEXTA Nœm. 3062 AYUNTAMIENTO DE PEDROLA Aprobado por el Pleno del Ayuntamiento en sesi—n ordinaria celebrada el d’aÊ27 de febrero de 2024, el acuerdo inicial de modificaci—n de la Ordenanza nœm.Ê10, licencia de apertura de establecimiento publicado anuncio en el BOPZ nœm. 55, de fecha 8 de marzo de 2024, se eleva a definitivo el acuerdo inicialmente adoptado al no haberse formulado alegaciones en el plazo h‡bil concedido, y segœn lo dispuesto en el art. 17.4 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se procede a la publicaci—n del texto ’ntegro de la Ordenanza nœm. 10. Ordenanza nœm. 10, de la tasa por el otorgamiento de la licencia de apertura de establecimientos o licencia de actividades I. Ñ Fundamento y naturaleza. Art’culo 1. En uso de las facultades concedidas por los art’culos 133.2 y 142 de la Constituci—n y por el art’culo 106 de la Ley 7/1.985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de RŽgimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto legislativoÊ2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales se establece la presente Ordenanza reguladora de la tasa por la prestaci—n de servicios necesarios para las siguientes licencias o, en su caso, declaraci—n responsable o comunicaci—n previa. ÑLicencia, declaraci—n responsable o comunicaci—n previa de apertura de establecimientos comerciales e industriales y de prestaci—n de servicios. ÑLicencia de actividades clasificadas o de protecci—n medioambiental. II. Ñ Hecho imponible. Art’culo 2. En virtud de lo establecido en la Ley General Tributaria, Real Decreto legislativoÊ2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, y la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Pœblicos, constituye el hecho imponible de la presente tasa la realizaci—n de una actividad tŽcnica y (o) administrativa en rŽgimen de derecho pœblico de competencia local que se refiera, afecte o beneficie de modo particular al sujeto pasivo, cuando haya sido motivada directa o indirectamente por el mismo en raz—n a que sus actuaciones u omisiones obliguen a la administraci—n municipal a realizar de oficio actividades o a prestar servicios por razones de seguridad, salubridad, de abastecimiento, de orden urban’stico o cualquiera otra, necesarias para las siguientes licencias: A. Licencias de apertura de establecimientos comerciales, industriales y de prestaci—n de servicios, en los que se realicen actividades no clasificadas y, en consecuencia, no precisen licencia de actividad clasificada y tender‡n a asegurar que los locales e instalaciones reœnen las debidas condiciones de tranquilidad, seguridad y salubridad, en particular la protecci—n contra incendios y la salud y seguridad laboral. B. Licencias de actividades clasificadas o de protecci—n ambiental, que se exigir‡n para las actividades molestas, insalubres, nocivas o peligrosas, de conformidad con lo dispuesto en la normativa reguladora de tales actividades o en la sectorial de protecci—n del medio ambiente. En todo caso, constituir‡n el hecho imponible los actos sujetos a control urban’stico, y en particular, los siguientes: a)ÊLa apertura de los establecimientos comerciales e industrialesÊy de prestaci—n de servicios. b)ÊLa modificaci—n o ampliaci—n f’sica de las condiciones del local, y/o de sus instalaciones. c)ÊLos cambios o adici—n de actividades o de titular. d)ÊLa utilizaci—n de locales como auxilio o complemento de la actividad principal ubicada en otro lugar. A los efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, tendr‡n la consideraci—n de actividades sujetas a control: a) La instalaci—n del establecimiento por vez primera para dar comienzo a sus actividades. b) Los traslados a otros locales. c) La variaci—n o ampliaci—n de la actividad desarrollada en el establecimiento, aunque continœe el mismo titular. d) La ampliaci—n del establecimiento y cualquier alteraci—n que se lleve a cabo en este y que afecte a las condiciones de tranquilidad, seguridad y salubridad, exigiendo nueva verificaci—n de las mismas. e)ÊLos traspasos o cambio de titular de los locales, cuando var’a la actividad que en ellos viniera desarroll‡ndose. f)ÊLos traspasos o cambio de titular de los locales sin variar la actividad que en ellos se viniera realizando, siempre que esta verificaci—n deba solicitarse o prestarse en virtud de norma obligatoria. Se entender‡ por establecimiento industrial o mercantil aquella edificaci—n habitable estŽ o no abierta al pœblico, que no se destine exclusivamente a vivienda, y que: a)ÊSe dedique al ejercicio de alguna actividad empresarial fabril, artesana, de la construcci—n, comercial y de servicios. b)ÊAun sin desarrollarse aquellas actividades, sirvan de auxilio o complemento para las mismas, o tengan relaci—n con ellas en forma que le proporcionen beneficios o aprovechamiento, como por ejemplo, sedes sociales, agencias, delegaciones o sucursales de entidades jur’dicas, escritorios, oficinas, despachos o estudios. III. Ñ Devengo. Art’culo 3. 1. La tasa se devengar‡ y la obligaci—n de contribuir nacer‡ en el momento en que se inicie la actividad municipal que constituye el hecho imponible. A estos efectos, se entender‡ iniciada dicha actividad en la fecha de presentaci—n de la oportuna solicitud de la licencia de apertura, si el sujeto formulase expresamente esta. 2. Cuando la apertura haya tenido lugar sin haber obtenido la oportuna licencia, la tasa se devengar‡ cuando se inicie efectivamente la actividad municipal conducente a determinar si el establecimiento reœne o no las condiciones exigibles, con independencia de la iniciaci—n del expediente administrativo que pueda instruirse para autorizar la apertura del establecimiento o decretar su cierre, si no fuera autorizable dicha apertura. 3. La obligaci—n de contribuir, una vez nacida, no se ver‡ afectada, en modo alguno, por la denegaci—n de la licencia o por la concesi—n de Žsta condicionada a la modificaci—n de las condiciones del establecimiento, ni por la renuncia o desistimiento del solicitante una vez concedida, la licencia. 4. La referida obligaci—n de contribuir se entiende por unidad de local, de actividad y de titular. IV. Ñ Sujeto pasivo. Responsables. Art’culo 4. Son sujetos pasivos las personas f’sicas o jur’dicas y las entidades a que se refiere la Ley General Tributaria que soliciten, provoquen o en cuyo interŽs redunde la tramitaci—n de la licencia, siendo titulares de las actividades realizadas en dichos establecimientos. Art’culo 5. 1. Responder‡n solidariamente de las obligaciones tributarias del sujeto pasivo, las personas f’sicas y jur’dicas a que se refiere la Ley General Tributaria. 2. Ser‡n responsables subsidiarios los administradores de las sociedades y los s’ndicos, interventores o liquidadores de quiebras, concursos, sociedades y entidades en general, en los supuestos y con el alcance que se–ala la Ley General Tributaria. V. Ñ Exenciones y bonificaciones. Art’culo 6. No podr‡n reconocerse m‡s exenciones o bonificaciones que las expresamente previstas en las normas con rango de ley o las derivadas de la aplicaci—n de los tratados internacionales. VI. Ñ Base imponible. Art’culo 7. Constituye la base imponible de la tasa, segœn se determina para cada caso en los art’culos siguientes, la superficie del establecimiento o cantidad fija establecida. VII. Ñ Cuota tributaria. Tarifas. Art’culo 8. La cuota tributaria se determinar‡, atendiendo a la aplicaci—n de porcentajes o cantidades fijas de la manera siguiente: General: Art’culo 9. Sin perjuicio de lo dispuesto espec’ficamente en los art’culos siguientes, los derechos a satisfacer por las correspondientes licencias, declaraci—n responsable o comunicaci—n previa ser‡n los que resulten de aplicar a la cuota inicial los coeficientes de calificaci—n y de situaci—n que se se–alan a continuaci—n: 1. La cuota inicial resultar‡ de multiplicar la base imponible por un tipo euros/metro cuadrado de acuerdo a la siguiente distribuci—n por tramos: ÑSuperficie del local hasta 250 metros cuadrados 0,75 euros ÑSuperficie del local de 251 a 1.500 metros cuadrados 0,53 euros ÑSuperficie del local de 1.501 a 6.000 metros cuadrados 0,32 euros ÑSuperficie del local de m‡s de 6.001 metros cuadrados 0,11 euros La superficie a considerar se acreditar‡, en el momento de la solicitud de la licencia, mediante plano a escala, elaborado por facultativo, o podr‡ tomarse provisionalmente la superficie consignada en el Impuesto sobre Actividades Econ—micas. 2.ÊA dicha cuota inicial se aplicar‡ un coeficiente de calificaci—n, que consistir‡ en multiplicar por 2 dicha cuota inicial para las licencias de actividades clasificadas o de protecci—n medioambiental. 3.ÊEn los casos en que la solicitud se realice para varias actividades para hallar la deuda tributaria se proceder‡ de la forma siguiente: ÑLa actividad principal se tarifar‡ de la manera anteriormente descrita, presumiŽndose como principal, a efectos de esta tasa, toda actividad calificada. ÑLas restantes actividades, ordenadas por la cuant’a de la cuota de tarifa del Impuesto sobre Actividades Econ—micas, incrementar‡n la cuota de la actividad principal sumando los productos resultantes de la aplicaci—n a cada actividad de la siguiente escala de ’ndices: ¥ Por la segunda actividad 0,5 ¥ Por la tercera actividad 0,3 ¥ Por la cuarta actividad y restantes 0,1 Para la definici—n de la actividad se est‡ a la normativa que regula el Impuesto sobre Actividades Econ—micas. 4. El resultado final de las anteriores operaciones, realizada de manera sucesiva y acumulando su producto, determinar‡ la deuda tributaria a ingresar, como tarifa general, y que tendr‡ el car‡cter de provisional en tanto no sean comprobados los elementos determinantes del tributo declarados por el solicitante. 5. Se establece una cuota m’nima, que deber‡ satisfacerse aun cuando el resultado sea inferior, fijada en 127,93 euros para las licencias de apertura y deÊ243,056Êeuros para las licencias de actividades clasificadas o de protecci—n ambiental. 6. Igualmente se establece una cuota m‡xima, que œnicamente podr‡ superarse cuando el coste de los informes o trabajos tŽcnicos debidamente acreditados as’ lo justifiquen, fijada en 7.608,90 euros. Especial: Art’culo 10. 1.ÊEn las licencias correspondientes a producci—n de energ’a elŽctrica, la cuota inicial se obtendr‡ en funci—n del nœmero total de Kilovatios instalados, a raz—n deÊ1,28 euros/kilovatio. 2.ÊEn las licencias correspondientes a explotaciones ganaderas, la cuota inicial se obtendr‡ en funci—n del nœmero total de cabezas autorizadas, conforme al siguiente baremo: ÑExplotaciones intensivas de bovino de cebo y extensivas: 2,13 euros/cabeza ÑExplotaciones intensivas de bovino de leche: 4,26 euros/cabeza ÑExplotaciones intensivas de ovino de cr’a y extensivas: 0,48 euros/cabeza ÑExplotaciones intensivas de ovino de cebo: 0,32 euros/cabeza ÑExplotaciones de ganado caprino: 0,43 euros/cabeza ÑExplotaciones intensivas de porcino de cebo y extensivas: 1,07 euros/cabeza ÑExplotaciones intensivas de porcino de cr’a: 3,20 euros/cabeza ÑExplotaciones de avicultura de puesta (reproductoras de puesta: 0,05 euros/cabeza ÑExplotaciones de avicultura de puesta (ponedoras de huevos): 0,03 euros/cabeza ÑExplotaciones de avicultura de carne (pollos y patos): 0,01 euros/cabeza ÑExplotaciones de avicultura de carne (codornices): 0,01 euros/cabeza ÑExplotaciones de avicultura (pavos, faisanes, palm’pedas): 0,03 euros/cabeza 3. En las licencias correspondientes a explotaciones relativas a extracciones de gravas, arenas y otros materiales de construcci—n, la cuota inicial se obtendr‡ en funci—n de la superficie total de las parcelas objeto de la explotaci—n y resultar‡ de multiplicar la base imponible por un tipo euros/metro cuadrado de acuerdo a la siguiente distribuci—n por tramos: ÑHasta 10.000 metros cuadrados: 0,04 euros. ÑDe 10.001 a 50.000 metros cuadrados: 0,03 euros. ÑDe 50.001 a 100.000 metros cuadrados: 0,02 euros. ÑM‡s de 100.000 metros cuadrados: 0,01 euros. 4.ÊPara las licencias de instalaci—n de m‡quinas autom‡ticas: ÑM‡quinas expendedoras de tabaco: 63,96 euros/unidad. ÑM‡quinas recreativas, tipo A: 63,96 euros/unidad. ÑM‡quinas recreativas, tipo B: 63,96 euros/unidad. Art’culo 11. Notas comunes a las tarifas: 1.ÊEn los establecimientos donde se ejerza una o varias, la misma o distintas industrias, comercios o profesiones por distintos industriales, cada uno de estos devengar‡ por separado los derechos que procedan. En aquellos locales donde se ejerza por una misma persona dos o m‡s industrias o comercios, la actividad principal se tarifar‡ tomando como base la suma total de las superficies que sean de aplicaci—n para cada industria o comercio, increment‡ndose aquŽlla mediante la aplicaci—n de los ’ndices de las restantes actividades. 2.ÊLa cuota a abonar por cada una de las licencias tramitadas ser‡ la que resulte de la aplicaci—n de la tarifa correspondiente a cada una de ellas, segœn esta ordenanza, se haya iniciado la tramitaci—n de oficio o a solicitud del sujeto pasivo. 3.ÊSin embargo, la cuota tributaria en el caso de denegaci—n de la licencia se establece en el 100% de los derechos correspondientes, siempre que el establecimiento no haya estado abierto. 4. Igualmente, en el supuesto de que el interesado desista de la solicitud formulada antes de que se dicte la oportuna resoluci—n o de que se complete la actividad municipal requerida, la cantidad abonar ser‡ del 50% de la cuota que hubiere resultado segœn el apartado 2 de este art’culo, siempre que el establecimiento no haya estado abierto. Se entender‡ que el interesado ha desistido de su solicitud, aunque no lo haya efectuado expresamente, cuando no aporte en plazo la documentaci—n que, necesariamente, debe acompa–ar aquella y que le ha sido requerida por la Administraci—n municipal, as’ como en todos aquellos casos en los que tenga que ser archivado el expediente por deficiencias en la actuaci—n de dicho interesado. 5.ÊLas actuaciones administrativas ocasionadas por el cambio de titularidad devengaran una tasa del 30% de los derechos correspondientes. Tal reducci—n proceder‡, inicialmente, si se acredita que el antecesor en la actividad estuviese provisto de licencia, en el momento de la solicitud o del acta mediante los cuales se inicia el expediente. Cuando la Administraci—n realice una prestaci—n equivalente a un nuevo otorgamiento de licencia, se devengar‡n las tarifas ordinarias y no la reducida de cambio de titularidad. En todos los supuestos anteriores la cuota m’nima deber‡ satisfacerse aun cuando el resultado sea inferior. VIII. Ñ Tramitaci—n y efectos. Art’culo 12. 1.ÊLas personas interesadas en la obtenci—n de la correspondiente licencia presentar‡n previamente en el Registro General la oportuna solicitud con especificaci—n de la actividad o actividades a desarrollar en el local, acompa–ada de aquellos documentos justificativos de aquellas circunstancias que hubieren de servir de base para la liquidaci—n de la tasa. 2.ÊSi despuŽs de formulada la solicitud de licencia de apertura se variase o se ampliase la actividad a desarrollar en el establecimiento, o se alterasen las condiciones proyectadas por tal establecimiento o bien se ampliase el local inicialmente previsto, estas modificaciones habr‡n de ponerse en conocimiento de la Administraci—n municipal con el mismo detalle y alcance que se exigen en la declaraci—n prevista en el p‡rrafo anterior. 3.ÊLa licencia faculta a su titular para ejercer la actividad en el lugar determinado, quedando sin efecto si se produjere un cambio en el titular, en la actividad o en el local. 4.ÊEl pago de los derechos de la licencia correspondiente no supondr‡ en ningœn caso legalizaci—n del ejercicio de la actividad, dicho ejercicio estar‡ siempre subordinado al otorgamiento de la licencia y al cumplimiento de las condiciones. No se podr‡ ejercer la actividad hasta la obtenci—n de la licencia preceptiva y la autorizaci—n de su puesta en funcionamiento con la advertencia de que su concesi—n no ampara la realizaci—n de otro tipo de actividades no contempladas en la licencia, que pueden ser objeto de otras autorizaciones municipales. 5.ÊLas licencias de apertura caducar‡n sin derecho a devoluci—n ni reclamaciones en los siguientes casos: a)ÊAl a–o de la notificaci—n de la licencia, si en dicho plazo el establecimiento no hubiere sido abierto al pœblico o no hubiere iniciado el ejercicio del negocio. b)ÊAl a–o, contado desde el cierre material de un establecimiento o desde el momento de causar baja en el IAE. No obstante, en el caso de cierre por obras de reforma del local legalmente autorizadas y efectuadas en los plazos reglamentarios, el tiempo que duren las mismas no se considerar‡ cierre del establecimiento a los efectos de la licencia. c)ÊEn los establecimientos de temporada la licencia caducar‡ con el cierre del establecimiento, por la baja en el IAE o por el cambio de titular, todo ello durante una temporada. Art’culo 13. Finalizada la actividad municipal, se practicar‡ la liquidaci—n definitiva correspondiente por la tasa, que ser‡ notificada al sujeto pasivo para su ingreso directo en las arcas municipales, utilizando los medios de pago y los plazos que se–ala el Reglamento General de Recaudaci—n.Ê IX. Ñ Infracciones y sanciones. Art’culo 14. La inspecci—n y recaudaci—n de esta tasa se realizar‡ de acuerdo con lo prevenido en la Ley General Tributaria y en las dem‡s disposiciones dictadas para su desarrollo. Art’culo 15. En todo lo relativo a la calificaci—n de las infracciones tributarias as’ como a la determinaci—n de las sanciones que por las mismas correspondan en cada caso, se aplicar‡ el rŽgimen regulado en la Ley General Tributaria y en las disposiciones que la complementan y desarrollan. X. Ñ Disposiciones finales. Primera. Ñ En lo no previsto espec’ficamente en esta Ordenanza, regir‡n las normas de la Ordenanza fiscal general, y las disposiciones que, en su caso, se dicten para su aplicaci—n. Segunda. Ñ La utilizaci—n de sustantivos de gŽnero gramatical determinado en referencia a cualquier sujeto, cargo o puesto de trabajo debe entenderse realizada por econom’a de expresi—n y como referencia genŽrica, tanto para hombres como para mujeres, con estricta igualdad a todos los efectos. Tercera. Ñ La presente Ordenanza fiscal modificada entrar‡ en vigor una vez publicada su modificaci—n en el BOPZ y empezar‡ a aplicarse el d’a siguiente de su publicaci—n en el BOPZ, permaneciendo vigente hasta su modificaci—n o derogaci—n expresa. Contra el presente acuerdo, conforme al art’culo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto legislativoÊ2/2004, de 5 de marzo, se podr‡ interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Zaragoza con sede en Zaragoza, en el plazo de dos meses a contar desde el d’a siguiente a la publicaci—n del presente anuncio, de conformidad con el art’culo 46 de la Ley 29/1998, deÊ13 de julio, de la Jurisdicci—n Contencioso-Administrativa. Pedrola, a 26 de abril de 2024. Ñ La alcaldesa, Manuela Berges Barreras. SECCIîN SEXTA Nœm. 3024 AYUNTAMIENTO DE PERDIGUERA Solicitada por Carlos Herrando Bailo, en representaci—n de Calderer’a Perdiguera, S.L., licencia ambiental de actividades clasificadas para la obra de reforma interior para nave industrial destinada a calderer’a a ubicar en la carretera de Sari–ena-Zaragoza, kil—metro 19, inmueble con referencia catastral 00200100XM92D0001BS, segœn el proyecto tŽcnico redactado por el ingeniero industrial don JosŽ Miguel Su‡rez Cuesta, en este Ayuntamiento se tramita el oportuno expediente. En cumplimiento del art’culo 77.3 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevenci—n y Protecci—n Ambiental de Arag—n, se procede a abrir per’odo de informaci—n pœblica por un per’odo de quince d’as naturales desde la inserci—n del presente anuncio en el BOPZ para que se presenten las observaciones que consideren pertinentes. Durante dicho plazo podr‡ ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estar‡ a disposici—n de los interesados en la sede electr—nica de este Ayuntamiento: https://perdiguera.sedelectronica.es/ Perdiguera, a 26 de abril de 2024. Ñ El alcalde, JosŽ Manuel Us—n Alcubierre. SECCIîN SEXTA Nœm. 3068 AYUNTAMIENTO DE SçDABA HabiŽndose aprobado mediante resoluci—n de fecha 25 de abril de 2024 el expediente de delegaci—n de competencias del alcalde en el concejal don Raœl Senao Mendi, para la celebraci—n del matrimonio civil el d’a 11 de julio de 2024 entre los contrayentes que as’ lo han interesado en el expediente gubernativo tramitado para dicha celebraci—n, se publica el mismo para su general conocimiento y en cumplimiento del art’culo 44 del Reglamento de Organizaci—n, Funcionamiento y RŽgimen Jur’dico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. S‡daba, a 26 de abril de 2024. Ñ El alcalde, JosŽ Antonio Navarro Lizondo. SECCIîN SEXTA Nœm. 3008 AYUNTAMIENTO DE SçSTAGO Por medio del presente se comunica que por resoluci—n de fecha 26 de mayo de 2024 se ha aprobado la lista definitiva de admitidos y excluidos del proceso selectivo para proveer mediante concurso-oposici—n libre una plaza de pe—n de obras, servicios y mantenimiento de jardiner’a del Ayuntamiento de S‡stago, trascribiŽndose dicha resoluci—n a continuaci—n: ÇEn relaci—n con el proceso selectivo para proveer mediante concurso-oposici—n libre una plaza de pe—n de obras, servicios y mantenimiento de jardiner’a vacante en la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de S‡stago, as’ como para la formaci—n de una bolsa de trabajo. Vistas las bases de la convocatoria aprobadas por resoluci—n de Alcald’a nœm. 0041/2024, de fecha 9 de febrero de 2024, y publicadas en el BOPZ nœm. 37, de fecha 15 de febrero de 2024, y extracto en el Bolet’n Oficial del Estado nœm. 50, de fecha 26 de febrero de 2024. Y vista tambiŽn, la correcci—n de errores aprobada por resoluci—n de Alcald’a nœm. 0046/2024, de fecha 26 de febrero de 2024, publicada en el BOPZ nœm. 50, de fecha 1 de marzo de 2024, y en el Bolet’n Oficial del Estado nœm. 59, de fecha 7 de marzo de 2024. Visto que con fecha 9 de abril de 2024 se public— en el BOPZ nœm. 80 la relaci—n provisional de aspirantes admitidos y excluidos, as’ como la composici—n del tribunal de selecci—n del proceso selectivo de referencia, otorgando a los aspirantes un plazo de diez d’as h‡biles a los efectos de subsanar su exclusi—n, as’ como para presentar recusaciones o abstenciones frente a la composici—n del tribunal. Visto que ha expirado el referido plazo, y que, durante el mismo, no se ha presentado alegaci—n o reclamaci—n alguna ni se ha presentado ninguna instancia de subsanaci—n, corrigiendo los defectos presentados en la instancia inicial. Por todo ello, de conformidad con el apartado cuarto de las bases aprobadas y lo establecido en el art’culo 20 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administraci—n General del Estado y de Provisi—n de Puestos de Trabajo y Promoci—n Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administraci—n General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, el art’culo 21.1 g), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de RŽgimen Local, y la resoluci—n de Alcald’a nœm. 2023-0005, de fecha 10 de enero de 2023, por la que se delegan los asuntos del expediente de referencia en el primer teniente de alcalde. Resuelvo: Primero. Ñ Aprobar de forma definitiva la siguiente relaci—n de aspirantes admitidos y excluidos de la convocatoria referenciada: ¥ Relaci—n de aspirantes admitidos: Nœmero Apellidos y nombre DNI 1 DAVID VARAS SANZ ***4811** 2 DAVID DEL CERRO VILLANOVA ***5916** 3 ENCARNACIîN SçNCHEZ JUSTICIA ***4540** 4 JOSƒ MIGUEL ESTRADA MUNIENTE ***2082** 5 JOSƒ LUIS RAMîN PALACIOS ***1496** 6 SOFêA CRISTINA CONTINENTE EROLES ***5831** ¥ Relaci—n de aspirantes excluidos: Ninguno/a. Segundo. Ñ El primer ejercicio de la oposici—n se celebrar‡ el d’a 16 de mayo de 2024, a las 9:30 horas, en el Ayuntamiento de S‡stago (Zaragoza), sito en plaza de Ram—n y Cajal, 3, de esta localidad, debiendo presentarse los aspirantes con la documentaci—n identificativa correspondiente. La fecha de realizaci—n del segundo ejercicio se publicar‡ en el tabl—n de anuncios de la sede electr—nica [http://sastago.sedelectronica.es] y en el tabl—n de anuncios f’sico del Ayuntamiento. Tercero. Ñ Publicar la relaci—n definitiva de admitidos y excluidos, as’ como la fecha y lugar de realizaci—n de la primera prueba de la oposici—n en el BOPZ, en la sede electr—nica [http://sastago.sedelectronica.es] y en el tabl—n de anuncios de este Ayuntamiento. Asimismo, se recuerda a los aspirantes que los pr—ximos anuncios relativos a este proceso selectivo se har‡n pœblicos en el tabl—n de anuncios de la sede electr—nica del Ayuntamiento y en el tabl—n f’sico. Cuarto. Ñ Que de la presente resoluci—n se dŽ cuenta al Pleno de la Corporaci—n en la pr—xima sesi—n que se celebreÈ. Contra la presente resoluci—n, que pone fin a la v’a administrativa, puede interponerse alternativamente o recurso de reposici—n potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el d’a siguiente a la publicaci—n del presente anuncio, ante el primer teniente de alcalde de este Ayuntamiento, de conformidad con los art’culos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza o, a su elecci—n, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses, a contar desde el d’a siguiente a la publicaci—n del presente anuncio, de conformidad con el art’culo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicci—n Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposici—n potestativo no podr‡ interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimaci—n por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que pudiera estimarse m‡s conveniente a su derecho. S‡stago, a 26 de abril de 2024. Ñ El alcalde-presidente, Jorge Casanova AnglŽs. SECCIîN SEXTA Nœm. 3015 AYUNTAMIENTO DE SçSTAGO ANUNCIO sobre aprobaci—n inicial de expediente de modificaci—n de crŽditos nœmero MC 4/2024. El Pleno de este Ayuntamiento, en sesi—n ordinaria celebrada el d’a 24 de abril de 2024, acord— la aprobaci—n inicial del expediente de modificaci—n de crŽditos nœmero MC 4/2024 del presupuesto en vigor, en la modalidad de suplementos de crŽdito financiados con remanente de tesorer’a para gastos generales. Aprobado inicialmente el expediente, en cumplimiento de lo dispuesto en el art’culo 169.1, por remisi—n del art’culo 177.2, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete a informaci—n pœblica por el plazo de quince d’as, a contar desde el d’a siguiente al de publicaci—n del presente anuncio en el BOPZ. Durante dicho plazo podr‡ ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerar‡ aprobado definitivamente dicho acuerdo. S‡stago, a 26 de abril de 2024. Ñ El alcalde, Jorge Casanova AnglŽs. SECCIîN SEXTA Nœm. 3055 AYUNTAMIENTO DE SOBRADIEL Por resoluci—n de Alcald’a Presidencia de 29 de abril de 2024 se ha aprobado el padr—n de la tarifa del servicio de abastecimiento de agua potable y alcantarillado del primer trimestre del a–o 2024. De conformidad con lo dispuesto en el art’culo 24 del Reglamento General de Recaudaci—n, se hace pœblica la apertura del per’odo voluntario de cobranza. Exposici—n pœblica El referido padr—n se encuentra expuesto al pœblico por tŽrmino de veinte d’as h‡biles a partir del siguiente al de la publicaci—n del presente anuncio en el BOPZ. Plazos de ingreso El plazo para el pago en voluntaria ser‡ de dos meses, contados a partir de la publicaci—n de este edicto en el BOPZ. Lugar y forma de pago El pago podr‡ efectuarse a travŽs de cualquier entidad colaboradora autorizada; los contribuyentes que dentro de los primeros veinte d’as del periodo de cobranza no hayan recibido la documentaci—n de pago podr‡n reclamarla a Aquara, S.A.U., sin que su falta de recepci—n exima de la obligaci—n de realizar el pago. Los recibos domiciliados ser‡n cargados directamente en las cuentas se–aladas por los contribuyentes. Se recomienda a los contribuyentes la domiciliaci—n bancaria de las cuotas. Procedimiento de apremio Transcurrido el periodo voluntario de cobranza sin que se haya hecho efectivo el pago, se incurrir‡ en los recargos establecidos en el art’culo 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y vencido el plazo de ingreso en v’a de apremio se exigir‡ un recargo del 20% del importe de la deuda no ingresada m‡s los intereses de demora. RŽgimen de recursos Recurso de reposici—n ante esta Corporaci—n, en el plazo de un mes contado a partir del d’a siguiente al de finalizaci—n de la exposici—n pœblica del padr—n o matr’cula. Contra su desestimaci—n expresa o presunta cabe recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde el d’a siguiente al de la notificaci—n de la resoluci—n del recurso de reposici—n si fuese expresa y, si no lo fuera, en el plazo de seis meses desde el d’a siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto. Sobradiel, a 29 de abril de 2024. Ñ La alcaldesa-presidenta, Ainhoa Gracia Cameo. SECCIîN SEXTA Nœm. 3023 AYUNTAMIENTO DE UTEBO Expediente nœmero 3984/2023. Ñ Por decreto de Alcald’a de fecha 25 de abril de 2024 fue aprobada la siguiente lista cobratoria: ¥ Precio pœblico por la realizaci—n de talleres municipales de actividades deportivas correspondiente al segundo trimestre de la temporada 2023-2024. Dicha lista queda expuesta al pœblico por plazo de veinte d’as h‡biles, a contar desde el siguiente al de la aparici—n del presente anuncio en el Bolet’n Oficial de Arag—n, secci—n correspondiente a la provincia (BOPZ). La exposici—n al pœblico de esta lista cobratoria producir‡ los mismos efectos que la notificaci—n de cuotas. Los interesados podr‡n interponer contra el acto administrativo de aprobaci—n de la lista cobratoria recurso de reposici—n ante el Ayuntamiento de Utebo en el plazo de un mes, a contar desde el d’a siguiente al del tŽrmino de la exposici—n pœblica. Plazos de pago De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de Recaudaci—n, se hace pœblica la apertura del per’odo de cobranza para los recibos incluidos en la lista cobratoria mencionada. ¥ Per’odo voluntario: El plazo para el pago en voluntaria ser‡ de dos meses contados a partir del d’a siguiente a la publicaci—n del presente anuncio en el BOPZ. ¥ Per’odo ejecutivo: Se inicia vencido el per’odo voluntario y determina el devengo de los recargos del per’odo ejecutivo y de los intereses de demora previstos en los art’culos 28 y 26 de la Ley General Tributaria. Formas de pago Mediante domiciliaci—n bancaria en cualquier entidad bancaria o caja de ahorros. Utebo, a 26 de abril de 2024. Ñ La alcaldesa, Mar’a Jesœs Sari–ena Anchelergues. SECCIîN SEXTA Nœm. 3039 AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE GçLLEGO ANUNCIO relativo a la notificaci—n colectiva de liquidaciones y anuncio de cobranza del padr—n por el servicio de agua potable y alcantarillado correspondiente al primer trimestre del a–o 2024. El Ayuntamiento de Villanueva de G‡llego, por resoluci—n de Alcald’a de fechaÊ26 de abril de 2024, ha aprobado las listas cobratorias correspondientes a la tasa por prestaci—n del servicio de agua potable y alcantarillado del primer trimestre del a–oÊ2024. A efectos de su notificaci—n colectiva, en los tŽrminos del art’culo 102.3 de la LeyÊ58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisi—n de los mismos a tr‡mite de informaci—n pœblica, por medio del presente anuncio se expone al pœblico por un plazo de quince d’as h‡biles, contados a partir del siguiente al de la inserci—n de este anuncio en el BOPZ, durante el cual estar‡n a disposici—n de los interesados en las oficinas generales del Ayuntamiento. El plazo de pago en per’odo voluntario ser‡ de dos meses naturales contados desde el d’a siguiente al de la publicaci—n del anuncio en el BOPZ. Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda, se iniciar‡ el per’odo ejecutivo, que determinar‡ la exigencia de los recargos e intereses de demora, sobre el importe de la deuda no ingresada, en los tŽrminos legalmente previstos. El pago podr‡ efectuarse a travŽs de cualquier entidad colaboradora autorizada o en las oficinas del Ayuntamiento en horario de atenci—n al pœblico; los contribuyentes que dentro de los primeros veinte d’as del per’odo de cobranza no hayan recibido la documentaci—n de pago podr‡n reclamarla en el Ayuntamiento, sin que la falta de recepci—n exima de la obligaci—n de realizar el pago. Los recibos domiciliados ser‡n cargados directamente en las cuentas se–aladas por los contribuyentes. Contra el acto de aprobaci—n de los citados padrones y las liquidaciones contenidas en los mismos podr‡ interponerse recurso previo de reposici—n ante la Alcald’a- Presidencia en el plazo de un mes a contar desde el d’a siguiente al de finalizaci—n del per’odo de exposici—n pœblica, el cual deber‡ entenderse desestimado transcurrido el plazo de un mes desde su interposici—n sin que se haya notificado su resoluci—n expresa. En tal caso, podr‡ interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza en el plazo de seis meses, aÊcontar desde el d’a siguiente a aquel en que el recurso de reposici—n haya de entenderse desestimado de forma presunta. Villanueva de G‡llego, a 26 de abril de 2024. Ñ El alcalde, Mariano MarcŽn Cast‡n. SECCIîN SEXTA Nœm. 3066 AYUNTAMIENTO DE VILLARROYA DEL CAMPO ANUNCIO de exposici—n al pœblico de la cuenta general para el ejercicio 2023. De conformidad con lo dispuesto en el art’culo 212.3 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, queda expuesta al pœblico la cuenta general del ejercicio 2023 por el plazo de quince d’as. Si en este plazo los interesados hubieran presentado alegaciones, reclamaciones o sugerencias, la comisi—n proceder‡ a emitir un nuevo informe. Villarroya del Campo, a 29 de abril de 2024. Ñ El alcalde, JosŽ Carlos Franco Sediles. SECCIîN SEXTA Nœm. 3046 ENTIDAD LOCAL MENOR DE FUENCALDERAS ANUNCIO de aprobaci—n definitiva del expediente de modificaci—n presupuestaria nœm. 2024/MOD/001 del ejercicio 2024. El expediente nœmero 2024/MOD/001 de modificaci—n presupuestaria de la Entidad Local Menor de Fuencalderas para el ejercicio 2024 queda aprobado definitivamente con fecha 24 de abril de 2024, en vista de lo cual, de conformidad con el art’culo 169 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y el art’culo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se procede a la publicaci—n de dicha modificaci—n del presupuesto resumida por cap’tulos. El presupuesto de gastos ha sido aumentado de la siguiente forma: Aumentos de gastos Cap’tulo Descripci—n Importe 6 Inversiones reales 49.700,57 Total aumentos 49.700,57 El anterior importe ha sido financiado tal y como se resume a continuaci—n: Aumento de ingresos Cap’tulo Denominaci—n Importe 8 Activos financieros 49.700,57 Total aumentos 49.700,57 Contra la aprobaci—n definitiva de la modificaci—n presupuestaria podr‡ interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establece la normativa vigente, segœn lo dispuesto en el art’culo 171, en relaci—n con los art’culos 177 y 179, del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Fuencalderas, a 28 de abril de 2024. Ñ El alcalde, Carlos Arguis Bastaros. SECCIîN SEXTA Nœm. 3017 ENTIDAD LOCAL MENOR DE ONTINAR DE SALZ ANUNCIO sobre aprobaci—n inicial del expediente de modificaci—n presupuestaria nœmero 3 para el ejercicio 2024. El Pleno de la entidad local, en sesi—n extraordinaria celebrada el d’a 25 de abril de 2024, acord— la aprobaci—n inicial del expediente nœmero 50/2024, de modificaci—n de crŽditos nœmero 3/2024, de modificaci—n presupuestaria, mediante crŽdito extraordinario y suplemento de crŽdito financiado con cargo a remanente de tesorer’a para gastos generales, sobre el presupuesto municipal para el ejercicio 2024. En virtud de lo dispuesto en los art’culos 177 y siguientes del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a exposici—n pœblica por el plazo de quince d’as a contar desde el d’a siguiente a la inserci—n de este anuncio en el BOPZ, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido el plazo anteriormente expresado no se hubieran presentado reclamaciones, se considerar‡ definitivamente aprobada esta modificaci—n presupuestaria. Ontinar de Salz, a 26 de abril de 2024. Ñ El alcalde, Alfredo Gaspar Cabrero. SECCIîN SEXTA Nœm. 3040 ENTIDAD LOCAL MENOR DE ONTINAR DE SALZ ANUNCIO de exposici—n al pœblico de la cuenta general para el ejercicio 2023. De conformidad con lo dispuesto en el art’culo 212.3 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, queda expuesta al pœblico la cuenta general del ejercicio 2023 por el plazo de quince d’as. Si en este plazo los interesados hubieran presentado alegaciones, reclamaciones o sugerencias, la Comisi—n proceder‡ a emitir un nuevo informe. Ontinar de Salz, a 26 de abril de 2024. Ñ El alcalde, Alfredo Gaspar Cubero. SECCIîN SEXTA Nœm. 3006 COMARCA CENTRAL ANUNCIO sobre bases y convocatoria para la provisi—n temporal de un puesto mediante comisi—n de servicios (expediente nœmero 880/2024). Por resoluci—n de Presidencia de la Comarca Central de 19 de abril de 2024 se aprob— las bases y convocatoria para proveer una plaza de tŽcnico de Gesti—n en Servicios Sociales de la plantilla de funcionarios, a cubrir mediante comisi—n de servicios. De acuerdo con lo dispuesto en la citada resoluci—n, las bases ser‡n publicadas en la sede electr—nica de la Comarca Central (https://comarcacentral.sedelectronica.es), en la que se har‡n pœblicos los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando proceda de conformidad con lo establecido en aquellas. El plazo de presentaci—n de solicitudes ser‡ de diez d’as h‡biles a contar desde el siguiente al de la publicaci—n de esta resoluci—n en el BOPZ. Utebo, a 25 de abril de 2024. Ñ El presidente, JosŽ Miguel Ezquerra Calvo. SECCIîN SEXTA Nœm. 3020 COMARCA DE CINCO VILLAS Advertido error en el anuncio nœm. 2866, publicado en el BOPZ nœm. 93, de 25 de abril de 2024, y al amparo del art’culo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas (en adelante, LPACAP), establece que: Ç2. Las Administraciones Pœblicas podr‡n, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritmŽticos existentes en sus actosÈ. Donde dice: Se propone la inclusi—n en la bolsa de trabajo del puesto de auxiliar administrativo de los siguientes candidatos que no han superado el proceso de estabilizaci—n: Nombre y apellidos DNI 1 MARTêNEZ CARDONA, M.» PILAR 17*****E 2 SALAFRANCA ROMEO, CAROLINA 73*****X 3 CORTƒS PUEYO, ANA DELIA 73*****A 4 SçNCHEZ JACINTO, AMAYA 35*****H 5 GIL VELILLA, DAVID JESòS 73*****B 6 JAòREGUI ALQUƒZAR, M.» JOSƒ 76*****Z 7 DêAZ MARêN, CRISTINA 25*****R 8 LARRAGA RODRêGUEZ, VIRGINIA 73*****L 9 GUTIƒRREZ GONZçLEZ, ROSA MARêA 10*****W 10 CANALES GASCO, ELOY 17*****R 11 IDOIPE AURêA, MERCEDES 73*****T 12 GIMENO SEGURA, MARA PILAR 72*****X 13 MARTêN ANSî, LUISA MARêA 29*****1H 14 ANDRƒS GARCƒS, INƒS 73*****N 15 BERDOR MONSEGUR, M.» SOLEDAD 73*****W 16 MENA VILLA, M.» ASCENSIîN 73*****E 17 ZUECO CHîLIZ, MARTA 73*****H 18 BLASCO GîMEZ, JESòS 18*****S 19 GONZALO CHAVE, çNGEL MANUEL 17*****D 20 ZUGASTl RAMAS, ROSA BLANCA 29*****Y 21 GIMƒNEZ GAUTHIER, M.» PILAR 76*****B 22 DOMINGO VALERO, CRISTINA 18*****P 23 IGLESIAS GîMEZ, CELIA MARêA 10*****D 24 GARCêA SABALZA, îSCAR 25*****Z 25 SEVIL SçNCHEZ, SILVIA 17*****Q 26 ROMçN ALONSO, BORJA 12*****F Debe decir: Se propone la inclusi—n en la bolsa de trabajo del puesto de auxiliar administrativo de los siguientes candidatos que no han superado el proceso de estabilizaci—n: Nombre y apellidos DNI 1 SçNCHEZ JACINTO, AMAYA 35*****H 2 GIL VELILLA, DAVID JESòS 73*****B 3 JAòREGUI ALQUƒZAR, M.» JOSƒ 76*****Z 4 DêAZ MARêN, CRISTINA 25*****R 5 LARRAGA RODRêGUEZ, VIRGINIA 73*****L 6 GUTIƒRREZ GONZçLEZ, ROSA MARêA 10*****W 7 CANALES GASCO, ELOY 17*****R 8 IDOIPE AURêA, MERCEDES 73*****T 9 GIMENO SEGURA, MARA PILAR 72*****X 10 MARTêN ANSî, LUISA MARêA 29*****1H Nombre y apellidos DNI 11 ANDRƒS GARCƒS, INƒS 73*****N 12 BERDOR MONSEGUR, M.» SOLEDAD 73*****W 13 MENA VILLA, M.» ASCENSIîN 73*****E 14 ZUECO CHîLIZ, MARTA 73*****H 15 BLASCO GîMEZ, JESòS 18*****S 16 GONZALO CHAVE, çNGEL MANUEL 17*****D 17 ZUGASTl RAMAS, ROSA BLANCA 29*****Y 18 GIMƒNEZ GAUTHIER, M.» PILAR 76*****B 19 DOMINGO VALERO, CRISTINA 18*****P 20 IGLESIAS GîMEZ, CELIA MARêA 10*****D 21 GARCêA SABALZA, îSCAR 25*****Z 22 SEVIL SçNCHEZ, SILVIA 17*****Q 23 ROMçN ALONSO, BORJA 12*****F Ejea de los Caballeros, a 26 de abril de 2024. Ñ El secretario-interventor, Rafael Pastor Oliver. SECCIîN SEXTA Nœm. 3036 COMARCA DE LA COMUNIDAD DE CALATAYUD ANUNCIO de aprobaci—n definitiva de la modificaci—n presupuestaria nœm.Ê10/2023 de la Comarca de la Comunidad de Calatayud. Acuerdo del Pleno de la Comarca de la Comunidad de Calatayud, de fecha 27 de diciembre de 2023, por el que se aprueba definitivamente el expediente de modificaci—n de crŽditos nœm. 10/2023 del presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crŽdito, financiado con cargo al remanente l’quido de tesorer’a. Ha sido aprobado definitivamente el expediente de suplemento de crŽdito, financiado con cargo al remanente l’quido de tesorer’a, lo que se publica a los efectos del art’culoÊ169.1, por remisi—n del 177.2, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo: Suplemento en aplicaciones de gastos Aplicaci—n Denominaci—n Importe 4.231.46210 Acci—n Social. Convenio Ayuntamiento Calatayud, Residencia Municipal 100.00,00 euros 4.231.46211 Acci—n Social. Convenio Ayuntamiento Tobed, Residencia Municipal 10.000,00 euros 4.231.46212 Acci—n Social. Convenio Ayuntamiento Ariza, Residencia Municipal 10.000,00 euros Total 120.000,00 euros Esta modificaci—n se financia con cargo al remanente de tesorer’a para gastos generales, en los siguientes tŽrminos: Aplicaci—n Denominaci—n Importe 87000 Remanente de Tesorer’a para gastos generales 120.000,00 euros Total 120.000,00 euros Adem‡s, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el art’culo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el cap’tulo primero del t’tulo sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos: a) El car‡cter espec’fico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores. b) La insuficiencia en el estado de gastos del presupuesto de crŽdito destinado a esa finalidad espec’fica, que deber‡ verificarse en el nivel en que estŽ establecida la vinculaci—n jur’dica. Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 171 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, las personas interesadas podr‡n interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los art’culos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicci—n. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el art’culo 113.3 de la LeyÊ7/1985, la interposici—n de dicho recurso no suspender‡ por si sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado. Calatayud, a 26 de abril de 2024. Ñ El presidente, Ignacio Marcuello Casorr‡n. SECCIîN SEXTA Nœm. 3033 COMARCA DE VALDEJALîN ANUNCIO de aprobaci—n definitiva del expediente de modificaci—n presupuestaria nœm. 2 del ejercicio 2024. En cumplimiento del art’culo 169.1, por remisi—n del art’culo 177.2, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposici—n al pœblico, ha quedado autom‡ticamente elevado a definitivo el acuerdo del Consejo Comarcal de aprobaci—n inicial de modificaci—n presupuestaria nœm. 2/2024, adoptado en fecha 26 de marzo de 2024, sobre modificaci—n presupuestaria nœmero 2 del presupuesto de 2024, en la modalidad de crŽdito extraordinario y suplemento de crŽdito, resumido por cap’tulos como sigue a continuaci—n: El presupuesto de gastos ha sido aumentado de la siguiente forma: Partida Descripci—n Euros Por programas Econ. 1350 2140000 Reparaciones, mantenimiento y conservaci—n de veh’culos. 5.600,00 1350 2269900 Gastos. çrea de Protecci—n Civil. 9.900,00 1350 2279900 Otros trabajos realizados por empresas y profesionales. çrea Protecci—n civil 9.900,00 1621 2269900 Gastos. Area R.S.U. 9.900,00 1621 2279901 Otros trabajos realizados por empresas y profesionales. çrea Residuos 9.900,00 2310 2200000 Material de oficina no inventariable SSB 6.930,80 2310 2230000 Transporte y mantenimiento material tŽcnico (camas, gruas...) 6.000,00 2310 2269900 Programa SSB -Atenci—n Integral a Poblaci—n Gitana- 2.500,00 2310 2269901 Programa S.S.Base (Alojamiento alternativo y transporte en situaciones de emergencia social) 4.000,00 2310 2269903 Gastos diversos SSB 9.000,00 2310 2279900 Programa SSB. Comedores Sociales. 28.911,49 2310 2279902 Otros trabajos realizados por empresas y profesionales. çrea Servicios Sociales. 9.800,00 2310 2279904 Programa Integraci—n del Pueblo Gitano - Mediadores - 1.163,16 2310 2279906 Contrato aplicaci—n gesti—n Servicio de ayuda a domicilio 13.000,00 2310 2312000 Kilometrajes SSB 18.470,00 3260 2269900 Gastos de çrea de Infancia y Juventud. 9.500,00 3260 2279900 Otros trabajos realizados por empresas y profesionales. çrea de Infancia y Juventud. 9.500,00 3340 2260900 Gastos ‡rea de Cultura 10.000,00 3340 2260901 Gastos Area tradiciones populares 9.500,00 3340 2279908 Otros trabajos realizados por empresas y profesionales. çrea Cultura. 37.400,00 3340 2279909 Otros trabajos realizados por empresas y profesionales. çrea de Tradiciones Populares. 9.800,00 3410 2240000 Primas de seguros. Actividades deportivas 700,00 3410 2269900 Gastos. Area de Deporte 21.000,00 3410 2279900 Prestaci—n S.C. Deportes 61.244,91 3410 2279901 Transportes actividades deportivas 23.450,59 3410 2279907 Otros trabajos realizados por empresas y profesionales. çrea Deportes 14.840,00 4140 2269900 Gastos de çrea de Desarrollo Rural Sostenible 9.200,00 4140 2279900 Otros trabajos realizados por empresas y profesionales. çrea de Desarrollo Rural Sostenible. 9.000,00 4320 2260900 Marcha senderista 7.250,00 4320 2269900 Gastos. Area de turismo. 19.500,00 4320 2279900 Otros trabajos realizados por empresas y profesionales. çrea de Turismo. 11.925,41 4910 2269901 Otros gastos diversos. Nuevas tecnologias 9.750,00 4910 2279901 Otros trabajos realizados por empresas y profesionales. Nuevas tecnolog’as 9.500,00 9120 2260100 Atenciones protocolarias y representativas 9.000,00 9120 2269900 Gastos. çrea de Presidencia 13.500,00 9120 2279900 Otros trabajos realizados por empresas y profesionales. çrea de Presidencia. 14.500,00 9120 2300000 Dietas. Cargos electos. 250,00 9120 2312000 Kilometrajes cargos electos. 250,00 9120 2330000 Asistencias. Cargos electos. 25.800,00 9200 2060000 Bases de datos. Aplicaciones inform‡ticas. 11.000,00 9200 2060001 Renting fotocopiadoras. 1.892,14 9200 2120000 Mantenimiento edificios 1.500,00 9200 2130000 Maquinaria, instalaciones tŽcnicas y utillaje 1.100,00 9200 2150000 Conservaci—n y mantenimiento del mobiliario 2.800,00 9200 2160000 Mantenimiento de equipamientos para procesos de informaci—n 4.468,58 9200 2200000 Material de oficina no inventariable 8.127,57 9200 2210400 Vestuario 730,45 9200 2220000 Comunicaciones telefonicas sede comarcal, SSB y m—viles. 32.297,51 9200 2240000 Primas de seguros 2.461,87 9200 2250200 Tributos, tasas y canones 200,00 9200 2260200 Publicidad y propaganda 1.300,00 9200 2260400 Asistencia Jur’dica 12.445,00 9200 2269901 Gastos. Area de Regimen Interior. Personal. 9.000,00 9200 2269902 Gastos diversos: adquisici—n de objetos concurso postales navide–as. 25,00 9200 2269904 Gastos diversos. Servicios comarcales 9.500,00 9200 2270000 Limpieza edificios 17.345,58 9200 2270600 Asesoramiento para la elaboraci—n de la RPT 5.852,50 9200 2270601 Contrato servicio mantenimiento p‡gina web. 1.300,00 9200 2270602 Servicio asistencia y mantenimiento inform‡tico y de la p‡gina web. 9.108,00 9200 2270605 Elaboraci—n de Plan de Igualdad. 3.771,05 9200 2270606 Otros estudios y trabajos tŽcnicos 650,00 9200 2279902 Otros trabajos realizados por empresas y profesionales. çrea de RŽgimen Interior. Personal. 11.117,50 9200 2279903 Servicio asesoria Protecci—n de Datos 499,19 9200 2279906 Otros trabajos realizados por empresas y profesionales. Administraci—n General. Servicios Comarcales. 9.500,00 9200 2302000 Dietas del personal 200,00 9200 2312000 Kilometrajes Personal 300,00 9200 2330000 Asistencia a Tribunales. 6.000,00 9240 2269900 Gastos çrea de Participaci—n Ciudadana. 9.900,00 9240 2279901 Otros trabajos realizados por empresas y profesionales. çrea de Participaci—n Ciudadana. 9.900,00 9250 2200100 Identidad Comarcal (Peri—dico) 750,00 9200 3590000 Comisiones bancarias 1.500,00 2310 4800000 Ayudas de urgencia SSB 53.134,00 2310 4800802 Becas atenci—n post-temprana 20.000,00 1350 6240000 Adquisici—n de veh’culo comarcal. Protecci—n Civil 30.000,00 2310 6230000 Gastos de inversi—n asociados al funcionamiento operativo de Servicios Sociales. 447,38 2310 7800000 Ayudas de urgencia para elementos inventariables 7.500,00 4320 6290000 Adquisici—n y colocaci—n mesas panor‡micas 15.488,00 4320 6290001 Adquisici—n y colocaci—n se–alŽctica municipios 40.000,00 4320 6290002 Adquisici—n y colocaci—n rutas tur’sticas 30.000,00 4320 6390000 Reposici—n carteleria deteriorada 10.345,50 4320 6400000 Adquisici—n fondo fotogr‡fico Comarca de valdejal—n 2.000,00 9200 6250000 Mobiliario oficinas 4.000,00 9200 6260000 Equipos para procesos de informaci—n. 12.500,00 9330 6320000 Gastos de adecuaci—n sede comarcal 31.500,00 3410 4800200 Subvenciones çrea Deporte y juventud 76.000,00 2310 4800400 Convenio Parroquia N» Sra de la Asunci—n 4.000,00 TOTAL GASTOS 1.014.793,18 El anterior importe ha sido financiado tal y como se resume a continuaci—n: Partida Descripci—n Euros Econ—mica 87000 Remanente de Tesorer’a para gastos generales 1.014.793,18 TOTAL INGRESOS 1.014.793,18 Contra la aprobaci—n definitiva de la modificaci—n presupuestaria podr‡ interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establecen la normativa vigente, segœn lo dispuesto en el art’culo 171, en relaci—n con los art’culos 177 y 179, del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el art’culo 171.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposici—n de dicho recurso no suspender‡ por s’ sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado. La Almunia de Do–a Godina, a 26 de abril de 2024. Ñ El presidente, Jesœs Baz‡n Sanz. SECCIîN SEXTA Nœm. 3034 COMARCA DE VALDEJALîN ANUNCIO de aprobaci—n definitiva del expediente de modificaci—n presupuestaria nœm. 3 del ejercicio 2024. En cumplimiento del art’culo 169.1, por remisi—n del art’culo 177.2, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposici—n al pœblico, ha quedado autom‡ticamente elevado a definitivo el acuerdo del Consejo Comarcal de aprobaci—n inicial de modificaci—n presupuestaria nœm. 3/2024, adoptado en fecha 26 de marzo de 2024, sobre modificaci—n presupuestaria nœmero 3 del presupuesto de 2024, en la modalidad de crŽdito extraordinario y suplemento de crŽdito, resumido por cap’tulos como sigue a continuaci—n: El presupuesto de gastos ha sido aumentado de la siguiente forma: Partida Descripci—n Euros Programas Econ. 3340 7620000 Subvenci—n Plan Cooperaci—n Comarcal 2024 promoci—n cultural para Ayuntamientos 700.000,00 3410 7620000 Subvenci—n Plan Cooperaci—n Comarcal 2024 promoci—n deportiva para Ayuntamientos 700.000,00 4320 7620000 Subvenci—n Plan Cooperaci—n Comarcal 2024 promoci—n tur’stica para Ayuntamientos 200.000,00 2310 7620000 Subvenci—n Plan Cooperaci—n Comarcal 2024 promoci—n bienestar social para Ayuntamientos 400.000,00 2310 4800200 Subvenciones çrea Acci—n Social 35.000,00 3340 4800100 Subvenciones çrea Cultura 70.000,00 4320 4800100 Subvenciones çrea Turismo 20.000,00 1350 4800100 Convenio Cruz Roja 6.000,00 2310 4800500 Subvenci—n Jornada Special Olimpic Adispaz 2.000,00 3340 4620002 Convenio Universidad de la Experiencia para el Ayuntamiento de Epila 5.000,00 3340 4800200 Convenio Jornada Castellolog’a para la Asociaci—n Cultural Barbacana 5.000,00 3340 4620000 Convenio Simposiun Piedra de Calatorao para el Ayuntamiento de Calatorao 5.000,00 4320 4620000 Convenio Promoci—n Tur’stica Ferias de Ayuntamientos 15.000,00 3340 4620001 Convenio Festival Minarock con Ayuntamiento de Alpartir 5.000,00 3340 4800300 Convenio Festival Fescila con la Asociaci—n Florian Rey 5.000,00 9200 6290001 Instalaci—n Paneles Fotovoltaicos Sede Comarca 16.000,00 9200 6390000 Cambio de Ventanas en la Sede de la Comarca de Valdejal—n 48.000,00 9200 6260001 Programa Gestiona Versi—n 2 17.000,00 9200 6390001 Cambio de Persianas Automatizadas de la entrada en la Sede de la Comarca de Valdejal—m 17.000,00 2310 6290000 Instalaci—n de paneles fonoabsorbentes en la Recepci—n de Servicios Sociales 8.500,00 TOTAL GASTOS 2.279.500,00 El anterior importe ha sido financiado tal y como se resume a continuaci—n: Partida Descripci—n Euros Econ—mica 87000 Remanente de Tesorer’a para gastos Generales 2.279.500,00 TOTAL INGRESOS 2.279.500,00 Contra la aprobaci—n definitiva de la modificaci—n presupuestaria podr‡ interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establecen la normativa vigente, segœn lo dispuesto en el art’culo 171, en relaci—n con los art’culos 177 y 179, del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el art’culo 171.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposici—n de dicho recurso no suspender‡ por s’ sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado. La Almunia de Do–a Godina, a 26 de abril de 2024. Ñ El presidente, Jesœs Baz‡n Sanz. SECCIîN SEXTA Nœm. 3052 MANCOMUNIDAD DE ABASTECIMIENTO NONASPE-FABARA Anuncio de aprobaci—n provisional del presupuesto general para el ejercicio 2024. El Pleno de la Corporaci—n, en sesi—n celebrada el d’a 24 de abril de 2024, ha aprobado inicialmente el presupuesto general de la Mancomunidad de Abastecimiento Nonaspe-Fabara para el ejercicio 2024, cuyo estado de gastos consolidado asciende a 100.000,00 euros y el estado de ingresos a 100.000,00 euros, junto con sus bases de ejecuci—n, la plantilla de personal y sus anexos y documentaci—n complementaria. En cumplimiento de lo dispuesto en el art’culo 169 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y, en el art’culo 20.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se somete el expediente a informaci—n pœblica y audiencia de los interesados, por el plazo de quince d’as durante los cuales podr‡n examinarlo y presentar las alegaciones, reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas. Si transcurrido el plazo anteriormente expresado no se hubieran presentado reclamaciones, se considerar‡ definitivamente aprobado este presupuesto general. Fabara, a 25 de abril de 2024. Ñ El presidente, Juan Jesœs Villalba Forner. SECCIîN SEXTA Nœm. 3053 MANCOMUNIDAD DE ABASTECIMIENTO NONASPE-FABARA De conformidad con lo dispuesto en el art’culo 212.3 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, queda expuesta al pœblico la cuenta general del ejercicio 2023 por el plazo de quince d’as. Si en este plazo los interesados hubieran presentado alegaciones, reclamaciones o sugerencias, la comisi—n proceder‡ a emitir un nuevo informe. Fabara, a 25 de abril de 2024. Ñ El presidente, Juan Jesœs Villalba Forner.